Regl. 6226, art. 18-18.4

Quórum

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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 18-18.4

Las decisiones de la Junta se tomarán por mayoría de sus miembros. Dichas decisiones se harán por escrito y serán firmadas por los miembros de la Junta que concurran. Para toda determinación que tome la Junta, se requerirá la asistencia de todos sus miembros.
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