Regl. 2343, art. 1910.12

TRABAJO DE CONSTRUCCION

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Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.12

(a) Norma general. Las normas prescritas en la Parte 1926 de este capitulo se adoptan como normas de seguridad y salud en el trabajo, según la sección 6 de la Ley, y deberán aplicar, conforme a las disposiciones de la misma, a todo empleo 0 lugar de empleo de todo empleado que se dedique al trabajo de construcción. Mediante el cumplimiento de las normas apropiadas prescritas en este párrafo, todo patrono deberá proteger el empleo y los lugares de empleo de todos y cada uno de sus empleados que se dediquen al trabajo de construcción. (b) Definición. Para propósitos de esta sección, trabajo de construcción equivale a los trabajos de construcción, alteración o reparación, incluso pintura y decoración. Véase la discusión de estos términos en la § 1926.13 de este título. (c) Particularidades de la Construction Safety Act. Esta sección adopta como normas de seguridad y salud en el trabajo, conforme a la sección 6 de la Ley, aquellas que están prescritas en la Parte 1926 de este capitulo. De este modo, se aplican las normas (reglas substantivas, publicadas en la Sub-parte C y las sub-partes siguientes de la Parte 1926 de este capitulo. Esta sección no incorpora las Sub-partes A y B de la Parte 1926 de este capitulo. Las Sub-partes A y B sólo son pertinentes a la aplicación de la sección10 de la Contract Work Hours and Safety Standards Act (Construction Safety Act). Por ejemplo, la interpretación del término sub-contratista en el párrafo (c) de la § 1926.13 de este capitulo, es significativa al discernir la extensión de la Construction Safety Act y los deberes incluidos en la misma. El término sub-contratista, no obstante, resulta irrelevante a la aplicación de la Ley, que entró en vigor en conformidad con la Commerce Clause y establece deberes para los patronos. Deberes cuya aplicación no depende de una relación contractual con el Gobierno Federal o de ningún tipo de asistencia económica federal. 1910.12(c) 14 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.12(d) NORMAS E INTERPRETACIONES (d) Según los objetivos de esta parte y en la medida que podría no haberse incluído en el párrafo (b) de esta sección, trabajo de construcción abarca las instalaciones nuevas de lineas y equipo eléctrico de transmisión y distribución, y la alteración, restauración y mejora de las lineas y el equipo de transmisión y distribución existentes. [37 F.R. 24880, 23 de noviembre de 1972.
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