Regl. 2343, art. 1910.159

SISTEMAS AUTOMATICOS ROCIADORES

Length: 734 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.159

(a) Requisitos generales. (1) Diseño. Cuando se provean sistemas automáticos rociadores deberán cumplir con los requisitos de la "National Fire Protection Association's Standard for the Installation of Sprinkler "NFPA No. 13-1969 y los requisitos de esta sección. (2) Suministro de agua. Todo sistema automático rociador deberá tener, por lo menos, un suministro automático de agua de la presión, capacidad y confiabilidad adecuada. (3) Conexión del Departamento de Bomberos. Una conexión a través de la cual el Departamento de Bomberos puede bombear agua al sistema rociador resulta en un suministro auxiliar conveniente. Con este propósito, se deberá proveer en todos los casos una o más conexiones al Departamento de Bomberos. 377 1910.159 (b) (4) (ii) 1910.159 (b) (4) (iii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (c) Alarmas para rociadores. (1) Norma general. (i) Se deberán proveer alarmas indicadoras de cambios en el flujo de agua en todas las instalaciones de rociadores. (ii) Una unidad de alarma deberá incluir una alarma, bocina 0 sirena mecánicas aprobadas o un gong, campana, bocina 0 sirena eléctricos impermeables aprobados en la parte exterior del edificio, o gongs campanas, bocinas 0 sirenas eléctricas aprobadas dentro del edificio o una combinación de dichos dispositivos. (iii) Se deberá localizar e instalar todos los aparatos de alarma de forma que todas las partes estén fácilmente accesible para inspección, remoción y reparación, y se deberán colocar firmemente. Las campanas mecánicas en el exterior u operadas eléctricamente deberán ser impermeables y resguardados. Se deberá instalar un dispositivo retardador en cada válvula de retención de la alarma que se use cuando exista condiciones de variación en la presión del agua. Se deberá proveer una 378 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2 NORMAS E INTERPRETACIONES válvula adecuada en las conexiones para la cámara retardadora, para permitir la reparación 0 remoción sin cerrar los rociadores; estas válvulas se deberán disponer de forma que se puedan cerrar 0 sellar en posición abierta. (2) Dispositivos para detectar el flujo del agua. (i) Los aparatos de alarma para un sistema de tubería lleno deberán consistir de una válvula de retención para alarma aprobada u otros dispositivos para alarma para detectar el flujo del agua aprobados con los aditamentos necesarios requeridos para dar una alarma. (ii) Los aparatos de alarma para un sistema para tuberia vacia deberán consistir de aditamentos de alarma aprobados para la válvula de la tubería vacia. Cuando una válvula para la tubería vacia está localizada en el lado del 378 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3 NORMAS E INTERPRETACIONES sistema de una válvula de alarma, el dispositivo que acciona las alarmas para la válvula de la tubería vacía se puede conectar a las alarmas en el sistema de tubería llena. (iii) Los aparatos de la alarma para los sistemas de aviso preliminar e inundación deberán consistir de los aditamentos eléctricos de alarma aprobados, accionados por un sistema termostático independientemente del flujo del agua en el sistema. (3) Drenajes. Los drenajes de los dispositivos de alarma se deberán disponer de forma que no haya peligro de congelamiento y que no haya desborde en los aparatos de alarma, en conexiones domésticas o en cualquier otro sitio con los drenajes de los rociadores completamente abiertos y a presión. (d) Mantenimiento del sistema rociador. Un sistema rociador instalado de acuerdo con esta norma se deberá mantener adecuadamente para servicio eficaz. El patrono es responsable por la condición de este sistema rociador y se debe usar con la debida diligencia para mantener el sistema en buenas condiciones de funcionamiento. 378 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4 NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Area despejada de los aditamentos del rociador. (1) Almacenamiento para el tipo 1. Se deberá mantener un área despejada de, por lo menos, 36 pulgadas entre los desviadores de los rociadores y la parte de arriba del almacenamiento para reducir la posibilidad de obstruir la distribución del agua. (2) Almacenamiento para el tipo II. Se deberá mantener un área despejada de, por lo menos, 18 pulgadas entre los desviadores de los rociadores y la parte de arriba del almacenamiento para reducir la posibilidad de obstruir la distribución del agua. (3) Almacenamiento para el tipo III. En edificios con rociadores se deberá mantener un área despejada de, por lo menos, 18 pulgadas entre los desviadores de los rociadores y la parte superior del almacenamiento. 378 1910.159 (e) (3) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.160 NORMAS E INTERPRETACIONES
Regl. 2343, art. 1910.159: SISTEMAS AUTOMATICOS ROCIADORES | Justis AI