Regl. 6274, art. XII dup2

Reglamento de Normas y requisitos para obtener y renovar la licencia de concesionario de vehículos de motor y arrastres.

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Cite as Reglamento Núm. 6274, Art. XII dup2

TRANSACCIONES CON NEGOCIOS DEDICADOS A LA COMPRA O VENTA DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y ARRASTRES A. Para cualquier cesión O venta de negocios dedicados a la compra O venta de vehículos de motor se establece lo siguiente: 1. El cedente O vendedor vendrá obligado a devolver al CESCO correspondiente la licencia de concesionario y distribuidor, permisos provisionales de vehículos de motor, tablillas y marbetes no utilizados que le fueron asignados para operar el negocio y la tarjeta de identificación del Agente O Representante Autorizado. 2. El adquiriente, deberá radicar una solicitud de licencia de concesionario ó distribuidor de vehículos de motor y arrastres, al efecto, y cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo VII y someter copia del contrato de venta O cesión. 3. El nuevo adquiriente, una vez le sea expedida su Licencia de Concesionario de Vehículos de Motor y Arrastres, deberá solicitar 19 los permisos de vehículos de motor, nueva tablillas y marbetes necesarios para operar el negocio. B. En caso de mudanza el concesionario notificará con treinta (30) días de anticipación al Secretario. 1. El concesionario deberá cumplir con los requisitos (1), (2), (8), (12), (13), (14) y (17) del Artículo VIII, A de este reglamento. La solicitud será evaluada e investigada. 2. El distribuidor deberá cumplir con los requisitos (1), (2), (6), (9), (10), (12) y (14) del Artículo VIII, C de este Reglamento. 3. De cumplir con todos los requisitos el Secretario aprobará la solicitud y emitirá una nueva licencia. C. Cuando el concesionario O distribuidor autorizado decida vender, ceder, permutar O cerrar operaciones vendrá obligado a notificar al Secretario con treinta (30) días de anticipación y devolver al CESCO la licencia de concesionario O distribuidor, permisos de vehículos, tablillas, marbetes asignados y tarjeta de identificación del agente autorizado. Deberá satisfacer toda deuda pendiente de multas administrativas con el Departamento de Hacienda y someter por escrito la siguiente información: 1. Nombre, dirección residencial, postal y teléfono de la persona encargada O representante ante el CESCO para todos los fines de liquidación y fecha aproximada de la acción a tomar. 20 los permisos de vehículos de motor, nueva tablillas y marbetes necesarios para operar el negocio. B. En caso de mudanza el concesionario notificará con treinta (30) días de anticipación al Secretario. 1. El concesionario deberá cumplir con los requisitos (1), (2), (8), (12), (13), (14) y (17) del Artículo VIII, A de este reglamento. La solicitud será evaluada e investigada. 2. El distribuidor deberá cumplir con los requisitos (1), (2), (6), (9), (10), (12) y (14) del Artículo VIII, C de este Reglamento. 3. De cumplir con todos los requisitos el Secretario aprobará la solicitud y emitirá una nueva licencia. C. Cuando el concesionario O distribuidor autorizado decida vender, ceder, permutar O cerrar operaciones vendrá obligado a notificar al Secretario con treinta (30) días de anticipación y devolver al CESCO la licencia de concesionario O distribuidor, permisos de vehículos, tablillas, marbetes asignados y tarjeta de identificación del agente autorizado. Deberá satisfacer toda deuda pendiente de multas administrativas con el Departamento de Hacienda y someter por escrito la siguiente información: 1. Nombre, dirección residencial, postal y teléfono de la persona encargada O representante ante el CESCO para todos los fines de liquidación y fecha aproximada de la acción a tomar. 20 2. Nombre, dirección física y postal de la casa financiadora 0 firma acreedora de las obligaciones de concesionario relacionadas con la compra y venta de vehículos. 3. Lista de las últimas transacciones de venta, incluyendo nombre, dirección postal y residencial de los clientes. 4. Certificación notariada haciendo constar que ha radicado todos los documentos necesarios para registrar las últimas ventas. 5. Nombre de la compañía de fianzas que responderá por cualquier reclamación presentada en un periodo de un año.
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