Regl. 6253, art. II-10 dup2
TÉRMINOS PARA LA RADICACIÓN DE RECURSOS
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Cite as Reglamento Núm. 6253, Art. II-10 dup2
Cuando por disposición de ley, o de este Reglamento, 0 por orden de la
Junta Central, un recurso deba ser radicado 0 presentado dentro de determinado
periodo de tiempo, O en un dÃa determinado, el plazo vencerá a las cuatro de la
tarde (4:00 p.m.) del dÃa correspondiente.
Los términos para la presentación de recursos ante la Junta Central son los
siguientes:
A. Impugnación a la convocatoria
1. Presentación
El recurso se presentará dentro del término de cinco (5) dÃas contados a
partir de la fecha en que se efectuó la convocatoria o se requirió una
propuesta 0 se solicitaron precios.
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2. Término para resolver
Si la Junta Central acoge el recurso, ésta lo resolverá dentro del término
de cuarenta y cinco (45) dÃas contados a partir de la fecha de sometido el
caso.
3. Impedimento para actuar
La Junta no asumirá jurisdicción si la solicitud de precios o convocatoria
se efectúa bajo una emergencia ocasionada por un desastre natural 0 por
cualquier otra situación que ponga en peligro la vida, la salud 0 la
seguridad del pueblo O parte de la ciudadanÃa, siempre y cuando haya
sido declarada por el Gobernador de Puerto Rico.
B. Reconsideración de la adjudicación
1. Presentación
El recurso se presentará dentro del término de los diez (10) dÃas
siguientes a la fecha de adjudicación de la subasta O de emitida la orden
de compra, o de la notificación de venta.
a. Presunción de mala fe
La notificación de la adjudicación por la junta de subastas o por un
comprador se tendrá que hacer en la fecha de adjudicación
simultáneamente a todos los licitadores que cotizaron, 0 se podrá
presumir mala fe.
2. Término para resolver
La Junta resolverá el recurso dentro del término de cuarenta y cinco (45)
dÃas contados a partir de la fecha de sometido el caso.
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C. Impugnación de las determinaciones relacionadas con el Registro
Central de Licitadores
1. Presentación
El recurso se presentará dentro del término de veinte (20) dÃas contados a
partir de la fecha de recibo de la notificación denegando el ingreso al
Registro; O de la inclusión indebida de un licitador; 0 de la inclusión de
información en el Registro adversa a un licitador; 0 de la inclusión
indebida de información favorable a un licitador.
a. Excepción al término
Cuando se trate de la negativa de un comprador 0 junta de subastas
de acatar la información del Registro; de cuestionar la información en
éste O de la negativa de honrar el Registro Central, requiriendo a los
licitadores que se registren nuevamente en una agencia, junta de
subastas o ante un comprador, el recurso se podrá presentar como
querella en cualquier momento.
2. Término para resolver
La Junta Central resolverá estos recursos dentro de un término razonable
después de haber recibido toda la prueba.
D. Revisión de especificación estándar
1. Presentación
a. Especificación adoptada por la Junta Reguladora
Para solicitar la revisión de una especificación estándar adoptada por
la Junta Reguladora el recurso se radicará dentro del término de
treinta (30) dÃas contados a partir de la publicación de la adopción de
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dicha especificación; o dentro del término de cinco (5) dÃas contados a
partir de la fecha en que dicha especificación se use por primera vez
en una subasta.
b. Especificación redactada por un técnico de la Junta o comprador
Para solicitar la revisión de una especificación cuyo uso haya sido
autorizado por un técnico de la Junta Reguladora antes de que ésta la
adopte formalmente, el recurso se radicará dentro del término de cinco
(5) dÃas contados a partir de la fecha en que se utilizó dicha
especificación en cualquier proceso de compra.
2. Término para resolver
La Junta Central resolverá estos recursos dentro de un término razonable
después de haber recibido toda la prueba.
E. Revisión de estándares de compra
1. Presentación
El recurso se presentará dentro del término de treinta (30) dÃas contados
a partir de la fecha en que se promulgó dicho estándar.
2. Término para resolver
La Junta Central resolverá este recurso dentro de un término razonable
después de haber recibido toda la prueba.
F. Querellas
1. Presentación
El recurso se presentará dentro del término de veinte (20) dÃas contados a
partir de la fecha en que ocurrieron los hechos que dan margen a la
querella.
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2. Término para resolver
En estos casos la Junta Central se reunirá en pleno para celebrar una
vista y emitirá sus determinaciones de hecho y conclusiones de derecho
dentro del término de cuarenta y cinco (45) dÃas contados a partir de
sometido el caso.