Regl. 6226, art. 11-11.4
Establecimiento de Clases
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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 11-11.4
Los puestos se agrupan en clases O series de clases. Se
agruparán en clases todos los puestos que sean iguales O
sustancialmente similares en cuanto a la naturaleza del trabajo,
complejidad de los deberes, grado de responsabilidad, autoridad
asignada y demás elementos inherentes a los puestos que se
describen en las Hojas de Deberes. Cuando los puestos reflejan
distintos niveles jerárquicos, se agrupan en series de clases.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto, que
sea descriptivo de la naturaleza y el nivel de complejidad y
responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo se usará en el
trámite de toda acción de personal, presupuesto y finanzas, asà como
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en todo asunto oficial inherente al puesto. Este será el tÃtulo oficial del
puesto.
Se podrá designar a cada puesto con un tÃtulo funcional de
acuerdo con sus deberes y responsabilidades o de su posición dentro
de la organización de la Corporación. Este tÃtulo funcional podrá ser
utilizado para identificación del puesto en los asuntos administrativos
de personal o acompañar el tÃtulo oficial en los asuntos especÃficos
antes indicados. Bajo ninguna circunstancia, el tÃtulo funcional
sustituirá al tÃtulo oficial en el trámite de asuntos de personal,
presupuesto y finanzas.