Regl. 6226, art. 15-15.6
Separación de Empleados Acusados O Convictos
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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 15-15.6
Cuando un empleado sea acusado de un delito grave O que
conlleve depravación moral, el Administrador podrá suspenderlo de
empleo y sueldo hasta tanto se ventile el caso en su fondo. Al
hacerse esta determinación, se tomará en cuenta la gravedad del
delito de que se acusa al empleado y riesgo que pueda constituir a la
propiedad, seguridad de la Corporación, de sus empleados y
funcionarios.