Regl. 6238, art. VIII

Expedición de Certificados de Asistencia a

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Cite as Reglamento Núm. 6238, Art. VIII

los Participantes Los proveedores otorgarán a cada profesional participante un certificado oficial que especifique, entre otras cosas, el nombre de la institución, el título de la actividad, el número de identificación del proveedor, la fecha y el número de horas contacto que otorga la firma de los que auspician la actividad.
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