Regl. 2343, art. 1910.25
ESCALAS PORTATILES DE MADERA
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Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.25
(a) Aplicación de los requisitos.
Esta sección tiene como objetivo prescribir reglas y establecer requisitos mÃnimos para la construcción, el
cuidado y el uso de los tipos comunes de escalas de madera, y de este modo garantizar la seguridad en condiciones
normales de uso. Otros tipos de escalas especiales no se incluyen especificamente en esta sección, ejemplo: escala
para recogedores de frutas, combinación de escala extensible y articulada, escala articulada para almacenes, escala
articulada para pasillos, escalera articulada para estanterias y escala para bibliotecas.
(b) Materiales.
(1) Requisitos aplicables a todas las piezas de madera.
(i) Ninguna pieza de madera deberá tener bordes filosos ni astillas. Deberán ser resistentes a hendiduras,
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1910.25(b)(1)(i)
1910.25(b)(1)(i)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
separación entre los anillos, deformación por compresión, pudrición seca u otras irregularidades. No deberá usarse madera de poca densidad.
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1910.25(b)(3)(iii)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(b)(3)(iii)
NORMAS E INTERPRETACIONES
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1910.25(c)(1)(ii)(a)
1910.25(c)(1)(iii)(a)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(2) Escalas articuladas. No se deberá suministrar escalas articuladas con más de 20 pies de largo. Las escalas
articuladas deberán ser de tres tipos según se especifica a continuación.
Tipo I - Escalas articuladas industriales cuya longitud fluctúa entre 3 y 20 pies. Estas están diseñadas para trabajos fuertes
como los de servicios públicos (agua, teléfono, electricidad, etc.), contratistas y para uso industrial.
Tipo II - Escalas articuladas comeciales cuya longitud flúctua entre 3 y 12 pies. Están diseñadas para trabajos medianos
como los de pintores, oficinas y para uso industrial liviano.
Tipo III - Escalas articuladas domésticas cuya longitud flúctua entre 3 y 6 pies. Estas están diseñadas para trabajos livianos
como el de limpieza liviana.
(i) Requisitos generales.
(b) Los escalones deberán tener una separación uniforme que no deberá exceder de 12 pulgadas.
Los escalones deberán estar paralelos y nivelados cuando la escala esté en posición de usarse.
(c) El ancho minimo interior entre los largueros en la parte superior no deberá ser menor de 11 1/2
pulgadas. Los largueros deberán ensancharse, desde el tope hasta la base, al menos 1 pulgada por cada
pie de longitud de la escala articulada.
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1910.25(c)(2)(i)(c)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(c)(2)(i)(d)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(d) Cuando se use el espesor minimo de los largueros, los escalones deberán ajustarse fuertemente
dentro de las ranuras en los largueros a una profundidad de un octavo de pulgada y con una tolerancia de un treintaidosavos de pulgada. Estos deberán afianzarse firmemente según se describe más
adelante o deberán ajustarse fuertemente dentro de palometas de metal con resistencia equivalente,
que a su vez deberán estar afianzadas a los largueros. La profundidad de las ranuras aquà mencionanadas puede aumentarse en proporción con el espesor de los largueros, según se dispone en las subdivisiones (ii)(a), (iii)(a) y (iv)(a) de este sub-párrafo.
(e) Toda escala articulada deberá tener un tope con palometas de metal o madera, o accesorios
asegurados fuertemente en el tope, los largueros y las patas posteriores, para permitir asi que la
sección posterior se balancee con libertad sin juego excesivo o desgaste en las juntas.
(f) Toda escalera de mano deberá contar con un separador de metal o un dispositivo inmovilizador
de tamaño y resistencia suficientes para sujetar con seguridad las secciones delantera y posterior
cuando estén abiertas. Para proteger al usuario, se deberá cubrir o remover todas las puntas filosas.
Para la escala del tipo III, puede combinarse en una unidad, una repisa para cubos y el separador.
En esta escala la repisa asegura la escala en la posición abierta (shelf-lock ladder).
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1910.25(c)(2)(ii)(b)
1910.25(c)(2)(ii)(b)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
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1910.25(c)(2)(iii)(a)(1)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(c)(2)(iii)(a)(1)
NORMAS E INTERPRETACIONES
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1910.25(c)(2)(iii)(c)(3)
1910.25(c)(2)(iii)(c)(3)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
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1910.25(c)(3)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(c)(3)(i)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(ii) Escala sencilla.
(a) No se deberá suministrar escalas sencillas cuya longitud exceda de 30 pies.
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1910.25(c)(3)(ii)(d)
1910.25(c)(3)(iii)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(iii) Escala de dos secciones.
(a) No se deberá suministrar escalas extensibles de dos secciones si su longitud excede de 60 pies.
Todas las escalas de este tipo deberán consistir en dos secciones, una ajustable dentro de los largueros de la otra, y deberán estar dispuestas de tal modo que la sección superior se pueda subir y bajar.
(iv) Escala en secciones.
(a) No deberá usarse combinaciones emsambladas de escalas en secciones si las longitudes de éstas
exceden las especificadas en esta subdivisión.
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1910.25(c)(3)(iv)(b)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(c)(3)(iv)(b)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(v) Escalera de tijera y escalera extensible de tijera.
(a) No se deberá suministrar escaleras de tijera 0 secciones extensibles o secciones que sean base de
escaleras extensibles de tijera cuando éstas excedan de 20 pies de largo.
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1910.25(c)(3)(v)(e)
1910.25(c)(3)(v)(f)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(ii) Escala articulada para pintores.
(a) No se deberá suministrar escalas articuladas para pintores si exceden de 12 pies de largo.
(iii) Escala para albañiles. Una escala para albañiles constituye un tipo especial de escala sencilla, que
se usa en trabajos fuertes de construcción.
(a) No se deberá suministrar escalas para albañiles cuya longitud exceda de 40 pies.
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1910.25(c)(4)(iii)(b)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(c)(4)(ii)(b)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(5) Escala deslizante sobre troles y escala con carril guiador.
(i) Longitud. No se debe suministrar escalas deslizantes sobre troles y escalas con carril guiador si
éstas exceden de 20 pies de largo.
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1910.25(c)(5)(vii)(b)
1910.25(c)(5)(vii)(b)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(d) Cuidado y uso de las escalas.
(1) Cuidado. Para garantizar la seguridad y utilidad, se deberá observar las siguientes precauciones en cuanto
al cuidado de las escalas.
(i) Las escalas deberán mantenerse en todo momento, en buenas condiciones. La unión entre los escalones y los largueros deberá estar ajustada. Todos los accesorios metálicos y los ajustadores deberán estar
afianzados firmemente y las partes movibles deberán funcionar libremente sin trabarse o tener juego
indebido.
(ii) Se deberá lubricar frecuentemente los soportes metálicos de los aseguradores, ruedas, poleas, etc.
(iii) Se deberá reemplazar las cuerdas deshilachadas o desgastadas.
(iv) La base de apoyo de seguridad y otro equipo auxiliar se deberá mantener en buenas condiciones
para garantizar su debido funcionamiento.
(x) Las escalas se deberán inspeccionar con frecuencia y las que estén defectuosas se deberán sacar
de servicio para repararse o destruirse; además, de que se les deberá colocar una etiqueta O un rótulo que
diga: AVERIADA, NO LA USE.
(xi) Los peldaños se deberán mantener sin grasa ni aceite.
(2) Uso. Las siguientes precauciones de seguridad se deberán observar en relación con el uso de escalas:
(i) Donde sea posible, las escalas de peldaños o listones se deberán colocar en un ángulo de inclinación
tal que la distancia horizontal desde el soporte superior hasta el pie (base) de la escala, equivalga a un
cuarto de la longitud útil de la escala (la longitud a lo largo de la escala entre el pie hasta el soporte
superior). La escala deberá estar colocada de tal modo que se evite su deslizamiento o deberá atarse
o mantenerse en posición. Las escalas no se deberán usar en posición horizontal como plataformas,
corredores o andamios.
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1910.25(d)(2)(i)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1910.25(d)(2)(ii)
NORMAS E INTERPRETACIONES
(ii) Las escalas con las dimensiones especificadas anteriormente no se deberán usar por más de un
hombre a la vez, ni con palometas de escala ni con tablones de andamio. Cuando se espere que más de
un hombre use una escala, ésta será de diseño especial cuyas piezas tengan dimensiones mayores.
(iii) Las escalas deberán estar colocadas de tal manera que los largueros tengan una base segura. El reposo
superior para las escalas portátiles de peldaños o listones deberá ser razonablemente rÃgido y deberá tener
suficiente resistencia para soportar la carga aplicada.
(iv) Las escalas no deberán colocarse frente a aberturas de puerta, a no ser que se calce, asegure 0 resguarde la puerta.
(v) Las escalas no se deberán colocar sobre cajones, barriles u otras bases inestables para asà obtener
altura adicional.
(vi) Para sostener el tope de la escala en una abertura de ventana, debe fijarse transversalmente una tabla
posterior de la escala que se extienda a través de la ventana y provea apoyo firme contra las paredes o
los marcos de las ventanas del edificio.
(vii) El usuario debe quedar frente a la escala al ascender o descender.
(viii) No se deberá usar escalas con escalones, peldaños o listones rotos o faltantes, largueros rotos u otro
equipo defectuoso. No deberán hacerse reparaciones improvisadas.
(ix) No se deberá empalmar escalas cortas para lograr secciones más largas.
(x) No se deberá usar escalas compuestas por listones amarrados transversalmente a una baranda.
(xi) Las escalas no se deberán usar como vientos, riostras, o largueros, o para otros propósitos que no
sean los previstos especialmente para éstas.
(xii) Los topes de los tipos comunes de escalas articuladas no se deberán usarse como escalones.
(xiii) En escalas extensibles de dos secciones, la superposición minima para las dos secciones deberá ser
como sigue:
Tamaño de la escala
Superposición
(pies)
(pies)
Hasta 36, inclusive
3
Sobre 36 hasta 48, inclusive
4
Sobre 48 hasta 60, inclusive
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(xiv) Las escalas de peldaños, que tengan los largueros reforzados (veáse los párrafos (c)(3), (ii)(c) y (iii)
(d) de esta sección) sólo deberán usarse con el refuerzo metálico en el lado inferior. Las escalas de este
tipo se deben usar con gran cuidado cuando estén cerca de conductores eléctricos, ya que el refuerzo en
si es un buen conductor.
(xv) Ninguna escala se debe usar para lograr acceso a un techo, a no ser que el tope de la escala se
extienda 3 pies sobre el punto de apoyo en el contorno del alero, canalón 0 borde del techo.
(xvi) Sólo los usuarios de escalas extensibles deben ajustar éstas cuando estén parados en la base de la
escala, de modo que puedan observar si los aseguradores están debidamente fijados. Ajustar las escalas
extensibles desde el tope de la escala (o desde algún otro nivel sobre el dispositivo inmovilizador) constituye una práctica peligrosa que no debe intentarse. No se debe ajustar la escala cuando el usuario
esté parado sobre ésta.
(xvii) Las secciones intermedia y superior de las escalas en secciones o las de escalas para limpiadores de
ventanas no deben usarse para la sección inferior, a no ser que el usuario las equipe con soporte de
seguridad.
(xviii) Las escalas extensibles siempre deben instalarse de modo tal que la sección superior descanse
sobre la inferior.
(xix) Cuando exista riesgo de resbalar, el usuario debe equipar con una base a prueba de resbalones
toda escala portátil de peldaños. No se espera que las bases a prueba de resbalones se usen para sustituir el cuidado que debe tenerse al colocar, atar o sostener de forma segura una escala que se esté usando
sobre superficies aceitosas, metálicas, de hormigón o resbaladizas.
(xx) El arriostramiento en las patas posteriores de las escalas articuladas-mano está diseñado sólo para
aumentar la estabilidad, pero no para subir por éste.
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1910.25(d)(2)(xxi)