Regl. 6226, art. 21-21.3

- Contenido de los Expedientes

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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 21-21.3

1) A todo empleado a quien se le extienda cualquier tipo de nombramiento se le abrirá un expediente que se identificará con el nombre completo y el número de seguro social del empleado. Este expediente se archivará en la Administración Auxiliar de Recursos Humanos y conservará, entre otros, original o copia, según corresponda, de los siguientes documentos: a) Historial Personal b) Examen Médico c) Copia auténtica del certificado de nacimiento d) Notificación de nombramiento y juramento e) Todo informe de cambio en cuanto a status, clasificación, sueldo, etc. f) Evaluaciones sobre el desempeño del empleado g) Documentos que reflejen la concesión de aumentos de sueldo O cualquier otro aspecto relacionado con la retribución h) Cartas de reconocimiento por altas ejecutorias, excelencia en el servicio 0 mejoras administrativas i) Documentos que reflejen acciones disciplinarias, así como resoluciones de la Junta de Apelaciones o de los comités de querellas al respecto j) Certificaciones de servicios prestados al Gobierno 106 k) Cartas de enmiendas a documentos que formen parte del expediente I) Comunicaciones sobre ascensos, traslados y descensos m) Récord de adiestramientos n) Documentos sobre becas o licencias para estudios, con o sin sueldo, tales como contratos y evidencia de estudio o) Récords de licencias p) Documentación relacionada con la participación de empleados en la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno q) Récord de accidentes por causas ocupacionales r) Autorizaciones de descuento del sueldo para cuotas de asociaciones, obligaciones contraidas con el Sistema de Retiro O la Asociación de Empleados u otras autorizadas por ley
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