Regl. 6267, art. III-VII
CAUSAS PARA DENEGAR, SUSPENDER O REVOCAR
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Cite as Reglamento Núm. 6267, Art. III-VII
El Secretario denegará, suspenderá 0 cancelará la inscripción de un
traspaso de un vehículo de motor 0 arrastre en los siguientes casos:
a)
Cuando la inscripción resultare en violación de esta Ley O cualquier
otra ley 0 reglamento aplicable.
b) Cuando la información suministrada en el documento O
documentos de traspaso fuere falsa O insuficiente.
c)
Cuando no se cumplieren los requisitos que para el traspaso de
vehículos de motor O arrastres se establecen en esta Ley.
d)
Cuando no hubiesen pagado los derechos de inscripción del
traspaso O el vehículo estuviese gravado con cualquier tipo de
gravamen.