Regl. 6238, art. I
Separabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 6238, Art. I
Si cualquiera claúsula, párrafo, artículo, sección O parte de
este Reglamento fuera declarado núlo y sin valor por Tribunal
competente, dicha nulidad no afectará las demás disposiciones
ni la aplicación de este Reglamento cuando pueden tener
efecto, sin necesidad de las que hubieran sido
declaradas nulas y a tal fin, se declara que las
disposiciones de este Reglamento son separables una de otras.