Regl. 6267, art. III-VII

CAUSAS PARA DENEGAR, SUSPENDER O REVOCAR

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Cite as Reglamento Núm. 6267, Art. III-VII

El Secretario denegará, suspenderá 0 cancelará la inscripción de un traspaso de un vehículo de motor 0 arrastre en los siguientes casos: a) Cuando la inscripción resultare en violación de esta Ley O cualquier otra ley 0 reglamento aplicable. b) Cuando la información suministrada en el documento O documentos de traspaso fuere falsa O insuficiente. c) Cuando no se cumplieren los requisitos que para el traspaso de vehículos de motor O arrastres se establecen en esta Ley. d) Cuando no hubiesen pagado los derechos de inscripción del traspaso O el vehículo estuviese gravado con cualquier tipo de gravamen.
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