Regl. 6238, art. VIII
Expedición de Certificados de Asistencia a
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Cite as Reglamento Núm. 6238, Art. VIII
los Participantes
Los proveedores otorgarán a cada profesional
participante un certificado oficial que especifique, entre
otras cosas, el nombre de la institución, el título de la
actividad, el número de identificación del proveedor, la
fecha y el número de horas contacto que otorga la firma de
los que auspician la actividad.