Regl. 2343, art. 1910.161

SISTEMAS DE EXTINCION DE INCENDIO CON DIOXIDO DE

Length: 404 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.161

CARBONO (a) Requisitos generales. (1) Diseño. Cuando se provean sistemas de extinción de incendio de dióxido de carbono, éstos deberán cumplir con los requisitos de diseño de la"National Fire Protection Association's ""Standard on Carbon Dioxide Extinguishing Systems" NFPA No. 12-1968 y los requisitos de esta sección. (2) Requisitos de seguridad. Para cualquier uso del dióxido de carbono, en el que haya una posibilidad de que los empleados puedan quedar atrapados dentro, 0 que entren en atmósferas que una descarga de dióxido de carbono convierta en peligrosa, se deberán proveer medidas de seguridad para asegurar la evacuacion rápida de, y para evitar la entrada a tales atmósferas y también para proveer los medios para rescatar rápidamente a cualquier personal atrapado. Se deberán tener en cuenta los renglones de seguridad tales como adiestramiento del personal, letreros de advertencia, alarmas durante la descarga, alarmas previas a la descarga y equipos de respiración. 380 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2 (b) Inspección y mantenimiento. (1) Inspección y pruebas. (i) Por lo menos una vez al año, un ingeniero o inspector competente deberá inspeccionar cuidadosamente y probar si funcionan adecuadamente todos los sistemas de dióxido de carbono. (ii) El propósito de esta inspección y examen no deberá ser sólo para asegurar que el sistema esté en condiciones óptimas de funcionamiento, sino también para que indique la continuación probable de esta condición hasta la próxima inspección. (iii) Las pruebas adecuadas para la descarga se deberá hacer cuando cualquier inspección indique su conveniencia. (iv) Entre las inspecciones 0 pruebas del contrato regular de servicio, se deberá seguir un programa según el cual el sistema se deberá inspeccionar visualmente o de otro modo por personal competente. (v) Se deberá pesar, por lo menos semestralmente, todos los cilindros a alta presión. Si, en algún momento, un recipiente muestra una pérdida del contenido neto de más del 10 por ciento, se deberá volver a llenar 0 reemplazar. (vi) Si, en algún momento, un recipiente a baja 380 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO '3' presión muestra una pérdida de más del 10 por ciento, se deberá volver a llenar, a menos que todavía estén vigentes los requisitos mínimos del gas. (2) Mantenimiento (i) Siempre se deberá mantener los sistemas de dióxido de carbono en condiciones óptimas de funcionamiento. (ii) Cualquier avería o deterioro se deberá corregir de inmediato por personal competente. 380 1910.162 1910.163 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES
Regl. 2343, art. 1910.161: SISTEMAS DE EXTINCION DE INCENDIO CON DIOXIDO DE | Justis AI