Regl. 6272, art. VII dup2
Reglamento para reglamentar los negocios de gestorías de licencias.
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Cite as Reglamento Núm. 6272, Art. VII dup2
REQUISITOS PARA OBTENER LA
CERTIFICACIÓN COMO AGENTE AUTORIZADO
PARA EL NEGOCIO DE GESTORÍA
Toda persona que interese obtener una certificación como agente
autorizado en un negocio de gestoría, deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
1.
Someter al CESCO correspondiente la Solicitud como Agente
Autorizado en un negocio de Gestoría, DTOP-821, debidamente
complementada y juramentada donde haga constar el nombre y el
número de identificación patronal O número de seguro social del
Gestor para el cual trabajará y la dirección de la oficina principal de
éste.
2.
Presentar tres (3) fotografías tamaño 2" X 2" de frente, sin
sombrero, sin uniforme y sin gafas oscuras, y una carta de
credencial designándole como agente, firmada por el Gestor.
3.
Registrar la firma en el Registro provisto por la Directoria de
Servicios al Conductor.
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4.
Presentar dos (2) cartas de recomendación que destaquen el
sentido de responsabilidad del peticionario, emitidas por personas
de reconocida reputación en la comunidad.
5.
Someter un Certificado de Antecedentes Penales emitido por la
Policía de Puerto Rico. Dicho certificado no podrá tener más de
seis (6) meses de expedido previo a la radicación de la solicitud.
6.
Presentar un Comprobante de Rentas Internas (SC-848), por la
cantidad de diez (10) dólares para la tarjeta de Agente Autorizado.
Este se someterá una vez se notifique la aprobación de la solicitud
O de la renovación, según corresponda.