Regl. 6263, art. XIII-V

Reglamento para establecer el procedimiento para el cobro de derechos mediante comprobantes de pago, sellos de rentas internas, o cualquier otro mecanismo de pago.

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Cite as Reglamento Núm. 6263, Art. XIII-V

DEFINICIONES Para fines de este Reglamento, las siguientes palabras O términos tendrán los significados que se expresen a continuación, a menos que del texto se desprenda O interprete claramente otra definición: COMPROBANTES DE PAGO Documento oficial aprobado por el Departamento de Hacienda para acreditar el pago de derechos por servicios en consonancia con las leyes fiscales. DEPARTAMENTO Departamento de Transportación y Obras Públicas. DUPLICADO Todo documento expedido por el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas en sustitución del expedido originalmente. LEY Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico". LICENCIA DE CONDUCIR Autorización expedida a una persona para manejar determinado tipo de vehículo de motor por las vías públicas de Puerto Rico. 3 SECRETARIO Secretario de Transportación y Obras Públicas. SELLO DE RENTAS INTERNAS Sistema de pago mediante sellos oficiales del Gobierno de Puerto Rico para acreditar el pago de derechos por servicios, en consonancia con las leyes fiscales vigentes. TRASPASO Solicitud mediante la cual se efectúa la transferencia de la titularidad de un vehículo de motor O arrastre hecha al Secretario, de una persona O entidad a otra.
Regl. 6263, art. XIII-V: Reglamento para establecer el procedimiento para el cobro de derechos mediante comprobantes de pago, sellos de rentas internas, o cualquier otro mecanismo de pago. | Justis AI