Regl. 6253, art. IV-24 dup2
ACOGER EL RECURSO
Length: 49 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6253, Art. IV-24 dup2
A. AI asumir jurisdicción, la Junta Central podrá tomar y notificará a las partes,
las siguientes acciones:
1. Resolverá por el expediente.
2. Requerirá información escrita adicional.
3. Señalará vista ante la Junta en pleno, ante uno de sus miembros, ante un
oficial examinador 0 ante un panel examinador.