Regl. 2343, art. 1910.252

SOLDADURA, CORTE y SOLDADURA DURA

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Cite as Reglamento Núm. 2343, Art. 1910.252

(a) Instalación y operación de sistemas de gas oxígeno y combustible para soldadura y corte. (1) Requisitos generales. (i) Mezcla infamable. Las mezclas de gases combustibles y aire u oxígeno podrían ser explosivas y se deberán resguardar. No se deberá permitir un dispositivo O aditamento que facilite O permita las mezclas de aire u oxígeno con gases inflamables antes de usarlos, excepto en el mechero O una antorcha estándar a menos que esté aprobado para dicho propósito. 554 2 1910.251 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Presión máxima. Bajo ninguna circunstancia se deberá generar, conducir por tubería (a excepción de distribuidores de cilindros aprobados) O usar acetileno a una presión que exceda de 15 1b./pulg. 2 (p.s.i.g. б 30 1b./pulg. 2 de presión absoluta. (El límite de presión absoluta de 30 1b./pulg. 2 impide uso indebido del acetileno en cámaras de presión tales como cámaras de aire comprimido, excavaciones subtérraneas o construcción de túneles). Este requisito no aplica al almacenamiento de acetileno disuèlto en un solvente adecuado en cilindros fabricados y mantenidos de acuerdo con los requisitos del U.S. Department of Transportation O del acetileno para uso químico. Se deberá prohibir el uso de acetileno líquido. (iii) Aparatos. Sólo se deberá usar aparatos aprobados tales como antorchas, válvulas reguladoras O reductoras de presión, generadores de acetileno y distribuidores. (iv) Personal. Los patronos de los trabajadores a cargo del equipo de suministro de oxígeno O de gas combustible, incluso generadores y sistema de tuberías para la distribución de oxígeno y de gas combustible, deberán adiestrar y juzgar competentes a sus empleados para este importante trabajo antes de dejarlos a cargo del trabajo. Se deberán tener disponibles las reglas e instrucciones que indiquen la operación y el mantenimiento del equipo de suministro de oxígeno y de gas combustible, incluso generadores y sistemas de tubería para la distribución de oxígeno y de gas combustible. 554 3 1910.251 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (2) Cilindros y recipientes. (i) Aprobación y rotulación. (a) Todo cilindro portátil que se use para el almacenamiento y envase de gases comprimidos, se deberán construir y mantener conforme a las normas del U.S. Department of Transportation, 49 CFR Partes 171-179. (b) Los cilindros de gas comprimido se deberán rotular de forma legible, para los propósitos de identificar el gas contenido, ya sea con el nombre químico O del fabricante del gas. 554 1910.252 (a) (2) (i) (b) 4 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (2) (i) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES Dicha rotulación se deberá hacer por medio de estarcido, estampado O por colocación de etiqueta y no se deberá poder remover con facilidad. Siempre que sea posible, se deberá colocar la rotulación en el hombro del cilindro. Este método cumple con la American National Standard Method For Making Portable Compressed Gas Containers TO Identify The Material Contained, ANSI z48.1-1954. (c) Se deberán equipar los cilindros de gas comprimido con conexiones que cumplan con la American National Standard Compressed Gas Cylinders Valve Outlet And Inlet Connections, ANSI B57.1-1965. (d) Todo cilindro con una capacidad para agua mayor de 30 libras, se deberá equipar con medios para conectar una tapa, O collar O un hueco para proteger la válvula. (ii) Almacenaje de cilindros. Norma General. (a) Los cilindros se deberá mantener alejados de radiadores y otras fuentes de calor. (b) Los cilindros se deberán almacenar dentro de edificios en áreas bien protegidas, ventiladas y secas, a, por lo menos, 20 pies de materiales altamente combustibles tales como petróleo O paja de madera. Se deberán almacenar los cilindros en sitios asignados lejos de ascensores, escaleras, pasillos. Los espacios asignados para almacenamiento se deberán localizar en lugares en que objetos transportados O que caigan no tumben ni averíen a los cilindros, ni éstos sujetos a uso indebido por persona no autorizadas. No se deberán mantener los cilindros encerrados en cajones 555 5 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (2) (i) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES y armarios sin ventilación. (c) Los cilindros vacíos deberán tener sus válvulas cerradas. (d) Cuando los cilindros estén diseñados para colocarles una tapa, las tapas de protección para válvula siempre estarán en su lugar y cerradas a mano lo más hermética posible, excepto cuando los cilindros se estén usando O estén conectados y listos para usarse. (iii) Almacenaje de cilindros de gas combustible. Se deberá limitar la capacidad total de gas a 2 000 pies cúbicos б 300 libras de gas licuado de petróleo cuando los cilindros están dentro de un edificio, excepto para los que se estén usando o estén listos para usarse. (a) Se deberá proveer un cuarto O compartimiento separado que cumpla con los requisitos especificados en los sub-párrafos (6) (vi) (a) (8) y (9) de este párrafo para almacenar cilindros con una capacidad mayor de 2 000 pies cúbicos de gas O 300 libras de gas licuado de petróleo, O los cilindros se deberán mantener fuera O en un edificio especial. Los edificios especiales, cuartos O compartimientos no deberán tener calefacción ni alumbrado por medio de llamas al descubierto y deberán tener buena ventilación. También se puede usar para almacenar carburo de calcio en cantidades que no sean mayores de 600 libras cuando estén en recipientes de metal que cumplan con los sub-párrafos (7) (i) (a) y (b) de este párrafo. 555 6 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (2) (i) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES Se deberá colocar conspicuamente en dichos cuartos letreros que lean: Peligro Se Prohibe Fumar, Tener Cerillas, O llamas al descubierto, u otro mensaje equivalente. (b) Se deberán almacenar los cilindros de acetileno con la válvula en la parte de arriba. (iv) Almacenaje de oxígeno. (a) Los cilindros de oxígeno no se deberán almacenar cerca de material altamente combustible, especialmente petróleo y grasa; O cerca de donde estén almacenados cilindros de carburo y acetileno u otro gas combustible, ni cerca de alguna otra substancia que pueda causar O propiciar un fuego, ni en un compartimiento con un generador que funcione con acetileno. (b) Los cilindros de oxígeno almacenados en plantas generadoras en el exterior se deberán separar de los cuartos donde estén almacenados generadores O carburo mediante una división incombustible que tenga otra clasificación de resistencia al fuego de por lo menos una hora. Esta división no debe tener abertura y debe ser impermeable al gas. (c) Entre los cilindros de oxígeno almacenados y los cilindros de gas combustible O materiales combustibles (especialmente petróleo O grasa) deberá haber una distancia mínima de 20 pies O una barrera no-combustible de, por lo menos, 5 pies de alto con una clasificación de resistencia al fuego de, por lo menos, media hora. 555 1910.252 (a) (2) (iv) (c) 7 1910.252 (a) (2) (iv) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES Cuando para el suministro de oxígeno en estado gaseoso para las operaciones de soldadura O corte, se utilice un sistema para suministrar oxígeno líquido, y dicho sistema tenga una capacidad de almacenamiento mayor de 13 000 pies cúbicos de oxígeno (medidos a una presión absoluta en 14.7 lb/pulg. 2 y a 70°F.), que está suministrando O listo para comenzar a suministrar, O tenga una capacidad de almacenamiento mayor de 25 000 pies cúbicos de oxígeno (medidos a una presión absoluta de 14.7 lb/pulg. 3 y a 70°F.), incluso las reservas sin conectar que estén accesibles en el lugar, deberán cumplir con las disposiciones del Standard for Bulk Oxygen Systems at Consumer Sites, NFPA Num. 566-1965. (v) Procedimientos de funcionamiento. (a) Se deberán mantener libres de aceite O substancias grasosas los cilindros, las válvulas de los cilindros, los acopladores, los reguladores las mangas y los aparatos. Los cilindros O aparatos de oxígeno no se deberán manejar con manos O guantes grasosos. Nunca se deberá permitir que un chorro de oxígeno choque con una superficie aceitosa, ropas grasientas O que entre en un tanque de almacenamiento ya sea de petróleo O de otro tipo. (b) (1) Cuando se transporten cilindros por grúa O cabria, se deberá usar una cuna, bote O plataforma adecuada. No se deberán usar elsingas O magnetos eléctricos con este fin. Cuando el cilindro este diseñado 556 8 1910.252 (a) (2) (iv) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES para utilizar una tapa, las tapas para protección de las válvulas deberán estar siempre en su lugar. (2) Los cilindros no se deberán dejar caer, ni golpear, ni permitir que haya choques violentos de unos con otros. (3) No se deberán izar los cilindros de una posición vertical a otra por las tapas para protección de las válvulas. Cuando los cilindros se hayan fijado al terreno por congelamiento O de otra forma, no se deberán usar barras debajo de válvulas O tapas para protección de las válvulas, para apalancar los cilindros y separarlos del terreno. Para lograr esta separación se recomienda el uso de agua caliente (no hirviendo). Las tapas para proteger las válvulas están diseñadas para proteger de daños a las válvulas de los cilindros. (4) Cuando los cilindros estén equipados con reguladores y tapas para protección de las válvulas, ambos se deberán colocar en su sitio antes de que se muevan los cilindros, a menos que se hayan asegurado a un camión especial. (5) Los cilindros que no tengan ruedas de mano fijas deberán tener llaves, manijas O llaves de tuercas no regulables, mientras estos cilindros estén funcionando. Sólo se requiere una llave O manija para cada distribuidor en instalaciones múltiples de cilindros. 556 9 1910.252 (a) (2) (iv) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) Se deberán cerrar las válvulas de los cilindros antes de mover los cilindros. (7) Una vez se haya terminado el trabajo, se deberá cerrar las válvulas. (8) Se deberá cerrar las válvulas de los cilindros vacíos. (9) Se deberá mantener los cilindros separados del lugar en el que se lleva a cabo la soldadura O corte de manera que las chispas, escorias calientes, O flamas no los alcancen, O si no se deberá proveer un protector resistente al fuego. (10) No se deberá colocar los cilindros en donde puedan formar parte de un circuito eléctrico. Se deberá evitar los contactos con un tercer carril, cable conductor, etc. Los cilindros se deberán mantener alejados de radiadores, sistemas de tuberías, mesas de trazado, etc., que se puedan usar para circuitos eléctricos de conexión a tierra como los de máquinas para soldar por arco. a Se deberá prohibir toda práctica tal como derivar electrodos contra un cilindro para encender un arco. (11) Nunca se deberá usar los cilindros como rodillos O apoyos, independientemente de que estén llenos o vacíos. (12) Cuide de que los números y letreros de los cilindros se mantengan intactos. 556 10 1910.252 (a) (2) (iv) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (13) Nadie que no sea el suministrador de gas, deberá intentar mezclar gases en un cilindro. Nadie, excepto el dueño del cilindro o una persona autorizada por él, deberá volver a llenar un cilindro. 556 1910.252 (a) (2) (v) (b) (13) 11 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. (a) (2) (v) (b) (13) NORMAS E INTERPRETACIONES (14) Nadie deberá usar indebidamente ni los dispositivos de seguridad de los cilindros ni las válvulas. (15) No se deberá dejar caer ni manejar bruscamente de modo alguno los cilindros. (16) No se deberá usar el oxígeno de un cilindro sin antes conectar un regulador de oxígeno a la válvula de éste, a menos que el cilindro esté conectado a un distribuidor. Antes de conectar el regulador a la válvula del cilindro, se deberá abrir un poco la válvula, durante un instante, y luego cerrarla. Cuando abra la válvula del cilindro, siempre deberá estar parado a uno de los lados del orificio de salida. (17) No se deberá usar un martillo O una llave de tuerca para abrir las válvulas del cilindro. Si las válvulas no se pueden abrir con la mano, se deberá notificar al suministrador. (18) (i) No se deberá usar indebidamente las válvulas de los cilindros ni se deberá hacer ningún intento para repararlas. Si hay averías, se deberá enviar de inmediato un informe del tipo de avería y el número de serie del cilindro. Se deberán seguir las instrucciones del suministrador respecto de como se va a arreglar. (ii) Se deberá evitar el quitar completamente el vástago de las válvulas de los cilindros tipo diafragma. 557 12 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (2) (v) (b) (13) NORMAS E INTERPRETACIONES (c) (1) Siempre que estén en uso, los cilindros de gas combustible deberán quedar con la válvula en el extremo de arriba. Los cilindros de gases licuados se deberán almacenar y embarcar de modo que el extremo con la válvula quede hacia arriba. (2) Se deberá manejar cuidadosamente los cilindros. Un manejo brusco, golpes O caídas pueden causar daño a la válvula O dispositivos de seguridad del cilindro y causar escapes. (3) Antes de conectar el regulador a una válvula del cilindro, la válvula se deberá abrir un poco y cerrar de inmediato. La válvula se deberá abrir mientras uno está parado a un lado del orificio de salida, nunca frente a éste. Nunca abra una válvula de un cilindro de gas combustible cerca de otros trabajos de soldadura ni cerca de chispas, flamas ni otras posibles fuentes de ignición. (4) Antes de quitar un regulador de la válvula del cilindro, se deberá cerrar la válvula del cilindro y liberar el gas del regulador. (5) Cuando los cilindros de acetileno estén en uso no se deberá colocar cosa alguna S sobre éstos, que pueda dañar el dispositivo de seguridad O interfiera con el cierre automático de la válvula. (6) Si se encuentran válvulas O accesorios con escapes en los cilindros y éstos no se pueden detener con el cierre de la válvula, se deberá sacar los cilindros al exterior y vaciarlos lentamente. 557 13 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (2) (v) (b) (13) NORMAS E INTERPRETACIONES (7) Se deberá colocar un aviso cerca de los cilindros que tengan tapones fusibles con escapes u otros dispositivos de seguridad con escapes para que nadie se acerque a ellos con cigarrillos encendidos u otra fuente de ignición. Se deberá colocar rótulos legibles en dichos cilindros; se deberá notificar de inmediato al suministrador y se deberá seguir sus instrucciones respecto de su devolución. (8) No se deberán usar indebidamente los dispositivos de seguridad. (9) Nunca se deberá usar gas combustible de cilindros a través de antorchas u otros dispositivos equipados con válvulas de cierre sin reducir la presión con un regulador adecuado unido a la válvula O distribuidor del cilindro. (10) Siempre se deberá abrir lentamente la válvula del cilindro. (11) Una válvula del cilindro de acetileno no se deberá abrir más de una y media vueltas de eje, y preferiblemente no más de tres cuartas partes de una vuelta. 557 1910.252 (a) (2) (v) (c) (11) 14 1910.252 (a) (2) (v) (c) (11) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (12) Cuando se requiera una llave de tuerca especial, ésta se deberá dejar en posición en el vástago de la válvula mientras se usa el cilindro, de forma que en caso de emergencia se puede interrumpir rápidamente el flujo de gas combustible. Si se trata de cilindros con distribuidores o acoplados se deberá tener siempre disponible para uso inmediato, una de dichas llaves de tuerca. (3) Colocación de distribuidores de los cilindros. (i) Distribuidores de gas combustible. (a) Se deberá aprobar los distribuidores ya sea cada pieza por separado o como una unidad ensamblada. (b) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (c) de esta subdivisión, los cilindros de gas combustible conectados a un distribuidor, dentro de un edificio, se deberán limitar a una capacidad total que no exceda de 300 libras de gas de petróleo licuado O de 3 000 pies cúbicos de otro gas combustible. Se puede localizar en el mismo cuarto más de uno de dichos distribuidores conectados a cilindros siempre que los distribuidores estén a, por lo menos, 50 pies de distancia O separados por una barrera incombustible de, por lo menos, 5 pies de alto que tenga un promedio de resistencia al fuego de por lo menos media hora. 558 15 1910.252 (a) (2) (v) (c) (11) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (c) Los cilindros de gas combustible, que estén conectados a un distribuidor cuya capacidad total sobrepase 300 libras de gas de petróleo licuado a 3 000 pies cúbicos de otro gas combustible, se deberán colocar a la intemperie O en un edificio O un cuarto independiente, construídos de acuerdo con los sub-párrafos (6) (vi) (a) (8) y (9) de este párrafo. (d) Los edificios O cuartos separados con distribuidores en su interior, también se pueden usar para el almacenamiento de bidones de carburo de calcio y cilindros que contengan gases combustibles según se dispone en el sub-párrafo (2) (iii) de este párrafo. Dentro de dichos edificios O cuartos deberá haber buena ventilación y no deberán tener calefacción o alumbrado, por medio de llamas al descubierto. (e) Los distribuidores de presión alta para gas combustible deberán estar equipados con los reguladores de presión aprobados. (ii) Distribuidores de presión alta para oxígeno (para usarse en cilindros que tengan una presión de suministro, según las estipulaciones del "U.S. Department of Transportation," mayor de 200 1bs./pulg.²(p.s.i.g.) (a) Se deberá someter para aprobación los distribuidores, ya sea cada pieza por separado O como unidad ensamblada. 558 16 (a) (2) (v) (c) (11) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES según (c) Excepto/10 dispuesto en la subdivisión (d) de esta subdivisión, los cilindros de oxígeno conectados a un distribuidor se deberán limitar a una capacidad total de gas de 6,000 pies cúbicos. Se puede ubicar en el mismo cuarto más de uno de dichos distribuidores conectados a cilindros, siempre que los distribuidores estén a, por lo menos, 50 pies de separación O los separe una barrera incombustible de, por lo menos, 5 pies de alto con un promedio de resistencia al fuego de, por lo menos, media hora. (d) Se deberá localizar en el exterior O en un edificio separado incombustible todo distribuidor de oxígeno, al cual se conecten cilindros con una capacidad total mayor de 6 000 pies cúbicos de oxígeno. Dicho distribuidor, si está localizado dentro de un edificio que tenga otra mercancía, u ocupación se deberá colocar en un cuarto separado de construcción incombustible que tenga una resistencia al fuego de, por lo menos, media hora o en un área sin material combustible a una distancia de 20 pies del distribuidor. . (e) Todo distribuidor de oxígeno O sistemas para suministro de oxígeno a granel que tenga una capacidad de almacenamiento mayor de 13 000 pies cúbicos de oxígeno (medidos a una presión absoluta de 17.7 lb./pulg. 2 (p.s.i.a.) y a 70°F.), que está suministrando O listo para comenzar a suministrar, O tenga una capacidad de almacenamiento mayor de 25 000 pies cúbicos de oxígeno (medido a una presión absoluta de 14.7 1b/pulg. 2 y a 70°F.), incluso las reservas 558 17 1910.252 (a) (2) (v) (c) (11) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES sin conectar que estén accesibles en el lugar, deberán cumplir con las disposiciones de la Standard for Bulk Oxygen Systems at Consumer Sites, NFPA Núm. 566-1965. 558 1910.252 (a) (3) (ii) (e) 18 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (3) (ii) (e) NORMAS E INTERPRETACIONES (f) Los distribuidores a presión alta de oxígeno se deberán equipar con dispositivos adecuados para regular la presión. (iii) Los distribuidores a presión baja de oxígeno (para usar con cilindros cuya presión de suministro aprobada por el"Department of Transportation" no exceda las 200 1b/pulg.² (a) La construcción de los distribuidores deberá ser resistente y adecuada para usar con oxígeno a una presión de 250 1b/pulg. 2 (p.s.i.g.). Estos deberán tener una presión miníma de estallido de 1 000 1b/pulg. 2 (p.s.i.g.), y se deberán porteger con dispositivo de seguridad que alivie la presión cuando alcance un máximo de 500 1b/pulg 2 Los cilindros DOT-4L200 tienen dispositivos de seguridad que alivian la presión cuando alcanza un máximo de 250 lb/pulg. 2 (o 235 lb/pulg. 2 si se usa aislación al vacío). (b) Mangas y conexiones de mangas sometidas a la presión del cilindro deberán cumplir con el sub-párrafo (5) (v) de este párrafo. La manga deberá tener una presión mínima de estallido de 1 000 2 lb/pulg. (c) El distribuidor ensamblado, incluso los tubos conductores se deberán probar y demostrar que a una presión de 300 1b/pulg. 2 son impremeables al gas. El fluído utilizado para probar los distribuidores de oxígeno deberá estar libre de aceite y ser incombustible. 559 1910.252 (a) (3) (v) (a) 19 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (3) (ii) (e) NORMAS E INTERPRETACIONES (d) La localización de los distribuidores deberá cumplir con las subdivisiones (ii) (b), (c), (d) y (e) de esta subdivisión. (e) El letrero a continuación se deberá colocar conspicuamente en cada distribuidor: Distribuidor a Presión Baja No Conecte Cilindros a Presión Alta Presión Máxima-lb/pulg. 2 P.S.I.G. (iv) Los colectores portátiles de alimentación. (a) No se deberá usar, en interiores, colectores portátiles de alimentación, excepto para alimentación temporera, cuando las condiciones imposibiliten una alimentación directa de los tubos de alimentación localizados en el sistema de alimentación por tubería. (b) Se deberá equipar con una válvula de cierre accesible, todo tubo de alimentación del sistema de tubería y que alimenta oxígeno O gas combustible a los colectores portátiles de alimentación. (c) La manga y las conexiones de las mangas, usadas para conectar el colector portátil de alimentación a la tubería de alimentación, deberán cumplir con el sub-párrafo (5) (v) de este párrafo. 559 20 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (3) (ii) (e) NORMAS E INTERPRETACIONES (d) El extremo de entrada del colector portátil de alimentación deberá contar con una válvula principal de cierre para oxígeno y gas combustible. (e) Se deberá equipar los colectores portátiles de alimentación con una válvula hidraúlica de contrapresión, cuyo diseño haya sido aprobado, e instalada en el orificio de entrada antes del tubo de alimentación para reducir la presión, O una válvula de retención de flujo en retroceso, ambas con un diseño aprobado. Los tubos de alimentación de los colectores para alimentación de oxígeno se pueden adaptar para ser usados con reguladores para reducir la presión O en conexiones directas con la manga. (f) Todo tubo de alimentación de los colectores portátiles de alimentación, se deberá equipar con un ensamblaje de válvulas que incluya una tapa para sellar desmontable en la boca de salida, encadenada O unida de otro modo al cuerpo de la válvula. (g) Los materiales y los procedimientos de fabricación de los colectores portátiles de alimentación deberán cumplir con los subpárrafos (4) (i), (ii) y (v) de este párrafo. 1 (h) Los colectores portátiles de alimentación se deberán equipar con estructuras que mantengan el equipo fijo en la posición correcta de operación y lo protejan de daño durante el manejo y la operación. (v) Procedimientos de operación de los distribuidores. 559 22 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252(a) (3) (ii) (e) NORMAS E INTERPRETACIONES (a) Se deberá instalar los distribuidores de los cilindros bajo la supervisión de alguna persona relacionada con las prácticas adecuadas referentes a su construcción y uso. 559 1910.252 (a) (3) (v) (a) 23 1910.252 (a) (3) (v) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Se deberá aprobar los materiales, diseño y construcción, ya sea por separado O como una unidad ensamblada, de todas las piezas de los métodos de distribución descritos en la subdivisión (i) de esta subdivisión. (c) Todo distribuidor y partes usadas en los métodos de distribución, se deberán usar sólo para el gas O gases para los cuales se han aprobado. (d) Cuando se acoplen los cilindros de acetileno, se deberán instalar para:llamas aprobados entre cada cilindro y el bloque. Si se usa sólo a la intemperie, y cuando el número de cilindros unidos no exceda de tres, es aceptable un paralllamas instalado entre el bloque de unión y el regulador. (e) Se deberá proveer una válvula de retención de flujo en retroceso en cada cable conductor de un cilindro de gas combustible. (f) La capacidad total de los cilindros de gas combustible conectados a un distribuidor portátil dentro de un edificio no deberá exceder los 3 000 pies cúbico de gas. (g) Se deberá colocar los cilindros de acetileno y gas combustible licuado en posición vertical cuando se le vayan a colocar los distribuidores. 560 1910.252 (a) (4) (i) (c) (1) 24 1910.252 (a) (3) (v) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (h) La presión en los cilindros de gas conectados a, y que descargan simultáneamente a través de un distribuidor común, deberá ser aproximadamente iguales. (4) Sistemas para alimentación por tubería. (i) Materiales y diseño. (a) (1) La tubería y las piezas de conexión deberán cumplir con la Sección 2, Industrial Gas and Air Piping Systems of the American National Standard Code for Pressure Piping, ANSI B31.1, 1967, en tanto no conflija con las subdivisiones (i) y (ii) de esta subdivisión. (i) La tubería deberá ser calibre 40, por lo menos, y los accesorios deberán tener, por lo menos, una medida estándar en tamañ de hasta 6 pulgadas nominales. (ii) La tubería de cobre deberá ser Tipo K O L de acuerdo con la Standard Specification for Seamless Copper Water Tube, ASTM B88-66a. (2) La tubería deberá ser de acero, hierro forjado, tubo de bronce O cobre, O tubería sin costura de cobre, bronce O acero inoxidable, excepto según lo dispuesto en la (b) y (c) de esta subdivisión. 560 25 1910.252 (a) (3) (v) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) (1) La tubería para conducción de oxígeno y sus accesorios sometidos a presiones mayores de 700 1b/pulg.2 (p.s.i.g.) deberán ser de acero inoxidable O aleaciones de cobre. (2) Las conexiones de mangas y las mangas que cumplan con el subpárrafo (5) (v) de este párrafo se pueden usar para conectar la boca de salida de un regulador de presión del distribuidor a una tubería, siempre que la presión de trabajo de la tubería sea de 250 1b/pulg. 2 O menos, y el largo de la manga no exceda de 5 pies. La manga deberá tener una presión mínima de estallido de 1 000 2 lb/pulg. (3) Cuando un distribuidor a presión baja de oxígeno suministra oxígeno a un sistema para alimentación por tubería sin la intervención de un dispositivo regulador de presión, el sistema de 2 tubería deberá tener una presión de diseño mínima de 250 1b/pulg. Se deberá usar un dispositivo regulador de presión en cada boca de salida de un depósito cuando el equipo conectado se va a usar 2 a una presión menor de 250 lb/pulg. (c) O compuestos de acetileno (1) La tubería para acetileno deberá ser de acero O hierro forjado. (2) No se deberá usar cobre que no sea de aleación, para acetileno, para acetileno O compuestos de acetileno, excepto en el equipo listado. 560 1910.252 (A) (4) (i) (c) (1) 26 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (4) (i) (c) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Juntas de tubería. (a) Se deberá soldar, enroscar O embridar las juntas en las tuberías de acero O hierro forjado. Los accesorios tales como, las eles (codos) tes, empalmes y uniones pueden ser de acero laminado, forjado O colado, hierro maleable O nodular. Están prohibidos los accesorios de hierro colado gris O blanco. (b) Se deberá soldar, realizar soldadura, dura, enroscar O embridar la juntas en las tuberías de bronce O cobre. Si son del tioo enchufe, se deberán soldar con aleaciones de plata O con metal de relleno con un punto de fusión alto similar (no menor de 800°F.). (c) Las juntas en entubado de cobre sin costura, bronce, o acero inoxidable deberán ser accesorios de entubado de gas, O las juntas se deberán soldar con soldadura dura. Si son de tino enchufe se deberán soldar con aleaciones de plata O con metal de relleno con un punto de fusión alto similar (no menor de 800°F.). (iii) Instalación. (a) Las tuberías de distribución se deberán instalar y mantener en condiciones de buen funcionamiento. (b) Toda tubería deberá ir lo más directo que sea posible, protegida contra daño físico, dejando el espacio necesario para la expansión y contracción, choque y vibración. La tubería ubicada bajo tierra se deberá colocar debajo del nivel de penetración de la helada y se deberá proteger contra la corrosión. Después de ensamblada, se deberá soplar cuidadosamente con aire, nitrógeno O dióxido de carbono para remover materias extrañas. Para tuberías de oxígeno 561 1910.252 (a) (4) (iii) (h) 27 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (4) (i) (c) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES sólo se deberá usar aire, nitrógeno O carbono sin residuos de petróleo. (c) En túneles, trincheras O conductos sólo se deberá instalar tubería que ha sido soldada O unida soldadura dura. Las válvulas de cierre se deberán localizar fuera de dichos conductos. La tubería de oxígeno se puede colocar en el mismo túnel, trinchera o conducto con las tuberías de gas combustible, siempre que haya buena ventilación natural O por presión. (d) Los lugares bajos de la tubería que transporten gas húmedo se deberán drenar en recogegotas construídos de manera que permitan el bombear O drenar lo que se haya condensado cada vez que sea necesario. Se deberá instalar válvulas de drenaje con este propósito y deberán tener las bocas de salida, por lo regular, cerradas con tapas roscadas O tapones roscados. No se deberá usar ni válvulas ni llaves de desague de extremo abierto, excepto cuando los recogegotas están localizados en el exterior, bajo tierra, y no están accesibles, entonces se puede usar válvulas en dichos lugares si éstas están equipadas con medios para fijarlas en posición cerrada. Los tubos que dan a la superficie del terreno se deberán encerrar O cubrir cuando sea necesario para evitar que se suelten O rompan. (e) Las llaves de paso o válvulas del gas se deberán ubicar en los edificios, en lugares que estén a la mano en caso de que sea necesario cerrar el suministro de gas a estos edificios durante cualquier emergencia. Se deberá evitar siempre que sea posible las cajas de válvula O pozos de registro bajo tierra. También se deberá equipar con una válvula de cierre la tubería de descarga del 561 28 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (4) (i) (c) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES generador, el depósito de gas, el distribuidor u otra fuente de suministro. (f) No se deberá instalar válvulas de cierre en tubería de seguridad de manera tal que se pueda volver ineficaz el dispositivo de seguridad. (g) Los accesorios y el largo de la tubería se deberán examinar internamente antes del ensablamiento y, si es necesario, limpiarle la costra O tierra. La tubería y los accesorios para conducción de oxígeno se deberán lavar con una solución adecuada, la cual removerá eficazmente la grasa y la tierra, pero no tendrá reacción al juntarse con el oxígeno. Las soluciones de sosa caústica en agua caliente o fosfato de trisodio son agentes limpiadores eficaces para este propósito. (h) Se deberá soplar a fondo la tubería después de ensamblarla para remover materias extrañas. Para tuberías para conducir oxígeno, se deberá usar aire, nitrógeno O dióxido de carbono sin residuos de petróleo. Para otra conducción por tubería se puede usar aire 0 gas inerte. 561 1910.252 (a) (4) (iii) (h) 29 1910.252 (a) (4) (iii) (h) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (i) Cuando tuberías de gas inflamable u otras partes del equipo se están purgando de aire O gas, no se deberán permitir cerca de aberturas destapadas, luces al descubierto u otras fuentes de ignición. (j) No se deberá soldar ni cortar en tuberías para conducir acetileno u oxígeno, incluso los aditamentos de ganchos O soportes hasta que se haya purgado la tubería. Sólo se deberá usar aire, nitrógeno, dióxido de carbono sin residuos de petróleo para purgar las tuberías para conducir oxígeno. (iv) Pintura y rótulos. (a) La tubería y el entubado subterráneo, y la tubería y el entubado de hierro a la intemperie se deberán cubrir O pintar con material adecuado para protección contra la corrosión. (b) Los sistemas de tubería sobre la superficie se deberán rotular de acuerdo con la American National Standard Scheme for the Identification of Piping Systems, ANSI A13.1-1956. (c) Las bocas de salida de los depósitos se deberán rotular para indicar el nombre del gas. (v) Prueba. (a) Los sistemas de tubería se deberán probar y demostrar que son impermeables a gas a una presión de 1 1/2 vez la presión máxima de operación y se deberá purgar cuidadosamente todo el aire, antes de ponerlos a funcionar. El material usado para probar las tuberías para conducir oxígeno deberá ser sin residuos de petróleo e incombustible. No se deberá usar llamas para detectar escapes. 562 1910.252 (a) (5) (iii) (b) (2) SEGURIDAD Y SALUE E: EL 12 BAJO NORMAS 8 INTERERSTACIONES (b) Cuando las tuberías de gas inflamable u otras partes del equipo se están purgando de aire O gas, no se deberán permitir fuentes de ignición cerca de aberturas sin tapas. (5) Equipo protector, mangas y reguladores. (i) Norma general. Se deberá instalar y usar el equipo sólo para rendir el servicio aprobado y recomendado por el fabricante. (ii) Dispositivos de seguridad. Los sistemas de alimentación por tubería se deberán proteger con dispositivos de seguridad programados para funcionar a una presión que no sea mayor que la presión de diseño de los sistomas y deberá descargar hacia arriba a un lugar seguro. (iii) Squipo protector de tubería. (a) Los sistenas de tubería para conducir gas combustible y exígeno, incluso colectores portátiles de alimentación deberán incorporar el equipo de protección señalado en las lustraciones C-1, C-2 y Q-3. gas gas combustible oxígeno gas combustible tubería combustible oxígeno oxígeno principal tubería tubería principal principal tubería tubería de tubería de ramal de ramal ramal SF S₀ So manga manga manga al soplete O máquina al soplete 0 al soplete 0 máquina máquiha Ilustración Q-1 Ilustración Q-2 Ilustración Q-3 1910. (a) (4) (iii) (h) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES Explicación: PF - equipo protector en tuberías para conducir gas combustible. VF - válvula de la boca de salida del depósito de gas combustible. V₀ - válvula de la boca de salida del depósito de oxígeno. SF - dispositivo (s) para evitar el flujo en retroceso en la boca de salida del depósito de oxígeno. 31 1910.252 (a) (4) (iii) (h) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES Cuando se va a usar sólo parte de un sistema para conducir gas combustible para la conducción de oxígeno, sólo esa parte necesita cumplir con el sub-párrafo (5) (iii) (a) de este párrafo. (b) Equipo protector aprobado (designado "PF" en las Ilustraciones Q-1, Q-2 y Q-3) se deberá instalar en tuberías para conducir gas combustible para evitar: (1) Contraflujo de oxígeno al sistema de suministro de gas combustible. (2) Paso de una llama en retroceso al sistema de suministro de gas comtible. 562 1910.252 (a) (5) (iii) (b) (2) 32 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (a) (5) (iii) (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Contrapresión excesiva del oxígeno en el sistema de suministro de gas combustible. Las tres funciones del equipo protector se pueden combinar en un solo dispositivo O se pueden obtener de dispositivos diferentes. (i) El equipo protector se deberá localizar en la tubería principal de suministro, al igual que en la Ilustración Q-1 o al principio de cada ramal, al igual que en la Ilustración Q-2 O en cada localización de la que se extrae gas combustible, al igual que en la Ilustración Q-3. Cuando los ramales son tubos de 2 O más pulgadas O de un largo considerable, se deberá localizar el equipo protector (designado como "PF") según se muestra en Q-2 y Q-3. (ii) La protección para el contraflujo se deberá proveer por un dispositivo aprobado que evite que el oxígeno fluya dentro del sistema de gas combustible O al combustible dentro del sistema de oxígeno (Véase "SF", Ilustración Q-1 y Q-2). (iii) Un dispositivo aprobado deberá proveer la protección para retroceso de llamas, que evitará que las llamas entren al sistema de gas combustible. (iv) Un dispositivo aprobado de seguridad que esté programado a una presión que no sea mayor que la presión calculada para el dispositivo protector para el contraflujo O para las llamas en retroceso, lo que sea menor, deberá proporcionar protección contra la contrapresión. El dispositivo de seguridad se deberá localizar en el lado 563 1910.252 (a) (5) (iv) (g) 3: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (5) (iii) (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES descendente de los dispositivos de seguridad de contraflujo y llamas de retroceso. El respiradero del dispositivo de seguridad deberá ser, por lo menos, del mismo tamaño que la toma de entrada del dispositivo de seguridad y se deberá instalar sin lugares bajos que puedan recoger humedad. Si los lugares bajos son inevitables los recogegotas con drenajes cerrados con tapones roscados O tapas roscadas se deberán instalar en los lugares bajos. El terminal del respiradero no deberá poner en peligro el personal o la propiedad por una descarga de gas, se deberá localizar lejos de fuentes de ignición y se deberá terminar en una campana O doblez. (c) Si el equipo protector de la tubería incorpora un líquido, se deberá mantener el nivel del líquido y se podrá usar un anticongelante adecuado para evitar la congelación. (d) Para usar gas combustible con equipo que no requiera oxígeno, éste se deberá extraer en dirección ascendente de los dispositivos protectores de tubería. (iv) Equipo protector de la boca de salida del depósito. (a) En cada boca de salida del depósito se deberá proveer una válvula de retención, un regulador de presión, un sello hidraúlico O una combinación de estos dispositivos en cada boca de salida del depósito, incluso aquellos en colectores protátiles, para evitar el contraflujo, según aparece en las Ilustraciones 0-1, Q-2 y Q-3 y designados como "SF" y "So". (b) Cuando el equipo protector aprobado de las tuberías (designado como PF) está localizado en la boca de salida del depósito como en la Ilustración Q-3, no se requiere válvula de retención, regulador de presión o sello hidraúlico adicionales. 563 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 34 1910.252 (a) (5) (iii) (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (c) Se deberá instalar en cada boca de salida del depósito una válvula de cierre (designada "VF" y "Vo") y se deberá localizar en el lado ascendente en el equipo de otra boca de salida del déposito. (d) Si la boca de salida del depósito está equipada con un regulador removible, la boca de salida deberá terminar en una conexión de unión que cumpla con la Regulator Connection Standards, 1958, Compressed Gas Association. (e) Si la boca de salida del depósito está conectada directamente a una manga, la boca de salida deberá terminar en una conexión de unión que cumpla con la Standard Hose Connection Specifications, 1957, Compressed Gas Association. (f) La boca de salida del depósito puede terminar en una tubería enroscada a la cual se van a hacer conexiones permanentes, tales como a una máquina. 563 1910.252 (a) (5) (iv) (f) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 35 1910.252 (a) (5) (iii) (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (g) Las bocas de salida del depósito se deberán equipar con una tapa removible para sellar la boca de la salida fija en su lugar. Esta tapa se deberá usar para sellar la boca de salida, excepto cuando está fijada a una manga, un regulador o una tubería. (h) Cuando la boca de salida del depósito esté equipada con dispositivos protectores aprobados para contraflujo y retroceso de llamas, se pueden alimentar hasta cuatro antorchas de una boca de salida del depósito a través de una tubería rígida, siempre que cada boca de salida de dicha tubería esté equipada con una válvula de cierre y siempre que la capacidad de gas combustible de cualquier antorcha no exceda de 15 pies cúbicos por hora. Esta subdivisión no aplica a máquinas. 4 563 1910.252 (a) (5) (iv) (g) 36 1910.252 (a) (5) (iv) (g) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (v) Mangas y conexiones de las mangas. (a) Las mangas para suministrar oxígeno combustible deberán cumplir con la Specification for Rubber Welding Hose, 1958, Compressed Gas Association and Rubber Manufacturers Association. (c) No se deberá cubrir con cinta más de 4 pulgadas por cada 12 pulgadas, cuando mangas para el suministro de oxígeno y acetileno, que tengan el mismo largo se junten con cintas por conveniencia y para prevenir que se enreden. (d) Las conexiones de las mangas deberán cumplir con la Standard Hose Connection Specifications, 1957, Compressed Gas Association. (e) Se deberán grabar las conexiones de las mangas O fijar firmemente de otro modo de manera tal que resista, sin escapes, dos veces la presión a la cual están sometidas reqularmente durante el suministro, pero en ningún caso a una presión menor de 300 1b/pulg. 2 (p.s.i.). Se deberá usar para la prueba aire O gas inerte sin residuos de petróleo. (f) Las mangas que tienen escapes, quemaduras, partes gastadas u otros defectos que las conviertan en no aptas para suministro se deberán reparar O reemplazar. 564 1910.252 (a) (6) (ii) (a) 37 1910. 252 (a) (5) (iv) (g) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (vi) Reguladores para reducir la presión. (a) Los reguladores para reducir la presión se deberán usar sólo para el gas y a las presiones para las cuales están hechos. Las conexiones del regulador de las bocas de entrada deberán cumplir con Regulator Connection Standards, 1958, Compressed Gas Association. (b) Cuando los reguladores o partes del regulador, incluso manómetros, necesiten reparación, el trabajo se deberá llevar a cabo por mecánicos expertos, adiestrados debidamente. (c) Los manómetros de los reguladores de oxígeno deberán tener un rótulo que diga: NO USE ACEITE. (d) Las tuercas y las conexiones de las uniones en los reguladores se deberán inspeccionar antes de usarlas para detectar fallas en la superficie de asiento que puedan causar escapes de gas cuando los reguladores están unidos a las válvulas del cilindro. 6) Generadores de acetileno. (i) Aprobación y rotulación. (a) Los generadores deberán ser de construcción aprobada y deberán tener un rótulo legible con el máximo de salida de acetileno en pies cúbicos por hora para la cual fueron diseñados; el peso y el tamaño necesario del carburo para una sola carga; el nombre y la dirección del fabricante y el nombre o número del tipo de generador. 564 38 1910. 252 (a) (5) (iv) (g) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) El carburo deberá ser del tamaño indicado en la placa del fabricante del generador. (ii) Los límites de promedios y presión. (a) El total de salida por hora de un generador no deberá exceder la cantidad de descarga para la cual se aprobó y rotuló. A menos que se apruebe especîficamente para promedios mayores, se deberán programar los generadores alimentados por carburo, a 1 pie cúbico por hora/libra de carburo requerida para una carga completa. 564 1910.252 (a) (6) (ii) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 39 1910.252 (a) (6) (ii) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Las válvulas de seguridad se deberán poner a funcionar a menudo, para estar seguros de que funcionan debidamente. Las válvulas de seguridad para cámaras generadoras, se deberán programar para que abran a una presión que sobrepase 15 lb/pulg. 2 (p.s.i.g.). Las válvulas de seguridad para válvulas hidraúlicas para contrapresión se deberán programar para abrir a una presión que no exceda de 20 1b/pulg. 2 (p.s.i.g.). (c) Los generadores que no sean automáticos no se deberán usar para generar acetileno a presiones que excedan de 1 lb/pulg. 2 y todos los derrames de agua deberán ser visibles. (iii) Localización. El espacio alrededor del generador deberá ser amplio para una operación y mantenimiento cómodos y sin obstrucciones, y deberá permitir que se ajuste y cargue de inmediato. (iv) Generadores fijos de acetileno (automáticos y no-automáticos) (a) (1) Se deberá disponer la base de forma que el generador se nivele y que ni el generador ni sus conexiones se sometan a una tensión excesiva. Se deberán conectar a tierra los generadores de acetileno. (2) Los generadores se deberán colocar donde el aqua no se congele. No está permitido el uso de la sal común (cloruro de sodio) u otros químicos corrosivos como protección contra el congelamiento. (Para sistema de calefacción, véase subdivisión (6) (vi) (c) de este sub-párrafo). 565 1910.252 (a) (6) (iv) (b) (3) 40 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (6) (ii) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Salvo cuando los generadores están preparados de acuerdo con esta subdivisión (vii) (a) (4) de este sub-párrafo, se deberán prohibir fuentes de ignición en plantas generadoras en el exterior, O en el interior, O cuartos interiores de generadores. (4) No se deberá suministrar agua a través de una conexión continua hasta el generador, excepto cuando el generador está provisto con abertura adecuada o un cierre automático para caso de desbordamiento de agua, que evite eficazmente el desbordamiento del generador. Cuando se usa una conexión que no sea continua, la tubería de suministro se deberá terminar en un punto que no esté a menos de 2 pulgadas sobre la abertura que se proporciona, por lo regular, para llenado, de manera que se pueda observar el agua según entra al generador. (5) A menos que se haya aprobado específicamente de otro modo, no se deberán adaptar los generadores a conexiones para drenaje continuo que desemboquen en alcantarillas, sino que deberán descargar a través de una conexión abierta a un receptáculo en el exterior, ventilado adecuadamente, O a un pozo de residuos que pueda tener dichas conexiones. Una conexión abierta para decantar los sedimentos es deseable para permitir al operador del generador observar filtraciones de agua que provengan de la válvula de drenaje O llave de paso para sedimentos. . (b) (1) Todo generador se deberá proveer con una tubería para ventilación. (2) La tubería de descarga O de desahogo se deberá instalar rígidamente sin sifones y de manera que cualquier condensación regrese al generador. 565 41 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (6) (ii) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) La tubería de descarga O de desahogo no se deberá alterar en tamaño hasta un lugar adecuado fuera del edificio. Deberá terminar en una campana O doblez localizada a, por lo menos, 12 pies sobre la superficie, preferiblemente sobre el techo, y lo más lejos posible de las ventanas u otras aberturas en los edificios, y lo más lejos posible de fuentes de ignición tales como conductos de humo O chimeneas y vías usadas por las locomotoras. Las tuberías para desahogar las cámaras no se deberán interconectar, sino que se deberán sacar por separado a la atmósfera exterior. La campana O doblez se deberá construir de forma que no se obstruya por lluvia, nieve, hielo, insectos O pájaros. La boca de salida deberá estar, por lo menos, a 3 pies de construcciones combustibles. 565 1910.252 (a) (6) (iv) (b) (3) 42 (a) (6) (iv) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (c) (1) Los depósitos de gas se deberán construir de acuerdo con el principio de gasómetro, con la campana del gas debidamente guiada. La campana de gas deberá moverse libremente, sin tender a doblarse, y deberá haber un espacio libre de, por lo menos, 2 pulgadas entre ésta y el casco. (2) El depósito de gas podrá estar ubicado en el cuarto de generador, en un cuarto independiente O a la intemperie. Para evitar que la campana del gas se caiga O que se infiltre aire debido a un vacío causado por el compresor O la bomba reforzadora de presión O enfriamiento del gas, se deberá proveer un compresor O un cierre para la bomba reforzadora de presión en un punto a 12 0 más pulgadas sobre el punto de descanso de la campana. Cuando el depósito de gas esté bajo techo, el cuarto se deberá ventilar de acuerdo con la subdivisión (vi) (b) de este sub-párrafo, y se deberá calentar y alumbrar de acuerdo con las subdivisiones (vi) (c) y (d) de este sub-párrafo. (3) Cuando el depósito de gas no esté dentro de un edificio con calefacción, los sellos del depósito se deberán proteger contra congelamiento. (4) Se deberá proveer medios para el mecanismo de alimentación del generador antes de que el depósito de gas alcance el límite superior de su recorrido. (5) Cuando el depósito de gas esté conectado a un solo generador, la capacidad del depósito no deberá ser menor que un tercio del rendimiento por hora del generador. 566 1910.252 (a) (6) (iv) (d) (5) 252 (a) (b) (1V) (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) De usarse el acetileno del depósito de gas, sin que haya aumento de presión en otros puntos, pero con un aumento de presión en otros puntos causado por compresor O una bomba reforzadora de presión, en cada tubería de abastecimiento se deberá instalar aparatos protectores de tubería que estén aprobados. El dispositivo protector de presión baja se deberá colocar entre el depósito de gas y la tubería del taller, y el aparato protector de presión mediana se deberá colocar entregel compresor O la bomba reforzadora de presión y la tubería del taller (véase la Ilustración Q-4). El equipo de protección aprobado (designado "PF"), se usa para evitar: contraflujo de oxígeno hacia el sistema de abastecimiento de gas combustible; contrapresión excesiva de oxígeno en el sistema de abastecimiento de gas combustible. Las tres funciones del equipo de protección se pueden combinar en un dispositivo, O se pueden proporcionar mediante dispositivos independientes. Aparato protector de tuberia a presión baja. Tuberia del taller Depósito de acetileno Pr Compresor de acetileno o bomba reforzadora de presión. Aparato protector de tubería de presión mediana. 566 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (d) (1) El compresor o el sistema para reforzar la presión deberán ser del tipo aprobado. (2) El alambrado y el equipo eléctrico en los cuartos O las cajas protectoras del compresor O la bomba reforzadora de presión, deberán estar de acuerdo con las disposiciones de la sección 1910.324 para las ubicaciones Clase I, División 2. (3) El equipo de los compresores y las bombas reforzadoras de presión se deberán colocar en áreas bien ventiladas, lejos de flamas al descubierto, chispas eléctricas o mecánicas u otras fuentes de ignición. (4) El compresor O las bombas reforzadoras de presión se deberán proveer con válvulas de seguridad, que liberarán una presión mayor de 2 15 lbs./pulg. (p.s.i.g.), hacia un lugar seguro en el exterior, según dispuesto en la subdivisión (b) de esta subdivisión, O al devolver el gas hacia el tubo de entrada O la fuente de abastecimiento de gas. (5) Los tubos de descarga del compresor O la bomba reforzadora de presión, se deberán proveer con equipo de protección aprobado. (Véase el sub-párrafo (5) de este parrafo) 1910.252 (a) (6) (iv) (d) (5) 566 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (a) (6) (iv) (d) (5) NORMAS E INTERPRETACIONES (v) Generadores portátiles de acetileno. (a) (1) Todos los generadores portátiles deberán ser del tipo aprobado para uso portátil. (2) Los generadores portátiles no se deberán usar a 10 pies de materiales combustibles, a excepción del piso. (3) Los generadores portátiles no se deberán usar en cuartos cuyo volumen total sea menor que 35 veces la capacidad total de gas generado por la carga de todos los generadores en el cuarto. Los generadores no se deberán usar en cuartos cuya altura, hasta el techo, sea menor de 10 pies. (Para obtener la capacidad de gas generado en pies cúbicos por carga, multiplique las libras de carburo por carga por 4.5). (4) Los generadores portátiles se deberán proteger contra congelacorrosivo miento. Se prohibe el uso de sal u otro químico para evitar congelamiento. (b) (1) Los generadores portátiles se deberán limpiar y re-cargar, y se deberá soplar la mezcla de aire hacia afuera de los edificios. (2) Cuando los generadores portátiles estén cargados con carburo, no se deberán mover por medio de grúas O cabrias. 567 1910.252 (a) (6) (vi) (a) (5) 46 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (a) (6) (iv) (d) (5) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Cuando los generadores portátiles no estén en uso, no se deberán almacenar en cuartos donde se use flamas al descubierto, a no ser que los generadores no contengan carburo, y se haya purgado rigurosamente el acetileno contenido en los mismos. Los cuartos de almacenamiento deberán tener buena ventilación. (4) Cuando los generadores portátiles de acetileno se tengan que transportar u operar en vehículos, los mismos se deberán empotrar de modo seguro en los vehículos. Si dichos generadores se transportan en camiones, el motor de éstos últimos se deberá apagar de durante los períodos /carga, limpieza y generación. (5) Los generadores portátiles se deberán colocar a una distancia segura de la posición de soldadura, de modo que no expongan a chispas, escoria O a que la flama de la antorcha se apunte en dirección equivocada, o, a sobrecalentamiento por materiales O procesos en caliente. (vi) Plantas generadoras en el exterior y cuartos interiores de generadores fijos de acetileno. (a) (1) Ninguna abertura, en una planta generadora en el exterior, deberá estar a 5 pies de cualquier abertura en otro edificio. (2) Las paredes, los pisos y los techos de las plantas generadoras en el exterior, deberán ser de construcción incombustible. 567 47 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (6) (iv) (d) (5) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Cuando una parte de la planta generadora se vaya a usar para el almacenamiento O la tubería de distribución de los cilindros de oxígeno, dicha parte se deberá separar del generador, O de la sección de almacenamiento de carburo, por medio de paredes divisoras continuas desde el piso hasta el cielo raso O el techo, las cuales serán del tipo de construcción establecido en la subdivisión (8) de esta subdivisión. Dichas paredes no deberán tener aberturas, y deberán estar unidas al piso, a otras paredes y el cielo raso O el techo, de manera que haya una unión permanente e impermeable a gas. (4) Las puertas de salida deberán estar ubicadas de modo que estén accesibles en caso de emergencia. (5) En las paredes exteriores y techo, se deberá proveer escape de explosiones para las plantas generadoras en el exterior y cuartos interiores de generadores. Las áreas de ventilación deberán equivaler a no menos de 1 pie cuadrado por 50 pies cúbicos del volumen del cuarto, y podrán consistir en alguno de los siguientes O alguna combinación de éstos: Paredes de material liviano incombustible, preferiblemente de vidrio sencillo de resistencia simple; cubiertas articuladas fijadas levemente; puertas oscilantes que abran hacia afuera fijadas levemente a paredes exteriores, paredes O techos fijados levemente, diseñados para ceder a una presión máxima de 25 libras por pie cuadrado. 48 1910.252 (a) (6) (vi) (a) (5) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) La instalación de generadores de acetileno dentro de edificios, se deberá restringir a edificios que no excedan de una planta; siempre que esto no se interprete como una prohibición de tales instalaciones en el techo O el último piso de un edificio con más de una planta. (7) Los generadores instalados dentro de edificios se deberán encerrar en un cuarto independiente. (8) Los pisos, paredes, divisiones y techos de los cuartos para generadores bajo techo, deberán ser de construcción incombustible y con una resistencia al fuego de 1 hora por lo menos. Las paredes y divisiones deberán ser continuas desde el piso hasta el techo, y se deberán anclar de modo seguro. Por lo menos una pared del cuarto deberá ser exterior. (9) Las aberturas que estén en un cuarto para generadores bajo techo y den hacia otras partes del edificio, se deberán proteger con puertas resistentes al fuego, oscilantes y de cierre automático, de las usadas para aberturas Clase B y con resistencia al fuego de 1 hora por lo menos. Las ventanas en las divisiones deberán ser de vidrio armado y armazones aprobados de metal y marco fijo. La instalación deberá estar de acuerdo con las disposiciones de Standard for the Installation of Fire Doors and Windows, NFPA 80-1970. 568 1910.252 (a) (6) (vii) (a) (1) 49 1910.252 (a) (6) (vi) (a) (5) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Los cuartos para generadores bajo techo y las plantas generadoras a la intemperie, deberán estar debidamente ventilados con respiraderos ubicados en los niveles del piso y el techo. (c) La calefacción deberá ser por vapor, agua caliente, elementos encerrados calentados eléctricamente y otros medios indirectos. En las plantas generadoras a la intemperie, O en los cuartos para generadores bajo techo, O en cualesquier espacios cerrados que se comuniquen con éstos, se deberá prohibir la calefacción mediante flamas O fuegos. (d) (1) Las plantas O cuartos de generadores deberán tener luz natural durante las horas del día. Cuando sea necesario usar luz artificial, ésta se deberá restringir a lámparas eléctricas instaladas en una posición fija. A menos que se aprueben específicamente para usarse en atmósferas que contengan acetileno, dichas lámparas se deberán equipar con resguardos de cristal O de otro material incombustible diseñado y construído de manera que impida que los vapores del gas alcancen la lámpara o receptáculo y para resistir rotura. Se deberá usar tuberías rígidas con conexiones de rosca. (2) Se consideran aceptables las lámparas instaladas en el exterior de paneles de vidrio armado, insertadas en armazones a prueba de gas en las paredes O techo exteriores de las plantas O cuarto de generadores. 568 5( 1910.252 (a) (6) (vi) (a) (5) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Los interruptores eléctricos, teléfonos y todo otro aparato eléctrico que pueda despedir chispas, a no ser que se apruebe específicamente para usarse dentro de los cuartos del generador, se deberán ubicar en el exterior de la planta del generador O en un cuarto O espacio separado del cuarto del generador por una pared divisoria a prueba de gas; a excepción del sistema de generador diseñado de modo que la abertura para suministro de carburo u otra parte del generador no se comunique con la planta o cuarto del generador. De esta forma el residuo se conduce, a través de tubería cerradas, desde la válvula para descarga de residuos hasta un punto en el exterior de la planta O cuarto del generador, que deberá cumplir con las disposiciones de la Sub-parte S de esta parte para ubicaciones de clase I, División 2. (vi) Mantenimiento y operación. (a) No se deberá permitir la entrada de personas no-autorizadas en las plantas a la intemperie o en los cuartos de generador bajo techo. (1) Se deberá colocar letreros con las instrucciones u operación, en un lugar conspicuo cerca del generador O se deberán mantener los mismos en un lugar adecuado y disponibles para que sirvan de referencia en caso necesario. 568 1910.252 (a) (6) (vii) (a) (1) 51 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) 6) (vii) (a) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES (2) Cuando se recarguen los generadores se deberá observar el orden de operaciones especificado en las instrucciones del fabricante. (3) En el caso de generadores intermitentes, cuando se extraiga la carga del carburo y antes de añadir carburo adicional, la cámara generadora se deberá limpiar con una descarga de agua que renueve el abastecimiento de agua de acuerdo con la tarjeta de instrucciones del fabricante. (4) La mezcla de agua y carburo que drene del generador no se deberá descargar a los alcantarillados O almacenar en áreas cerca de llamas al descubierto. El agua clara proveniente del residuo de los fosos de sedimentación se puede descargar a las tuberías de los alcantarillados. (b) La cantidad de carburo añadido cada vez que se recargue el generador deberá ser la suficiente como para rellenar el espacio provisto por el carburo sin ejercer presión a la carga. Las herramientas de acero o hierro no se deberán usar para distribuir la carga. (c) Las cámaras de agua del generador se deberán mantener llenas hasta el nivel apropiado en todo momento, salvo al drenar durante la operación de recarga. (d) Siempre que se realicen reparaciones, se cargue el generador, o se remueva el carburo, la cámara de agua se deberá llenar hasta el nivel apropiado. 569 1910.252 (a) (7) (ii) (b) 52 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (6) (vii) (a) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Antes de realizar reparaciones que impliquen soldadura, soldaduras con cautín, u otro tipo de trabajo en caliente u otras operaciones que produzcan una fuente de ignición; se deberá remover completamente la carga y el mecanismo de alimentación. Se deberá utilizar agua para expulsar todo el acetileno mediante inundación completa del casco del generador, y el generador se deberá desconectar del sistema de tubería. Si es posible el generador se deberá mantener lleno de agua, o se deberá colocar de manera que sostenga la mayor cantidad de agua posible. (f) Las reparaciones en caliente no se deberán hacer en un cuarto donde haya otros generadores, a no ser que se haya purgado el acetileno de todos los generadores y tuberías. Las reparaciones en caliente se deberán realizar preferiblemente a la intemperie. (7) Almacenamiento de carburo de calcio. (i) Envases. (a) El carburo de calcio se deberá colocar en envases de metal de suficiente resistencia para impedir rotura. Los envases deberán estar provistos de una cubierta de rosca O un equivalente. Estos envases deberán ser a prueva de agua y aire. La soldadura con cautín no se deberá realizar de manera que el envase ceda si se expone al fuego. (b) Los envases que contienen carburo de calcio se deberán rotular conspicuamente de la siguente manera: "Carburo de calcio-Peligroso si no se mantiene seco", O una advertencia similar. 5 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (6) (vii) (a) (2) NORMAS E INTERPRETACIONES (c) Precaución. Las herramientas de metal, aún las de tipo resistente a chispas, pueden causar ignición de una mezcla de acetileno y aire cuando se destapen los recipientes de carburo. (d) No se deberán instalar sistemas de rociadores en los cuartos donde se almacene el carburo. (ii) Almacenamiento en interiores. (a) El carburo de calcio en cantidades que no excedan 600 libras, se puede almacenar en el interior de lugares secos que sean a prueba de agua y que estén ventilados eficazmente. (1) El carburo de calcio que no exceda de 600 libras se puede almacenar en el mismo cuarto junto con cilindros de gas combustible. (2) Los envases de carburo de calcio se deberán mantener sellados a excepción de uno de cada tamaño. Siempre que haya más de 1 libra de carburo en alguno de los envases, no se deberá abrir ningún otro. (b) El carburo de calcio que exceda de 600 libras, pero que no exceda de 5 000 libras, se deberá almacenar: 569 1910.252 (a) (7) (ii) (b) 54 (a) (7) (ii) (b) (1) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (1) Conforme a la subdivisión (c) de esta subdivisión. (2) En un cuarto de generador bajo techo O en una planta generadora a la intemperie. (3) En un cuarto separado de un edificio de un piso el cual se pueda fines utilizar para otrospero que no tenga bodega ni sótano debajo de la sección donde se almacena el carburo. Dichos cuartos se deberán construir de acuerdo con las subdivisión (vi) (a) (8) y (9) de esta subdivisión y ventilar de acuerdo con la subdivisión (vi) (b) de esta subdivisión. Estos cuartos no se deberán usar para propósitos que no sean los indicados. (c) El carburo de calcio que exceda de 5,000 libras se deberá almacenar en edificios de un piso sin bódegas ni sótanos y estos edificios no se deberán emplear para otros fines O se deberá almacenar en plantas de generadores a la intemperie. Si el edificio de almacenamiento es de cons trucción incombustible, puede estar adyacente a otros edificios de un piso, siempre que los separen paredes a prueba de fuego que no tengan agujeros; si los separa una distancia menor de 10 pies de dicho edificio O edificios, los lados, que queden frente a frente, de dichos edificios no deberán tener aberturas. Si el edificio de almacenamiento es de construcción combustible, el mismo se deberá ubicar, al menos, a 20 pies de cualquier otro edificio de uno O dos pisos, y al menos a 30 pies de cualquier otro edificio que exceda de dos pisos. (iii) Almacenamiento a la intemperie. (a) El carburo de calcio que se encuentre en recipientes de metal sin abrir se puede almacenar a la intemperie. 570 1910.252 (a) (8) (ii) (d) 55 1910.252 (a) (7) (ii) (b) (1) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Los recipientes de carburo que se han de almacenar a la intemperie se deberán examinar para asegurarse de que se encuentran en buenas condicones. Se deberá realizar inspecciones periódicas para detectar moho u otro tipo de daño en el recipiente, que pueda afectar la calidad de impermeabilidad al agua O al aire. (c) El piso inferior de cada fila se deberá colocar en entablonados de madera O su equivalente, de manera que los recipientes no entren en contacto con la tierra o el agua en la tierra. (e) Se deberá usar primero los recipientes de carburo que llevan más tiempo almacenados. (8) Exhibiciones y demostraciones públicas. (i) Requisitos de instalación. La instalación y la operación de soldadura, corte y equipo relacionado con las mismas, se deberán realizar por o bajo la supervisión de un operador competente para asegurarse de que se brinde protección personal a los observadores O demostradores, al igual que protección contra incendio de materiales en y alrededor del lugar donde se realiza la demostración y en el edificio. (ii) Procedimientos. (a) Los cilindros que contengan gases comprimidos para usarse en el lugar no se deberán cargar más de la mitad del contenido máximo permisible. (Los cilindros de gases y acetileno no licuados se deberán cargar a no más de la mitad de la presión de carga máxima permisible en 1b/pulg.² (p.s.i.g.). 570 56 1910.252 (a) (7) (ii) (b) (1) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES Los cilindros de gases licuados se deberán cargar a no más de la mitad de la capacidad máxima permisible en libras). (b) Los cilindros ubicados en el lugar se deberán conectar para usarse, sin embargo se deberán almacenar suficientes cilindros adicionales para suministrar aproximadamente el consumo diario de cada clase de gas que se use. Se deberá almacenar otros cilindros en un área de almacén aprobada, ubicada preferiblemente a la intemperie, pero está área de almacenamiento no se deberá ubicar cerca de la salida del edificio. (c) Los cilindros que excedan de 40 libras de peso total, que se transporten hacia o del lugar se deberán llevar en una carretilla de mano O motorizada. (d) El lugar se deberá contruir, equipar y operar de manera que la demostración se lleve a cabo, de modo que se reduzca la posibilidad de daño a los observadores. 570 1910.252 (a) (8) (ii) (d) 57 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (8) (ii) (d) NORMAS E INTERPRETACIONES (i) Selección de equipo. El equipo de soldar se deberá seleccionar para aplicarse con seguridad al trabajo que se ha de realizar, conforme a lo especificado en el sub-párrafo (2) de este párrafo. (ii) Instalación. El equipo de soldar se deberá instalar de forma segura según se especifica en el sub-párrafo (3) de este párrafo. (iii) Instrucciones. Los trabajadores designados para operar el equipo de soldadura por arco se deberán adiestrar y calificar apropiadamente para operar dicho equipo según se especifica en el sub-párrafo (4) de este párrafo. (2) Aplicación del equipo de soldadura por arco. (i) Norma general. Se garantizará un diseño seguro, si se selecciona aparatos fabricados conforme a los Requirements for Electric Arc Welding Apparatus, NEMA EW-1-1962, National Electrical Manufacturers Association o a la Safety Standard for Transformer Type Arc-Welding Machines ANSI C33-2-1956, Underwriters Laboratories. (ii) Condiciones ambientales. (a) Las máquinas estándares para el servicio de soldadura por arco se deberán diseñar y construir para llevar sus cargas calculadas con incrementos de temperatura calculados donde la temperatura del aire que enfría no exceda de 40°C. (104°F.) y donde la altura no exceda de 3 300 pies, y deberá ser la adecuada para operar en atmósferas que contengan gases, polvos y rayos de luz producidos por la soldadura por arco. 571 57 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (8) (ii) (d) NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Los lugares que impliquen el uso de gases comprimidos se deberán ubicar de forma que no interfieran con la salida de personas en una emergencia. (f) Para usar dicha área se deberá notificar por adelantado al departamento de bomberos. (g) (1) Todo lugar deberá estar provisto con un extinguidor portátil de incendios de tamaño y tipo adecuados y con un cubo de agua. (2) El público y los materiales combustibles en el área se deberán proteger contra llamas, chispas y metal fundido. (h) Las mangas se deberán colocar y proteger de manera que no se dañen. (i) (1) Las válvulas de los cilindros se deberán cerrar cuando se deje desatendido el equipo. (2) Cuando las válvulas estén protegidas mediante tapas, dichas tapas deberán estar en su lugar, salvo cuando los cilindros estén brin dando servicio O conectados para brindar servicio. (3) Los cilindros se deberán ubicar O asegurar de manera que no se puedan derribar. (b) Aplicación, instalación y operación del equipo de soldadura por arco y de corte. (1) Norma general. 571 1910.252 (b) (2) (ii) (b) (7) 58 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (a) (8) (ii) (d) NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Pueden existir condiciones de servicio poco usuales, y en tales circunstancias las máquinas se deberán diseñar específicamente para cumplir, de modo seguro con los requisitos de servicio. Las condiciones principales dentro de éstas son: (1) Exposición a emanaciones corrosivas poco comunes. (2) Exposición al vapor O a humedad excesiva. (3) Exposición excesiva al vapor de petróleo. (4) Exposición a gases inflamables. (5) Exposición a vibraciones O choques fuera de lo normal. (6) Exposición a polvo excesivo. (7) Exposición a la intemperie. 571 1910.252 (b) (2) (ii) (b) (7) 1910.252 (b) (2) (ii) (b) (8) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 59 NORMAS E INTERPRETACIONES (8) Exposición a condiciones fuera de lo común en el mar O en barcos. (iii) Voltaje. Los voltajes de circuito abierto (sin carga) de las máquinas de soldadura por arco y de corte deberán ser los más bajos posible compatibles con la soldadura O corte que se realiza satisfactoriamente. No se deberán exceder los límites que se indican a continuación: (a) Máquinas de corriente alterna. (1) Soldadura y corte por arco manuales: 80 voltios. (2) Soldadura y corte por arco automáticos (por máquinas o mecanizados) : 100 voltios. (b) Máquinas de corriente continua. (1) Soldadura y corte por arco manuales: 100 voltios. (2) Soldadura y corte por arco automático (por máquinas o mecanizados) :100 voltios. (c) Cuando los procedimientos especiales de soldadura O corte requiera abierto límites de voltaje de circuito / mayores que los especificados anteriormente, se deberá proveer medios de aislación adecuados para impedir que el operador tenga contacto accidental con el alto voltaje. (d) Para soldadura con corriente alterna bajo condiciones húmedas O alrededores calientes donde la transpiración constituya un factor, se recomienda el uso de controles automáticos confiables para reducir hasta el voltaje sin carga de modo que se reduzca el riesgo de sacudida eléctricas. 572 1910. 252 (b) (2) (iv) (f) 60 1910.252 (b) (2) (ii) (b) (8) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iv) Diseño. de soldar (a) Un control integrado a una máquina / de motor eléctrico deberá tener la capacidad de conducir la corriente calculada del motor y generar rotor del de/interrumpir la pérdida de velocidad de la corriente del/motor, podrá usarse como dispositivo de sobrecorriente si se encuentra provisto con el número de unidades de sobrecorriente especificadas en la Sub-parte S de esta parte. Los mecanismos de arranque con desconectador de bajo voltaje magnético se deberán usar con una O más máquinas instaladas a un circuito para impedir sobrecorriente en el voltaje causado por un arranque simultáneo de varios motores al volve el voltaje a su normalidad. (b) En todo tipo de máquina de soldadura por arco, se deberá encerrar los aparatos de control excepto para los volantes, palancas O manijas de operación. (c) Los terminales de energía de entrada, los dispositivos de cambio de toma ' Y las piezas de metal vivas, conectadas a circuitos de entrada se deberán encerrar completamente y estar accesibles sólo por medio de herramientas. (d) Los terminales para los cables eléctricos para soldar deberán estar protegidos contra contacto eléctrico accidental por parte del personal u objetos de metal, como por ejemplo, vehículos, ganchos de grúa, etc. Se puede obtener protección mediante el uso de: receptáculos de frente muerto para conexiones de enchufes; aberturas ahuecadas con cubiertas engoznadas no-removibles; manguitos O cintas de aislación extrafuerte u otros resguardos eléctricos O mecánicos equivalentes. Si un terminal de un cable eléctrico que se ha 572 61 1910.252 (b) (2) (ii) (b) (8) NORMAS E INTERPRETACIONES SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO diseñado para usarse exclusivamente para conectar al trabajo, se conecta a la caja protectora conectada a tierra, esta conexión se deberá realizar por medio de un conductor cuyo tamaño AWG sea por lo menos, dos veces menor que el del conductor que conecta a tierra y tierra. el terminal se deberá rotular para indicar que está conectado a (e) Ninguna conexión para dispositivos portátiles de control, tales como botones de presión que el operador tiene que llevar, se deberán conectar a un circuito de corriente alterna mayor de 120 voltios. Las piezas de metal expuestas de dispositivos portátiles de control que operan en circuitos sobre 50 voltios se deberán conectar a tierra por medio de un conductor a tierra en el cable de control. (f) Los transformadores de autos O los reactores de corriente alterna no se deberán usar para tomar corriente para soldar directamente de una fuente de energía de corriente alterna que tenga un voltaje que exceda los 80 voltios. 572 1910.252 (b) (2) (iv) (f) 02 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Instalación de equipo de soldadura por arco. (i) Norma general. La instalación, inclusive el suministro de energía, deberá hacerse de acuerdo con los requisitos de la Sub-parte sde esta parte. (ii) Conexión a tierra. (a) La armazón O caja de la máquina de soldar (excepto máquinas accionadas por motor) se deberá conectar a tierra bajo las condiciones y de acuerdo con los métodos prescritos en la Sub-parte S de esta parte. (b) Las tuberías que contengan conductores eléctricos no se deberán usar para completar un circuito conductor eléctrico. Las tuberías no se deberán usar como parte permanente de un circuito conductor eléctrico, pero se pueden usar durante la construcción, extensión O reparación siempre que la corriente no se conduzca a través de juntas de rosca, juntas con pernos de brida O juntas calafateadas y siempre que se tomen precauciones especiales para evitar chispas en la conexión del cable conductor eléctrico. (c) Las cadenas, cables, grúas, torno de izar no se deberán usar para conducir la corriente para soldar. (d) Donde se use regularmente una estructura, transportador O aparatos como circuito de vuelta de la corriente de soldadura, las juntas se deberán estar provistas con dispositivos adecuados, colectores de corriente y se deberá realizar una inspección periódica apropiada para asegurarse de que no existan condiciones de electrólisis, sacudida eléctrica, O riesgo de incendio en virtud de dicho uso. 573 1910.252 (b) (4) (i) 63 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Todas las conexiones a tierra se deberán inspeccionar para determinar que tienen resistencia mecánica y son adecuadas eléctricamente para la corriente requerida. (iii) Conexiones y conductores de suministro. (a) Se deberá proveer un interruptor O control, en, O cerca de toda máquina de soldar que no está equipada con un interruptor O control integrado a la máquina. El interruptor deberá estar de acuerdo con la Sub-parte S de esta parte. Se deberá proveer protección contra sobrecorriente según se específica en la Sub-parte S de esta parte. En cada enchufe donde se conecta una máquina portátil de soldar se deberá brindar un interruptor para protección en caso de sobrecarga O un medio equivalente de desconexión y protección, permitido por la Sub-parte S de esta parte. (b) Para las máquinas individuales la capacidad calculada de conducción de corriente de los conductores de suministro, deberá ser no menos que la corriente primaria calculada de las máquinas de soldar. (c) En grupos de máquinas de soldar, la capacidad calculada de conducción de corriente de los conductores puede ser menor que la suma de las corrienres primarias calculadas de las máquinas de soldar provistas. El cálculo de conducción se deberá determinar en cada caso conforme a la carga de la máquina sobre la base del uso que se ha de impartir a cada máquina de soldar y el margen de seguridad permisible en caso de que todas las máquinas de soldar abastecidas por los conductores no se usen al mismo tiempo. 64 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252(b) (3) NORMAS E INTERPRETACIONES (d) En operaciones que impliquen varios soldadores en una estructura, los requisitos de los procedimientos de soldadura con corriente continua pueden requerir el uso de ambas polaridades; O las limitaciones del circuito de suministro para soldadura con corriente alterna puede requerir la distribución de máquinas entre las fases del circuito de suministro En estos casos ningún voltaje de carga entre los portaelectrodos será 2 veces la normal en corriente continua ó 1,1.41, 1.73 ó 2 veces la normal en máquinas de corriente alterna. Existirán diferencias similares de voltaje, si la soldadura tanto de corriente alterna como continua se realiza en la misma estructura. (1) Toda máquina de circuito continuo se deberá conectar a la misma polaridad. (2) Toda máquina de corriente alterna se deberá conectar a la misma fase del circuito de suministro y a la misma polaridad instantánea. (4) Operación y mantenimiento. (i) Norma general. Los trabajadores asignados para operar O dar mantenimiento al equipo de soldadura por arco, deberán conocer los requisitos quisitos de los sub-párrafos (b), (d), (e) y (f) de esta sección. Si realizan soldadura por arco protegido con gas inerte, se deberá cumplir además con el Recommended Safe Practices for Gas-Shielded Arc Welding, A6.1-1966, American Welding Society. 573 1910.252 (b) (4) (i) 65 1910.252 (b) (4) (i) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Enganche de máquinas. Antes de comenzar las operaciones, todas las conexiones a la máquina se deberán revisar para asegurarse de que están construídas de forma adecuada. El conductor eléctrico se deberá fijar firmemente al trabajo: las grapas para trabajos magnéticos no deberán tener partículas de metal que salpiquen y se adhieran por contacto a la superficie. Se deberá esparcir el cable de soldar en espiral antes de usarse para evitar sobrecalentamiento serio y daño a la aislación. (iii) Conexión a tierra. Se deberá inspeccionar la conexión a tierra de la armazón de la máquina de soldar. Se deberá dar atención especial a las conexiones a tierra de seguridad de las máquinas portátiles. (iv) Filtraciones. No deberá haber filtraciones de agua de enfriamiento, gas inerte protector O combustible de motor. (v) Interruptor. Se deberá determinar si se provee equipo de interruptores adecuados para apagar la máquina. (vi) Instrucciones del fabricante. Se deberán observar estrictamente las reglas e instrucciones impresas del fabricante en cuanto a la operación del equipo. (vii) Portaelectrodos. Cuando no se usen los portaelectrodos, éstos se deberán colocar de manera que no hagan contacto eléctrico con las personas, objetos conductores y tanques de gas combustible o comprimido. (viii) Sacudida eléctrica. No se deberán usar cables con empalmes dentro de 10 pies del portaelectrodo. El soldador no deberá ensortijar o enredar alrededor de su cuerpo el cable de electrodos para soldar. 574 66 1910.252 (b) (4) (i) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (ix) Mantenimiento. (a) El operador deberá informar todo desperfecto O riesgo de seguridad a su supervisor y el uso del equipo defectuoso se deberá descontinuar hasta que se haya asegurado de que se encuentra en condiciones de operación. Sólo el personal calificado deberá realizar las reparaciones. (b) Las máquinas que se hayan mojado se deberán secar y probar completamente antes de usarlas. (c) Los cables conductores eléctricos y los cables conductores del electrodo, se deberán inspeccionar frecuentemente para detectar señales de desgaste y daño. Se deberán reemplazar los cables con aislación defectuosa O conductores pelados La unión de los cables conductores eléctricos y de los cables conductores de electrodos, se deberá realizar mediante el uso de un medio para conectar, diseñado especificamente para dicho propósito. El medio de conexión deberá tener aislación adecuada para las condiciones de servicio. (c) Instalación y operación de equipo de soldadura por resistencia eléctrica. (1) Norma general. (i) Instalación. Todo equipo deberá ser instalado por un electricista calificado conforme a la Sub-parte S de esta parte. Deberá haber un interruptor de tipo de seguridad O un disyuntor O interruptor de circuito para conectar cada circuito de energía a la máquina, de modo que se pueda cortar la energía cuando se vaya a prestar servicio a la máquina, oa los controles de la misma. 574 67 1910.252 (b) (4) (i) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Protección térmica. Los tubos de ignitrón que se usen en el equipo de soldadura por resistencia eléctrica se equiparán con un interruptor de protección térmica. (iii) Personal. Los trabajadores designados para operar equipo de soldadura por resistencia eléctrica deberán estar adiestrados adecuadamente y considerados competentes para operar dicho equipo. (iv) Resguardo. Los controles de toda grapa automática, de aire O hidráulica se deberán disponer y resguardar para impedir que el operador los accione accidentalmente. (2) Máquinas (no portátiles) para soldadura por punto y de costuras. (i) Voltaje. Para garantizar la seguridad de los operadores, todo circuito de control para soldadura exterior deberá operar a un voltaje bajo no mayor de 120 voltios. 574 1910.252 (c) (2) (i) 63 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (c) (2) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Soldadura por condensador. El equipo de soldadura por resistencia eléctrica y los paneles de control accionados por energía en potencia O por descarga por condensador y que impliquen alto voltaje (sobre 550 voltios) se deberán aislar y proteger adecuadamente mediante cajas protectoras cuyas puertas deberán estar provistas con enclanadores para el corte de corriente y contactos alambrados al circuito de control (similares a los enclanadores de corte de corriente de elevadores). Dichos enclanadores O contactos se deberán diseñar de manera que interrumpa con eficacia el interruptor de energía y cree un corto circuito en todos los condensadores cuando se abra la puerta O el panel. Además de los enclanadores de corte de corriente O contactos mecánicos se deberá instalar un interruptor O enclanador manual como medida adicional de seguridad que asegure la descarga absoluta de todos los condensadores. (iii) Enclanadores para el corte de corriente. Todas las puertas y paneles de acceso de toda máquina de soldar de resistencia eléctrica y los paneles de control se deberán mantener cerrados y enclavados para impedir el acceso a piezas vivas del equipo por parte de personas no-autorizadas. (iv) Resguardos. Todas las operaciones de la máquina de soldar por presión donde exista la posibilidad de que los dedos del operador estén en el punto de operación, se deberán resguardar de modo eficaz por medio del uso de dispositivos tales como circuitos de seguridad de ojo electrónico, controles a dos manos O protección similar a la prescrita para la operación de una prensa punzonadora en la § 1910.217. Toda cadena, engranaje, conexión de mando de la barra distribuidora y correas se deberán proteger mediante resguardos adecuados de acuerdo con la SED 1910.219. 575 64 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (c) (2) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES (v) Protectores. El riesgo de chispas despedidas se deberá eliminar, siempre que sea posible, mediante la instalación de un protector de vidrio inastillable O plástico adecuado resistente a incendio en el punto de operación. Se deberán instalar protectores O cortinas adicionales según sea necesario para proteger a las personas contra chispas despedidas. (Véase el párrafo (e) (2) (i) (c) de esta sección). (vi) Interruptor de pie. Todo interruptor de pie se deberá resguardar para impedir operación accidental de la máquina. (vii) Botones de parada. Se deberá proveer dos O más botones de parada de emergencia en toda máquina especial de soldar por punto, incluso máquinas de soldar a presión de 2 postes y de 4 postes. (viii) Pasadores de seguridad. En máquinas grandes, se deberá proveer cuatro pasadores de seguridad con enchufes y receptáculos (en cada esquina) de manera que cuando se remuevan O inserten los pasadores de seguridad en el vástago O plato, la prensa se torne inoperante. (ix) Conexión a tierra. Se deberá resguardar, cuando sea técnicamente posible, el circuito secundario de todos los transformadores de soldar por punto, por proyección y costura. Esto se deberá realizar conectando permanentemente a tierra un lado del circuito secundario de soldar. Cuando no sea técnicamente posible, se considera aceptable un reactor de conexión a tierra con toma central conectado a través del circuito secundario de la corriente de soldar, O el uso de un interruptor de seguridad junto con el control de soldar. El interruptor de seguridad se deberá disponer para abrir ambos lados de la línea cuando no esté presente la corriente de soldar. 575 65 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (c) (2) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Máquinas portátiles de soldar. (i) Equilibrador. Toda pistola portátil de soldar deberá tener dispositivos adecuados equilibradores para el soporte de pistolas, inclusive cables, salvo que el diseño de la pistola O aparato haga poco práctico O innecesario el uso del equilibrador. (ii) Cadenas de seguridad. Toda pistola portátil de soldar, transformadores y equipo relacionado suspendido de estructuras superiores, vigas doble T, troles, etc. se deberañ equipar con cadenas de seguridad o cables. Las cadenas o cables de seguridad deberán tener la capacidad de resistir la carga máxima por choque en caso de que falle cualquier pieza del sistema de apoyo. (iii) Abrazaderas. Cada abrazadera deberá tener la capacidad de resistir la carga máxima por choque del equipo suspendido en caso de que ocurra una avería en el trole. (iv) Resguardo del interruptor. Todo interruptor de iniciación incluso los interruptores de retracción y de programación dual ubicados en la pistola portátil de soldar, se deberá equipar con resguardos adecuados capaces de impedir iniciación accidental mediante contacto con los aparatos, la vestimenta del operador, etc. El voltaje del interruptor iniciador no deberá exceder de 24 voltios. 575 1910. 252 (c) (3) (iv) 66 1910. (c) (3) (iv) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (v) Sujetador movible. En el punto en que el sujetador movible entra en la armazón de pistola deberá tener margen de seguridad suficiente para impedir que se corten los dedos por colocar descuidamente las manos en el sujetador movible operante. (vi) Conexión a tierra. Se deberá conectar a tierra todo circuito secundario y cajas de todo transformador portátil de soldar. El circuito secundario de conexión a tierra se podrá lograr conectando un circuito secundario de toma central O un reactor de conexión a tierra de toma central al circuito secundario. (4) Equipo de soldadura por arco con presión. (i) Ventilación y resguardo contra arco. Las máquinas de soldadura por arco con presión se deberán equipar con un resguardo tipo campana para controlar el arco despedido. En caso de producción alta, en el cual los materiales puedan contener una lámina de aceite y donde se despidan elementos tóxicos y vapores de metal, se deberá brindar ventilación conforme al párrafo (f) de esta sección. (ii) Cortinas contra incendios. Para la protección de los operadores de equipo en los alrededores, se deberán instalar cortinas resistentes O resguardos adecuados alrededor de la máquina, dispuestos de manera que no se obstaculicen los movimientos de los operadores. 576 1910.252 (d) (2) (ii) 67 1910. 252 (c) (3) (iv) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) Mantenimiento. Personal de mantenimiento calificado deberá realizar una inspección periódica y se deberá mantener un registro de todas estas inspecciones. Se deberá dar instrucciones al operador para que informe a su supervisor cualquier desperfecto en el equipo y se deberá descontinuar el uso del equipo hasta que se hayan completado reparaciones de modo que el equipo quede en buenas condiciones de funcionamiento. (d) Prevención y protección contra incendios. (1) Precauciones básicas. Para información sobre la preparación de estas precauciones básicas y precauciones especiales del sub-párrafo (2) de este párraf y sobre la delineación de responsabilidades de protección contra y prevención de incendios por parte de los soldadores y cortadores y sus supervisores (inclusive contratistas independientesy los administradores de las propiedades dond se llevarán a cabo el corte y soldadura, véase la Standard for Fire Prevention in Use of Cutting and Welding Processes, NFPA Standard 51 B, 1962. Las precauciones básicas para la prevención de incendios en el trabajo de soldadura y corte son las siguientes: (i) Riesgo de incendio. Si el objeto que se va soldar O cortar no se puede remover rápidamente del lugar, se deberá llevar a un lugar seguro todo objeto que esté en sus alrededores y que represente un riesgo potencial de in. cendio. (ii) Resguardos. Si el objeto que se va a soldar O cortar no se puede mover y si no se puede remover todo lo que represente un riesgo potencial de incendio, entonces se deberán usar resguardos para encerrar el calor, chispas y escoria, y para proteger todo lo que represente un riesgo potencial de incendios que no se pueda mover. 576 61 1910.252 (c) (3) (iv) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iii) Restricciones. Si los requisitos señalados en la subdivisión (i) y (ii) de esta subdivisión no se pueden seguir, entonces no se deberá llevar a cabo operaciones ni de soldar ni de cortar. (2) Precauciones especiales. Cuando la naturaleza del trabajo que se va a llevar a cabo está incluida en la subdivisión (ii) de está subdivisión, pueder ser necesarias ciertas precauciones adicionales. (i) Material combustible. Siempre que haya aberturas en el piso O grietas en la plataforma que no se puedan cerrar, se deberá tomar precauciones para que ningún material muy combustible en el piso de abajo esté expuesto a chispas que puedan caer a través del piso. Las mismas precauciones se deberán observar con respecto a grietas O huecos en las paredes, aberturas para puertas sin obstrucciones y ventanas abiertas O rotas. (ii) Extinguidores de incendios. Se deberá mantener en condiciones para uso inmediato el equipo adecuado para extinguir incendios. Dicho equipo puede consistir de baldes de agua, cubos de arena, mangas u otros extinguidores pórtatiles basándose en la naturaleza y cantidad del material combustible expuesto. 576 1910.252 (d) (2) (ii) 09 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (d) (2) (iii) NORMAS E INTERPRETACIONES (iii) Vigilancia de incendios. (a) Se deberá requerir vigilantes de incendios siempre que se lleve a cabo soldadura O cortadura en sitios en los que puedan ocurrir incendios que no sean de poca magnitud O exista alguna de las condiciones siguientes: (1) Material bastante combustible, en el edificio en construcción o sus contenidos, a una distancia menor de 35 pies del punto de operación. (2) Los combustibles en cantidades considerables están a más de 35 pies, pero se encienden fácilmente con chispas. (3) Aberturas en paredes O pisos dentro de un radio de 35 pies que expongan material combustible en áreas adyacentes incluso espacios cerrados en paredes O pisos. (4) Materiales combustibles adyacentes al lado opuesto de las divisiones de metal, paredes, cielo raso, O techo y se encienden fácilmente por conducción O radiación. (b) Los vigilantes de incendios deberán tener a la mano equipo para extinguir incendios y estar adiestrados en su uso. Ellos deberán estar familiarizados con las instalaciones para sonar una alarma en caso de incendio. Deberán vigilar los incendios en todas las áreas expuestas, tratar de extinguirlos sólo cuando están dentro de la capacidad del equipo disponible o, de otro modo, / sonar la alarma. Un vigilante de incendio deberá permanecer, por lo menos, media hora después de que se haya terminado las operaciones de soldar O cortar para detectar y extinguir posibles incendios en las cenizas. 577 70 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (d) (2) (iii) NORMAS E INTERPRETACIONES (iv) Autorización. Antes de permitir cortar O soldar, el individuo responsable de autorizar las operaciones de cortar y soldar deberá inspeccionar el área. Deberá designar las precauciones que se van a seguir al conceder la autorización para proceder preferiblemente con un permiso escrito. (v) Pisos. Cuando haya materiales combustibles tales como recortes de papel, virutas O fibras textiles en el piso, se deberán barrer en un radio de 35 pies. Los pisos combustibles se deberán mantener húmedos, cubiertos con arena húmeda O protegidos por protectores resistentes al fuego. Cuando se hayan mojado los pisos, el personal que opere equipo para soldar O cortar se deberá proteger de una posible sacudida eléctrica (vi) Areas prohibidas. No se deberá permitir cortar ni soldar en las siguientes situaciones: (a) Areas no autorizadas por la administración. (b) En edificios con rociadores mientras dicha protección esté deteriorada. (c) En presencia de atmósfera explosiva (mezclas combustibles de gases, vapores, líquidos O polvos con aire), O atmósferas explosivas que se puedan crear dentro de tanques sucios, O que no estén preparados adecuadamente, O equipo que haya contenido previamente dichos materiales, o que se puedan desarrollar en áreas con una acumulación de polvos combustibles. (d) Areas cercanas al almacenamiento de grandes cantidades de materiales expuestos, sumamente combustibles tales como azufre a granel, bala de papel O algodón. 577 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (d) (2) (iii) NORMAS E INTERPRETACIONES (vii) Relocalización de combustibles. Siempre que sea posible se deberá relocalizar todos los combustibles a, por lo menos, 35 pies del lugar de trabajo. Cuando no sea posible la relocalización, se deberá proteger con cubiertas a prueba de flamas O cubrir de algún otro modo con resguardos o cortinas de metal O asbesto. Los extremos de las cubiertas en el piso deberán cerrar herméticamente para evitar que las chispas pasen por debajo. Esta precaución es también importante en sobreposiciones cuando se usan varias cubiertas para proteger una gran hilera. (viii) Conductos. Los sistemas de conductos y transportadores que puedan llevar chispas a combustibles distantes se deberán proteger O cerrar adecuadamente. (ix) Paredes combustibles. Cuando se corte O solde cerca de paredes, divisiones, cielo raso O techo de construcciones combustibles, se deberá proveer protectores O resguardos resistentes al fuego para evitar que se incendien. 577 1910.252 (d) (2) (ix) 72 1910.252 (d) (2) (x) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (x) Paredes incombustibles. Si se va a soldar en una pared, división, cielo raso O techo de metal se deberá tomar medidas de precaución para evitar la ignición de combustibles en el otro lado, debido a la conducción O irradiación, preferiblemente relocalizando los combustibles. Cuando no se relocalizan los combustibles, se deberá proporcionar una vigilancia para incendio en el otro lado del lugar de trabajo. (xi) Cubierta combustible. No se deberá intentar soldar en una división, pared, cielo raso O techo de metal que tenga una cubierta combustible, ni en paredes o divisiones de construcción de paneles de estructura interlaminar combustibles. (xii) Tuberías. El cortar O soldar en tuberías u otros metales en contacto con paredes, divisiones, cielo raso O techos combustibles, no se deberá realizar si el trabajo está lo suficientemente cerca para causar ignición por conducción. (xiii) Administración. La administración deberá reconocer su responsabilidad de que se use de manera segura el equipo para cortar y soldar en su propiedad. (a) Basado en la propensión a incendio de las instalaciones de la planta, las áreas establecidas para cortar y soldar y los procedimientos establecidos para cortar y soldar en otras áreas. (b) Designar un individuo responsable para autorizar las operaciones de cortar y soldar en áreas que no se han designado específicamente para dichas operaciones. 578 1910.252 (d) (2) (xv) 1910. 252 (d) (2) (x) 73 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (c) Insistir en que los recortadores O soldadores y los supervisores de éstos, están debidamente adiestrados en la operación de forma segura de su equipo y de llevar a cabo el proceso en forma segura. (d) Advertir a todos los contratistas sobre materiales infamables O condiciones de peligro los cuales puede que no conozcan. (xiv) Supervisor. El supervisor: (a) Deberá ser responsable por el manejo del equipo para cortar o soldar y el llevar a cabo, en forma segura, el proceso de cortar O soldar. (b) Deberá determinar los materiales combustibles y las áreas de peligro existentes O que pueden existir en el sitio de trabajo. (c) Se deberá proteger los combustibles de encenderse de las formas siguientes: (1) Mover el trabajo a un lugar libre de combustibles peligrosos. (2) Si el trabajo no se puede mover, el combustible se deberá mover a una distancia prudente del trabajo O se deberá proteger adecuadamente los combustibles contra ignición. (3) Ver que se programen el cortar y el soldar, de manera que las operaciones en la planta, que puedan exponer combustibles a encenderse, no se comiencen durante el corte O soldadura. (d) Deberá asegurar la autorización para las operaciones de corte O soldadura del representante designado por la administración. (e) Deberá determinar que el cortador O soldador antes de continuar su operación asegure su aprobación respecto de que las condiciones son seguras. 7 1910.252 (d) (2) (x) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (f) Deberá determinar que la protección contra incendios y el equipo extintor están localizados adecuadamente en el lugar. (g) Cuando se requieran vigilantes de incendios, él deberá velar porque estén disponibles en el lugar. (xv) Precauciones para evitar incendios. Sólo se deberá permitir el cortar o soldar en áreas que son O se han hecho seguras a incendios. Si el cortar y el soldar se llevan a cabo dentro de los límites de una planta O edificio en funcionamiento, éstos se deben llevar a cabo preferiblemente en un área específicamente designada para dicho trabajo, tales como un taller de mantenimiento o una localización aparte en el exterior. Dichas áreas deben ser de contrucción incombustible O resistente al fuego, básicamente libre de contenidos combustibles e inflamables, y segregada adecuadamente de áreas adyacentes. Cuando no es posible mover el trabajo, como en la mayoría del trabajo de construcción, el área se deberá hacer segura quitando los combustibles O protegiéndolos de fuentes de ignición. 578 1910.252 (d) (2) (xv) 75 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 252 (d) (2) (xv) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Recipientes para soldadura O corte. (i) Recipientes usados. No se deberá llevar a cabo soldadura, corte u otro trabajo en caliente en bidones, barriles, tanques u otros recipientes usado que hasta que se hayan limpiado tan a fondo, que tengan la certeza total de/no hay materiales inflamables presente ni substancias tales como grasas, brea, ácidos u otros materiales que cuando están sometidos a calor pueden producir vapores inflamables O tóxicos. Se deberá desconectar O cerrar toda tubería O conexiones al bidón o recipiente. (ii) Ventilar y purgar. Se deberán ventilar todos los espacios, cavidades O recipientes ahuecados para permitir que el aire O gases salgan antes de precalentar, cortar O soldar. Se recomienda purgar con gas inerte. (4) Espacios cerrados. (i) Contacto accidental. Cuando se deba suspender la soldadura por arco durante cualquier período considerable de tiempo, tal como durante el almuerzo O la noche, se deberán remover todos los electrodos de los portaelectrodos y se deberán localizar cuidadosamente los portaelectrodos de forma que no pueda ocurrir contacto accidental y la máquina se pueda desconectar de su fuente de energía. (ii) Válvula del soplete. Para eliminar la posibilidad de escape de gas a través de filtraciones O válvulas cerradas inadecuadamente, cuando se solde O corte con gas, las válvulas del soplete se deberán cerrar y el suministro de gas interrumpir eficazmente en el mismo lugar fuera del área cerrada, siempre que no se use el soplete durante un período considerable de tiempo, tal como la hora del almuerzo O la noche. Cuando sea posible, el soplete y la manga se deberán remover del espacio cerrado. 579 1910.252 (e) (2) (ii) (a) 76 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (d) (2) (xv) NORMAS E INTERPRETACIONES (e) Protección del personal. (1) Norma general. (i) Baranda. Se deberá proteger de caídas todo soldador O trabajador que trabaje en plataformas, andamios O corredores. Esto se puede lograr mediante el uso de barandas, cinturones de seguridad, cuerdas salvavidas u otros resguardos de seguridad con igual eficacia. (ii) Cable para soldar. Los soldadores deberán colocar el cable para soldar y otros equipos de forma que no quede en pasillos, escalas y escaleras. (2) Protección visual. (i) Selección. (a) Se deberán usar capacetes, protectores de las manos durante todas las operaciones de soldar O cortar por arco, excluyendo el cortar por arco sumergido. Se deberá usar también gafas durante las operaciones de soldadura O corte por arco para proveer protección contra rayos dañinos de trabajos adyacentes y de objetos despedidos. Estas gafas pueden tener cristal claro O con tinte, según sea la cantidad de exposición a operaciones adyacentes de soldadura. Se deberá proveer a los ayudantes O asistentes con la protección visual adecuada. (b) Las gafas u otra protección visual adecuada se deberá usar durante todas las operaciones de soldar por gas O corte con oxígeno. Se permite el uso de espejuelos sin protectores laterales, con lentes filtrantes durante operaciones para soldar con gas en trabajo liviano, para soldadura dura con soplete O para inspección. 579 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (d) (2) (xv) NORMAS E INTERPRETACIONE (c) Todos los operadores y asistentes que utilicen el equipo para soldar por resistencia eléctrica O el equipo de soldadura dura por resistencia eléctrica, deberán usar, según se requiera, protectores faciales transparentes O gafas para protegerse la cara u ojos, dependiendo del trabajo en particular. (d) Cuando sea necesario se deberá proveer protección visual por medio de gafas adecuadas para operaciones de soldadura dura que no estén incluidas en la (a), (b) y (c) de esta subdivisión. (ii) Especificaciones para protectores. (a) Los capacetes y los protectores de las manos se deberán hacer de un material aislante al calor y a la electricidad. Los capacetes protectores y gafas no deberán incendiarse fácilmente y deberán ser capaces de resistir la esterilización. 579 1910.252 (e) (2) (ii) (a) 78 1910.252 (e) (2) (ii) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Los capacetes y los protectores de mano se deberán disponer de forma que protejan la cara, cuello y orejas de la energía directa radiante del arco. (c) Se deberá proveer capacetes con placas filtrantes y cubre placas diseñadas para ser quitadas fácilmente. (d) Todas las partes se deberán construir de un material no se corroa O decolore rápidamente. (e) Las gafas deberán ser ventiladas para evitar lo más posible que se nublen las lentes. (f) Se deberá proveer cubre lentes O cubre placas, para proteger cada capacete, protector de mano O gafas con lentes O placa filtrantes. (g) Todos los cristales para lentes deberán estar básicamente libres de estrías, burbujas de aire, ondulaciones y otros defectos. Excepto cuando una lente está hecho para proveer corrección óptica adecuada para visión defectuosa, las superficies frontales y traseras de las lentes y ventanas deberán ser suaves y paralelas. (h) Las lentes deberán llevar alguna marca permanente distintiva por la cual se pueda identificar rápidamente la fuente y el matiz. (i) La siguiente es una guía para la selección del número adecuado de matiz. Estas recomendaciones pueden variar de acuerdo con las necesidades del individuo. 580 1910.252 (e) (3) (ii) (a) 1910. (e) (2) (ii) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES Tipos de Soldaduras Número de Matiz Soldadura por arco metálico O protegido electrodos 1/16, 3/32, 1/8 б 5/32 de pulgada 10 Soldadura (no ferrosa) por arco protegido por gas inertegelectrodos 1/16, 3/32, 1/8 ó 5/32 de pulgada 11 Soldadura (ferrosa) por arco protegido por gas: electrodos 1/16, 3/32, 1/8 10 5/32 de pulgada 12 Soldadura por arco metálico O protegido: electrodos de 3/16, 7/32 б 1/4 de pulgada 12 ctrodos de 5/16, 3/8 de pulgada 14 Soldadura por hidrógeno atómico 10-14 Soldadura por arco con electrodos de carbón 14 Soldadura con cautín 2 Soldadura dura con soplete 3 б 4 Corte liviano, hasta de 1 pulgada 3 б 4 Corte mediano, de 1 a 6 pulgadas 4 б 5 Corte grueso, 6 pulgadas O más 566 dadura liviana por llama de gas hasta de 1/8 de pulgada 4 б 5 Soldadura mediana por llama de gas de 1/8 a 1/2 pulgada 566 Soldadura gruesa por llama de gas sobre 1/2 pulgada 6 б 8 NOTA: Cuando se solda con gas O se corta con oxígeno y el soplete produce una luz amarilla alta, es deseable usar un filtro O lentes que absorban el amarillo O la franja de sodio en la luz visible de la operación. (j) Todas las lentes y placas filtrantes deberán cumplir con la prueba para transmisión de energía radiante prescrita en ANSI Z87.1-1968-American National Standard Practice for Occupational and Educational Eye and Face Protection. 580 80 1910. (e) (2) (ii) (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iii) Protección contra los rayos de soldadura por arco. Cuando lo permita el trabajo, el soldador deberá estar encerrado en una cabina individual pintada con un acabado de poca reflectividad tales como el óxido de cinc (un factor importante para absorber radiaciones ultravioletas) y lámparas negras, O deberá estar encerrado entre pantallas incombustibles pintadas de manera similar. Las cabinas y las pantallas deberán permitir que el aire circule a nivel del suelo. Los trabajadores u otras personas adyacentes a las áreas de soldadura se deberán proteger de los rayos por pantallas 0 protectores incombustibles O a prueba de llamas O se deberá requerir que utilicen las gafas apropiadas. (3) Vestimenta protectora. (i) Requisitos generales. Empleados expuestos a los riesgos creados por soldadura dura, se deberán proteger mediante el equipo protector personal de acuerdo con los requisitos de la SED 1910.132. La vestimenta protectora adecuada requerida para cualquier operación de soldadura variará según el tamaño, naturaleza y localización del trabajo que se va a llevar a cabo. 580 1910.252 (e) (3) (ii) (a) 80 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (e) (3) (ii) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES (4) Trabajo en espacios cerrados. (i) Normas generales. Por espacio cerrado entiéndase un espacio relativamente pequeño O restringido tal como un tanque, caldera, recipiente a presión o un compartimiento pequeño en un barco. (ii) Ventilación. La ventilación es un pre-requisito para trabajar en espacios cerrados. Para los requisitos de ventilación véase el párrafo (f) de esta sección. (iii) Cómo asegurar los cilindros y la maquinaria. Cuando se solde O corte en cualquier espacio cerrado, los cilindros de gas y las máquinas para soldar se deberán dejar en el exterior. Antes de comenzar las operaciones, el equipo pesado portátil montado sobre ruedas se deberá calzar firmemente para evitar cualquier movimiento accidental. (iv) Cuerdas salvavidas. Cuando un soldador tiene que entrar en un espacio cerrado a través de un pozo de registro u otra abertura pequeña, se deberán proveer los medios para sacarlo rápidamente en un caso de emergencia. 581 1910.252 (e) (4) (vi) 8: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (e) (3) (ii) (b) NORMAS E INTERPRETACIONES Cuando se usen cinturones de seguridad y cuerdas salvavidas para este propósito, éstas se deberán amarrar al cuerpo del soldador de manera que su cuerpo no se pueda encajar en una abertura pequeña de salida. Un ayudante adiestrado para realizar procedimiento de rescate se deberá quedar fuera para observar al soldador, en todo momento, y ser capaz de llevar a cabo las operaciones de rescate. (v) Remoción de electrodos. Cuando haya que suspender la soldadura por durante algún período considerable de tiempo, tal como durante el almuerzo O por la noche, se deberán deberán remover todos los electrodos de los portaelectro y los portaelectrodos se/ localizar cuidadosamente de modo que no pueda suceder un contacto accidental, y se deberá desconectar la máquina de la fuente de energía. (vi) Cierre de los cilindros de gas. Para eliminar la posibilidad de escapes de gas a través de filtraciones o válvulas cerradas indebidamente, cuando se solda o corta por gas, las válvulas de los sopletes se deberán cerrar y el suministro de gas combustible y oxígeno para el soplete, cerrado eficazmente en algún punto fuera del área cerrada, siempre que no se vaya a usar durante un período considerable de tiempo, tal como la hora del almuerzo O la noche. Cuando sea posible también se deberán quitar el soplete y la manga de los espacios cerrados. 581 1910.252 (e) (4) (vi) 82 1910.252 (e) (4) (vii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (vii) Rótulos de advertencia. Una vez terminadas las operaciones de soldadura, el soldador deberá marcar el metal caliente O proveer algún otro medio de advertencia para los otros trabajadores. (f) Protección y ventilación para la salud. (1) Normas generales. (i) Contaminación. Los requisitos en este párrafo se han establecido sobre las bases de los tres factores siguientes en soldadura por arco y gas que rigen la cantidad de contaminación a la cual pueden estar expuestos los soldadores. (a) Las dimensiones del espacio en la cual se va a llevar a cabo la soldadura (teniendo en cuenta especialmente la altura hasta el cielo raso) (b) El número de soldadores. (c) La evolución posible de emanaciones, gases O polvos peligrosos de acuerdo con los metales implicados. (ii) Ventilación. Se sabe que en circunstancias individuales otros factores pueden estar implicados, en cuyo caso la ventilación O los dispositivos para protección respiratoria se deberán proveer, según sea necesario, para cumplir con los requisitos equivalentes de esta sección. Dichos factores incluirán: (a) condiciones atmosféricas (b) calor generado (c) presencia de disolventes volátiles. 582 1910.252 (f) (1) (v) (c) 83 1910.252(e) (4) (vii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iii) Pantallas. Cuando se deba soldar en un espacio cuyos lados están cubiertos totalmente por pantallas, éstas se deberán disponer de forma que no exista una restricción seria de ventilación. Es deseable instalar las pantallas de forma que estén a 2 pies del piso, a menos que el trabajo se lleve a cabo a un nivel tan bajo que la pantalla se deba extender más cerca del niso para proteger a trabajadores en el área inmediata del reflejo de la soldadura. (iv) Concentración máxima permisible. Se deberán proveer sistemas locales de extracción o de ventilación general y se deberán disponer de forma que conserven la cantidad de emanaciones, gases O polvos tóxicos por debajo de la concentración máxima permisible según lo especificado en la SIS 1910.1000. /40 F.R. 23072, 28 de mayo de 19757 (v) Etiquetas de precaución. Se emplean materiales potencialmente peligrosospara fundir, revestimientos y como metales de relleno en soldadura y corte, O se liberan a la atmósfera durante la soldadura o el corte. Esto incluye, pero no está limitado a los materiales especificados en los párrafos (f) (5) al (12) de esta sección. Los suministradores de materiales para soldar deberán determinar el riesgo, si alguno, relacionado con el uso de sus materiales en soldadura, corte, etc. (a) Todos los metales de relleno y materiales fundibles granulares deberán llevar el siguiente aviso, como mínimo, en tarjetas, cajas u otros recipientes: 582 84 1910.252 (e) (4) (vii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES PRECAUCION El soldar puede liberar emanaciones y gases peligrosos a la salud. Evite inhalar estas emanaciones y gases. Use la ventilación adecuada. Véase ANSI Z49.1-1967 - Safety in Welding and Cutting publicado por la American Welding Society. (b) Los metales para relleno de soldadura dura (soldadura) que contengan cadmio en cantidades considerables deberán llevar los siguientes avisos en tarjetas, cajas u otros recipientes. ADVERTENCIA CONTIENE CADMIO, SE PUEDEN FORMAR EMANACIONES VENENOSAS AL CALENTARSE. No inhale las emanaciones. Use sólo con ventilación adecuada tal como extractores de vapores, extracción por ventilación O equipo de respiración con suministro de aire. Véase ANSI Z49.1-1967. Si después de usarlo sufre dolor en el pecho, tos o fiebre, llame de inmediato a un médico. (c) Los fundentes para soldadura dura y soldadura con gas que contengan compuestos de flúor deberán tener advertencias que indiquen que éstos contienen compuestos del flúor. Una advertencia recomendada por la American Welding Society para fundentes para soldadura dura y soldar con gas lee como sigue: 582 1910.252(f) (1) (v) (c) 85 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (f) (1) (v) (c) NORMAS E INTERPRETACIONES Precaución Contien Flúor Al calentar este fundente se liberan emanaciones que pueden irritar los ojos, nariz y garganta. 1. Evite las emanaciones, uselo sólo en lugares bien ventilados. 2. Evite que los ojos O la piel hagan contacto con el fundente. 3. No lo ingiera. (2) Ventilación para soldadura y corte en general. (i) Normas generales. Se deberá proveer ventilación mecánica cuando se solde O corte metales que no están incluidos en los sub-párrafos (5) al (12) de este párrafo. (Para materiales específicos, véase los requisitos de ventilación de los sub-párrafos (5) al (12) de este párrafo) (a) En un espacio de menos de 1 000 pies cúbicos por soldador. (b) En un cuarto con un cielo raso a una altura de menos de 16 pies. (c) En espacios encerrados o en donde el espacio para soldar contiene divisiones, balcones, u otras barreras extructurales al grado que obstruyen significativamente la ventilación cruzada. (ii) Promedio mínimo. Dicha ventilación deberá tener un promedio mínimo de 2 000 pies cúbicos por minuto por soldador, excepto cuando se provea campanas y cabinas de extracción según el sub-párrafo (3) de este párrafo O equipos de respiración con manga de aire aprobados por el U.S. Bureau of Mines. Cuando no existen las restricciones de la subdivisión (i) de esta subdivisión, es suficiente la ventilación natural para las operaciones de soldadura O corte. 583 86 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (f) (1) (v) (c) NORMAS E INTERPRETACIONES (3) Campanas y cabinas locales de extracción. Se puede llevar a cabo ventilación mecánica local de extracción por medio de alguno de los siguientes: (i) Campanas. El soldador utilizará campanas que se puedan colocar, lo más cerca posible al material que se está soldando, y cuando la campana está a la distancia más remota del lugar de soldadura, las mismas deben permitir un promedio de corriente de aire en dirección de la campana suficient para mantener una velocidad de 100 pies lineales por minuto en la zona de soldadura. Los promedios de ventilación requeridos, para lo cual este control de velocidad por medio de una abertura de succión con reborde y con un ancho de 3 pulgadas, se muestran en la tabla siguiente: Zona de soldadura Mínimo de corriente Díametro del conducto de aire 1 en pies cúbicos en pulgadas² de 4 a 6 pulgadas desde el arco O soplete 150 3 de 6 a 8 pulgadas desde el arco o plete 275 3 1/2 de 8 a 10 pulgadas desde el arco O soplete 425 4 1/2 de 10 a 12 pulgadas desde el arco O soplete 600 5 1/2 1. Cuando se realicen soldaduras duras con materiales que tengan cadmio O cuando se corte dichos materiales, se puede requerir un aumento en los promedios de ventilación. 583 87 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (f) (1) (v) (c) NORMAS E INTERPRETACIONES 2. Diámetro más cercano al de un conducto de media pulgada basado en una velocidad de 400 pies por minuto en la tubería. (ii) Encerramiento fijo. Un encerramiento fijo con una parte superior y con no menos de dos lados que rodeen las operaciones de soldadura O corte y con un promedio de corriente de aire suficiente para mantener una velocidad a una distancia del soldador, de no menos de 100 pies lineales por minuto. (4) Ventilación en espacios cerrados. (i) Reemplazo de aire. Todas las operaciones de soldadura y corte llevadas a cabo en espacios cerrados se deberán ventilar adecuadamente para evitar la acumulación de substancias tóxicas O posibles deficiencias de oxígeno. Esto no sólo aplica al soldador sino también a los ayudantes y a otro personal en la vecindad inmediata. Todo aire que reemplace el extraído, deberá estar limpio y ser respirable. (ii) Equipo de respiración con manga de aire. Se deberá usar equipo de respiración con manga de aire O máscaras con manga aprobadas por el U.S. Bureau of Mines, cuando las circunstancias imposibiliten el proveer ventilación. (iii) Unidades integradas. Se deberán usar máscaras de mangas y soplador, O equipo de respiración autocontenido en áreas que presenten peligro inmediato a la vida. El U.S. Bureau of Mines deberá aprobar el equipo de respiración. 583 1910.252 (f) (4) (iii) 88 (f) (4) (iii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iv) Ayuda en el exterior. Cuando las soldaduras se lleven a cabo en espacios cerrados y cuando los soldadores y ayudantes estén provistos de más- y con mangas carascon manga, con máscaras/con soplador O equipo de respiración autocontenido aprobado por el U.S. Bureau of Mines, se deberá colocar un trabajador en los el exterior de dichos espacios cerrados para garantizar la seguridad de que están trabajando dentro. (v) Oxígeno para ventilación. Nunca se deberá usar oxígeno para ventilación. Compuestos de flúor. (i) Normas generales. En los espacios cerrados, soldadura O corte que impliquen fundentes, revestimientos u otros materiales que contengan compuesto de flúor se deberán hacer de acuerdo con el sub-párrafo (4) de esté párrafo. Un compuesto de flúor es uno que contiene flúor como un elemento en una combinación química, no como un gas libre. (ii) Concentración máxima permisible. La necesidad de ventilación por extracción local o de equipos de respiración con manga de aire, para operaciones de soldadura O corte en lugares que no sean cerrados, dependerá de las circunstancias individuales. No obstante, la experiencia ha demostrado que tal protección resulta apropiada para la producción de soldadura en lugares específicos permanentes y para toda la producción en aceros inoxidables. Dicha protección no es necesaria,si flúor las muestras tomadas en el lugar de soldadura indican que el liberado es menor que la concentración máxima permisible. 584 1910.252 (f) (9) (i) 89 1910.252 (f) (4) (iii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (6) Cinc. (i) Espacios cerrados. En los lugares cerrados, las operaciones de soldadura o corte que impliquen el uso de metales con base de cinc O de metales de relleno revestidos con substancia con base de cinc, se deberán hacer conforme al sub-párrafo (4) de este párrafo. (ii) Lugares bajo techo. En los lugares bajo techo, las operaciones de soldadura y corte que impliquen el uso de metales con base de cinc o de metales de con base/relleno revestidos con substancias con base de cinc, se deberán hacer conforme al sub-párrafo (3) de este párrafo. (7) Plomo. (i) Espacios cerrados. En los espacios cerrados, la operación de soldadura que impliquen el uso de metales con base de plomo (llamada, erróneamente, soldadura por fusión de plomo), se deberá hacer conforme al sub-párrafo (4) de este párrafo. ii) Lugares bajo techo. En los lugares bajo techo, la operación de soldadura que implique el uso de metales con base de plomo, se deberá hacer conforme al sub-párrafo (3) de este párrafo. (iii) Ventilación local. En los espacios cerrados en los lugares bajo techo, las operaciones de soldadura O corte que impliquen el uso de metales que contengan plomo, como un elemento y no como impureza, O de metales revestidos con substancias con base de plomo, se deberán hacer con ventilación por extracción local de aire O equipo de respiración con manga de aire, incluso en la operación de pintura. Cuando dichas operaciones se realicen a la intemperie, se deberá usar equipo de protección respiratoria, aprobado para tales propósitos por el U.S. Bureau of Mines. En todos los casos, los trabajadores que 584 9( 1910.252 (f) (4) (iii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES estén cerca de la operación de corte se deberán proteger, según sea necesario, por medio de ventilación por extracción local O de equipo de respiración con manga de aire. (8) Berilio. Las operaciones de soldadura o corte bajo techo, a la intemperie o en espacios cerrados, las cuales impliquen el uso de metales de base de berilio o metales de relleno con base de berilio, se deberán hacer con ventilación por extracción local y equipo de respiración con manga de aire, a no ser que las pruebas atmosféricas, en las condiciones más adversas, hayan establecido que la osición de los trabajadores está dentro de las concentraciones aceptables definidas en la SIS 1910.1000. En todos los casos, los trabajadores que estén cerca de las operaciones de soldadura O corte se deberán proteger, según sea necesario, por medio de ventilación por extracción local O equipo de respiración con manga de aire. (9) Cadmio. (i) Norma general. Las operaciones de soldadura O corte bajo techo o en espacios cerrados, que impliquen el uso de metales con base de cadmio o metales revestidos con base de cadmio, se deberán hacer con ventilación por extracción local O equipo de respiración con manga de aire, a no ser que las pruebas atmosféricas, en las condiciones más adversas, hayan establecido que la exposición de los trabajadores está dentro de las concentraciones aceptables definidas en la SIS 1910.1000. Cuando dichas operaciones se realicen a la intemperie se deberá usar equipo de protección respiratoria, tales como los equipos de respiración contra emanaciones aprobados para tales propósitos por el U.S. Bureau of Mines. ≤₄₀ F.R.23072, 28 de mayo de 1975/ 584 1910.252 (f) (9) (i) 91 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (f) (9) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Espacios cerrados. Las operaciones de soldadura (soldadura dura) que impliquen el uso de metales de relleno con base de cadmio, se deberán hacer con la ventilación prescrita en el párrafo (3) Ó (4) de este párrafo si el trabajo se va a realizar en un espacio cerrado. (10) Mercurio. Las operaciones de soldadura y corte bajo techo o en espacios cerrados, las cuales impliquen el uso de metales revestidos de materiales con base de mercurio, se deberán hacer con ventilación por extracción local o equipo de respiración con manga de aire, incluso la operación de pintura, a no ser que pruebas atmosféricas, en las condiciones más adversas, hayan establecido que la exposición de los trabajadores está dentro de las concentraciones aceptables definidas en la SES 1910.1000. Cuando dichas operaciones se realicen a la intemperie, se deberá usar equipo de protección respiratoria, aprobado para tales propósitos por el U.S. Bureau of Mines. 40 F.R. 23072, 28 de mayo de 1975./ (11) Compuestos para la limpieza. (i) Instrucciones del fabricante. Al usar materiales para la limpieza, debido a su posible toxicidad o inflamabilidad, se deberá tomar precauciones apropiadas, tales como las instrucciones del fabricante. (ii) Desgrase. El desgrase u otras operaciones de limpieza que impliquen el uso de hidrocarburos clorados, deberá estar ubicado, de tal modo que los vapores de estas operaciones no alcancen O sean lanzados hacia la atmósfera que rodea cualesquiera operaciones de soldadura. Además, el tricloroet eno y el percloroetileno se deben mantener fuera de atmósferas penetradas por la radiación ultravioleta de las operaciones de soldadura protegida por gas inerte. 585 92 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910.252 (f) (9) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES (12) Corte de aceros inoxidables. El corte con oxígeno mediante el uso de fundente químico O polvo de hierro O el corte de acero inoxidable por arco protegido por gas inerte se deberá hacer con ventilación mecánica adecuada para remover las emanaciones generales. (13) Equipo de primeros auxilios. En todo momento, deberá haber disponible un equipo /de primeros auxilios. En cada turno de las operaciones de soldadura, debe haber empleados adiestrados para brindar primeros auxilios. Toda lesión se deberá informar tan pronto como sea posible para su atención médica. Se deberá proporclonar primeros auxilios hasta tanto se pueda brindar atención médica. (g) Aplicaciones industriales. (1) Tubería de transmisión. (i) Norma general. Se deberá observar los requisitos de los párrafos (b) (e) y (f) de esta sección. (ii) Operaciones de taller en el campo de trabajo. Cuando las operaciones de taller en el campo de trabajo estén implicadas en la fabricación de accesorios, puentes de ríos, cruces de peatones, estaciones de bombeo y de compresores, se deberá observar los requisitos de los párrafos (a), (b) (d), (e) y (f) de esta sección. (iii) Sacudidas eléctricas. Cuando la soldadura por arco se realice en áreas mojadas O de gran humedad, se deberá proveer protección especial contra sacudidas eléctricas. (iv) Pruebas de presión. Al probar la presión de las tuberías se deberá proteger a los trabajadores y al público contra lesiones causadas al reventarse cierres u otros dispositivos de restricción de presión. Además, 585 93 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1910. 252 (f) (9) (ii) NORMAS E INTERPRETACIONES se deberá brindar protección contra expulsión de polvo que pueda quedar atrapado en la tubería. (v) Normas de construcción. La construcción soldada de las tuberías de transmisión se deberá realizar conforme a la Standard for Welding Pipe Lines and Related Facilities, API St. 1104-1968. (vi) Tubería de substancias inflamables. El conectar, mediante soldadura, ramales de las tuberías que conducen substancias inflamables se deberá realizar conforme a la Welding or Hot Tapping on Equipment Containing Flammables, API Std. PSD No. 2201-1963. (vii) Inspección con Rayos X. El uso de rayos X e isótopos radioactivos para la inspección de las uniones soldadas de la tubería se deberá realizar conforme al American National Standard Safety Standard for Non-Medical X- ray and Sealed Gamma-Ray Sources, ANSI Z54.1-1963. (2) Sistema Mecánico de Tubería. (i) Norma General. Se deberá cumplir con los requisitos de los párrafos (a), (b) (d), (e) y (f) de esta sección. 585 1910.252 (g) (2) (i) 94 1910.252 (g) (2) (ii) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (ii) Inspección con Rayos-X. El uso de rayos-x e isótopos radiactivos para la inspección de uniones soldadas de tubería se deberá llevar a cabo conforme a la American National Standard Safety Standard for Non-Medical X-ray and Sealed Gamma Ray Sources, ANSI z54.1-1963.
Regl. 2343, art. 1910.252: SOLDADURA, CORTE y SOLDADURA DURA | Justis AI