Regl. 6265, art. I-IV
Reglamento del Cuerpo de Ordenamiento del Tránsito.
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Cite as Reglamento Núm. 6265, Art. I-IV
DEFINICIONES
Los siguiente términos tendrán los significados que a continuación se
indican:
Area Metropolitana de San Juan - delimitación geográfica establecida
por la Junta de Planificación para el área urbana de la sección norte de Puerto
Rico.
Cuerpo de Ordenamiento de Tránsito (COT) - cuerpo de empleados O
funcionarios del Departamento cuya función primordial es expedir boletos por
faltas administrativas de tránsito relacionadas con el estacionamiento ilegal de
vehÃculos de motor en el Area Metropolitana de San Juan y atender las labores
administrativas relacionadas con esta función. Además podrán dar tránsito en
áreas asà determinadas por el Secretario O el Director Ejecutivo del
Departamento de Transportación y Obras Públicas.
Departamento Departamento de Transportación y Obras Públicas.
Estacionamiento llegal - estacionar, parar O detener un vehÃculo con O
sin ocupantes cuando no exista la intención de continuar inmediatamente su
marcha en lugares que la Ley Núm. 141, SUPRA, lo prohiba.
Secretario - Secretario de Transportación y Obras Públicas.