Regl. 6226, art. 11-11.5
Especificación de Clase
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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 11-11.5
Para cada clase de puesto se preparará por escrito un
documento denominado Especificación de Clase. El mismo podrá
contener una descripción clara del concepto de la clase en cuanto a la
naturaleza y complejidad del trabajo, grado de responsabilidad y
autoridad de los puestos incluidos en la clase y de otros elementos
básicos necesarios para la clasificación correcta de los puestos.
Incluirá una breve exposición de los requisitos mÃnimos en cuanto a
conocimientos, habilidades y destrezas requeridas para el desempeño
de las funciones asignadas a los puestos. También contendrá la
preparación académica, experiencia requerida y fijará la duración del
perÃodo probatorio correspondiente.
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Las especificaciones serán descriptivas de todos los puestos
comprendidos en la clase. Bajo ninguna circunstancia serán
prescriptivas y restrictivas a determinados puestos en la clase;
excepto aquellos casos en que exista un solo puesto en la clase.
Las especificaciones de clases serán utilizadas como el
instrumento básico en la clasificación y reclasificación de los puestos;
en la preparación de las normas de reclutamiento; en la determinación
de los exámenes a los candidatos; en la determinación de las lÃneas
de ascenso, traslado y descensos; en la evaluación de los empleados;
en la determinación de las necesidades de adiestramiento del
personal; en las determinaciones relacionadas con los aspectos de
compensación, presupuesto y para otros usos en la administración del
recurso humano.
La Administración Auxiliar de Recursos Humanos será
responsable de mantener al dÃa las especificaciones de clases
conforme a los cambios que ocurran en los programas y actividades
de la Corporación, asà como en las Hojas de Deberes de los puestos
que conduzcan a la modificación del Plan de Clasificación. Estos
cambios serán registrados inmediatamente después que ocurran o
sean determinados.
Las especificaciones de clases podrán contener en su formato
general los siguientes elementos:
1) TÃtulo oficial de la clase y número de codificación.
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2) Naturaleza del trabajo en donde se definirá en forma clara
las funciones.
3) Aspectos distintivos del trabajo, en los cuales se podrá
identificar las caracterÃsticas que diferencian una clase de
otra.
4) Ejemplos de trabajo que incluirán las funciones esenciales
de los puestos.
5) Conocimientos, habilidades y destrezas mÃnimas requeridas:
a) Conocimientos: Incluirá la descripción de las
materias con las cuales deberá estar familiarizado el
empleado y los candidatos a ocupar el puesto.
b) Habilidades: Incluirá la capacidad mental y fÃsica
necesaria para desempeñarse en el puesto.
c) Destrezas: Incluirá la agilidad O pericia manual y
condiciones fÃsicas y mentales que deberá poseer el
empleado y candidato para el desempeño del puesto
con O sin acomodo razonable, según se define el
concepto de la Ley ADA.
6) Preparación y experiencia mÃnima en donde se indicará la
preparación académica requerida, el tipo y duración de la
experiencia de trabajo necesaria.
7) PerÃodo Probatorio, el cual establece un ciclo de trabajo en
que se evaluará, adiestrará y examinará al empleado. Este
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perÃodo no será mayor de doce (12) meses ni menor de tres
(3).
8) Cualquier otra información válida que se determine
necesaria.
Igualmente, se preparará un esquema ocupacional y
profesional de las clases de puestos que se establezcan,
incluyéndolas dentro de los correspondientes grupos ocupacionales o
profesionales que sean identificados. Este esquema reflejará la
relación entre una clase y otra, entre las diferentes series de clases
que constituyen un mismo grupo, y entre los diferentes grupos y áreas
de trabajo representadas en el Plan de Clasificación.
Dicho esquema formará parte integral del Plan de Clasificación.
En el mismo se identificará numéricamente cada clase de puesto a
base del campo y naturaleza del trabajo. Esta numeración se utilizará
como un medio de identificación de las clases en otros documentos
oficiales que se preparen.
Además, se preparará y se mantendrá al dÃa una lista o Ãndice
alfabético de las clases de puestos comprendidos en el Plan de
Clasificación.