Regl. 6271, art. V-VII

REQUISITOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE

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Cite as Reglamento Núm. 6271, Art. V-VII

ESTACIONES Y PERSONAL DE INSPECCIÓN Las personas naturales O jurídicas O agencias gubernamentales, interesadas en establecer una estación oficial de inspección deberán complementar la solicitud que al efecto se proveerá, la cual debe estar preaprobada y acompañarla con los siguientes requisitos: 1. Certificado Negativo de Antecedentes Penales, que no exceda de seis (6) meses su fecha de expedición. 2. Copia certificada de la última planilla de contribución sobre ingresos O certificación negativa del Departamento de Hacienda. 3. Evidencia del número de identificación patronal O seguro social, según aplique. 4. Dos (2) cartas de recomendación sobre la reputación moral del peticionario y su personal, emitidas por personas 0 instituciones reconocidas en la comunicad. 5. Evidencia de posesión de la facilidad O contrato de arrendamiento. 6. Permiso de uso permanente de la facilidad expedido por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). 7. Endoso expedido por el Departamento para los accesos a la propiedad donde ubicará el negocio. 8. De tener obligación alimentaria presentará una Certificación de Cumplimiento de la Administración para Sustento de Menores (ASUME), O una Declaración Jurada ante notario donde se haga 10 constar que esta cumpliendo con sus responsabilidades alimentarias. 9. Copia del plano O croquis de las facilidades 0 estructura. a. La estructura deberá ser fija, protegida, que cumpla con toda norma de seguridad establecida bajo leyes, reglamentos federales y estatales según apliquen, construcción en hormigón, acero O aluminio, techada en aluminio, acero galvanizado, hormigón u otro material certificado por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). b. Deberá tener iluminación, ventilación adecuada, extractores de aire y extintores, las instalaciones eléctricas deberán cumplir con los códigos establecidos por el Colegio de Peritos Electricistas de Puerto Rico y con las normas de seguridad requeridas para el tipo de estructura. C. La oficina deberá tener sala para espera y archivos de metal, estos aprueba de fuego. d. La facilidad deberá tener dimensiones de catorce 14 pies de ancho por (X) treinta 30 pies de largo por (X) catorce 14 pies de alto y será debidamente identificada con un rotulo que indique, "Estación Oficial de Inspección" y su número de autorización, a ser mostrado en un lugar visible del negocio. e. El área de estacionamiento deberá estar totalmente pavimentado en concreto O asfalto O algún otro material con 11 características monolíticas, área no menor de 4,000 pies cuadrados para una capacidad no menos de diez (10) vehículos de motor. 10. Fotografías con tamaño de 8" X 10" de la facilidad, del lateral derecho e izquierdo del frente y de la parte trasera. 11. Evidencia de la Patente Municipal O solicitud de ésta. 12. Fianza O Póliza no menor de veinte mil (20,000) dólares para responder a los daños a la propiedad y por ocurrencia de cualquier accidente que surja durante el proceso de inspección. 13. Rótulo donde se indique la advertencia y penalidades por eliminar, alterar O modificar el convertidor catalítico y piezas relacionadas sin hacer el correspondiente reemplazo. 14. Evidenciar la disponibilidad de no menos de dos (2) aspirantes a mecánicos de inspección por estación. 15. Comprobante de Rentas Internas (SC-848) por veinticinco (25) dólares para el certificado de autorización de la estación oficial de inspección. 16. Evidencia de haber adquirido todo el equipo requerido para utilizarse en las inspecciones. a. Decelerómetro O plataforma 0 dinamómetro, medidor O micrómetro para disco o tambores. 12 b. Plataforma fija O dinámica O máquina de alinear, medidor de tolerancia articulación esférica O junta de rotular y medidor del juego del guía O regla de doce (12) pulgadas. C. Máquina para medir balance tipo dinámico O de burbuja 0 electrónico, medidor presión de aire y de profundidad de las ranuras de las llantas. d. Analizador de gases para medir emisiones u opacidad, según corresponda. El mismo deberá ser recertificado dos veces al año en el formulario que disponga el Secretario. e. Medidor de alineación e intensidad de las luces. f. Rampas, elevadores y sistema de gatos. 17. Todo aspirante previo a su certificación deberá cumplir con lo siguiente: a. Certificado de Técnico O mecánico automotriz expedido por la Junta Examinadora de Técnicos Automotrices de Puerto Rico O evidencia de haber aprobado un curso de mecánica automotriz por una institución académica acreditada en Puerto Rico. b. Certificado de haber aprobado un curso sobre el sistema control de emisión de gases de una institución académica acreditada en Puerto Rico. C. Aprobar el examen que ofrece el Departamento. d. Poseer licencia de conducir vigente de acuerdo a la categoría de la Estación. 13 e. Tres (3) fotografías tamaño 2" X 2" recientes, de frente y sin sombrero. f. Comprobante de Rentas Internas (SC-848) por cinco (5) dólares por cada aspirante a mecánico de inspección. 18. Comprobante de Rentas Internas (SC-848) por cinco (5) dólares para tarjeta de identificación del mecánico O técnico automotriz del taller. 19. Certificación de cumplimiento de los requisitos de cubierta de la póliza expedido por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, y cuya fecha de expedición deberá ser próxima a la solicitud.
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