Regl. 2343, art. 1910.171
Organizaciones formuladoras de normas
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Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.171
En estas parte se hace referencia a las normas específicas
formuladas por las organizaciones que aparecen a continuación.
Se podrá solicitar copias de los materiales de referencia, a las
organizaciones que las publiquen.
Compressed Gas Association, Inc.
500 Fifth Avenue,
New York, NY 10036
397
1910.171
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910-Sub-parte N
NORMAS E INTERPRETACIONES
PARTE 1910
NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SUB-PARTE N-MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE MATERIALES
1910.176
Manejo de materiales general.
1910.177
Revocada.
1910.178
Vehiculos industriales motorizados.
1910.179
Grúa de puente y grúa de pórtico.
1910.180
Tractor oruga, locomotora y camión de grúa.
1910.181
Cabria.
1910.182
Fechas de vigencia.
1910.183
Helicópteros.
1910.184
Eslingas.
1910.189
Fuentes de la norma.
1910.190
Organizaciones formuladoras de normas.
399
¹⁹¹0-Sub-parte N
43
Seguridad y Salud en el Trabajo
1910.171
Normas e Interpretaciones
American Society of Mechanical Engineers, Inc.
United Engineering Center,
345 East 47th Street,
New York, NY 10017
National Fire Protection Association,
60 Batterymarch Street,
Boston, MA 02110
American National Standards Institute,
1430 Broadway,
New York, NY 10018.
1910.176
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
SUB-PARTE N--MANEJO Y ALMACENAMIENTO MATERIALES
1910.176--MANEJO DE MATERIALES--NORMA GENERAL
(a) Uso de equipo mecánico.
En embarcaderos donde se use equipo de mecánico para manejar materiales, se deberá proveer espacios libres
suficientes para pasadizos, a través de los vanos de las puertas y donde quiera que haya que hacer virajes o pasar.
Los pasadizos y pasillos se deberán mantener despejados y en buen estado de funcionamiento, libre de obstáculos
que puedan crear un riesgo. Los pasadizos y pasillos permanentes se deberán rotular de forma apropiada.
(b) Almacenamiento seguro.
El almacenamiento de materiales no deberá crear riesgos. Los sacos, recientes, paquetes, etc. almacenados en
estibas se deberán apilar, bloquear, inmovilizar y deberán tener una altura limitada de modo que queden estable y
resguardos contra deslizamiento o derrumbe.
(c) Orden y limpieza.
Las áreas de almacenamiento se deberán mantener libre de acumulación de materiales que constrituyan riesgos
contra tropiezos, incendios, explosiones o criadero de ratones y sabandijas. Si fuese necesario se deberán tomar
medidas para el control de la vegetación.
(e) Márgenes de seguridad.
Se deberá proveer señales para indicar los márgenes de seguridad.
(f) Vagones de ferrocarril en movimiento.
Se deberán proveer calzos para descarrilamiento o calzos parachoques en los apartaderos por donde transiten
vagones de ferrocarriles que puedan chocar contra otros vagones en los que se estén trabajando, o puedan entrar
en un edificio, o contra áreas de trabajo y tráfico.
(g) Resguardo.
Se deberán proveer cubiertas o barandas para proteger al personal contra los riesgos de fosos abiertos, tanques,
cubas, zanjas, etc.