Regl. 6263, art. XIII-II
Reglamento para establecer el procedimiento para el cobro de derechos mediante comprobantes de pago, sellos de rentas internas, o cualquier otro mecanismo de pago.
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Cite as Reglamento Núm. 6263, Art. XIII-II
BASE LEGAL
Este Reglamento se promulga por el Secretario de Transportación y Obras
Públicas, en virtud de las facultades 0 poderes que le confiere la Ley Núm. 22 de 7
de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y
Tránsito de Puerto Rico", la cual en su Artículo 24.01 dispone para el cobro de
derechos mediante el uso de sellos de rentas internas así como otros mecanismos
que el Secretario de Hacienda determine. Además, este reglamento se promulga
a tono con las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del
ARTICULO III PROPÓSITO
El propósito de este reglamento definir los mecanismos de pago que se
utilizaron para el cobro de derechos por licencia de conducir y otras transacciones.
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De esta forma se facilita el proceso y a la misma vez se agiliza el trámite que
envuelven estas transacciones.