Regl. 6271, art. II

Reglamento para reglamentar la inspección de vehículos de motor, la certificación de estaciones oficiales y personal

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Cite as Reglamento Núm. 6271, Art. II

BASE LEGAL Este Reglamento se promulga en virtud de la facultad que le confiere al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico" y de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimientos Administrativos Uniformes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
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