Regl. 1277, art. 111.3-111.2

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005

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Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 111.3-111.2

o Compuerta del Carro para Ascensores. Las puertas O compuertas de carro, incluyendo salidas de emergencia laterales para ascensores de personas, serán provistas con contactos eléctricos para puertas o compuertas. Ibid
Regl. 1277, art. 111.3-111.2: Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005 | Justis AI