Regl. 6277, art. IV-VII

Reglamento para establecer los requisitos para expedición, renovación, cambio de categoría o de nombre, duplicado, reciprocidad de certificado de licencia de conducir y endoso especial para transportar materiales y sustancias peligrosas

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Cite as Reglamento Núm. 6277, Art. IV-VII

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN, RENOVACIÓN, CAMBIO DE CATEGORÍA o DE NOMBRE, DUPLICADO Y RECIPROCIDAD DEL CERTIFICADO DE LICENCIA DE CONDUCIR A toda persona que acuda a un CESCO de la Directoria de Servicios al Conductor se le tramitará cualesquiera de las siguientes transacciones relacionadas con el certificado de licencia de conducir vehículos de motor, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos para cada tramite, según se indican a continuación: A. Requisitos Generales 1. Cumplimentar el formulario DTOP-775, Solicitud del Certificado de Licencia de Conducir. 2. Saber leer y escribir español 0 inglés, excepto en los casos contemplados en el Artículo 3.07 de la "Ley de Vehículos y Transito de Puerto Rico". 3. Haber cumplido dieciocho (18) años de edad, excepto en los casos contemplados en el inciso (c) del Artículo 3.06 de la ley antes mencionada. 4. Que en el Certificado Médico presentado, no tenga más de 2 años de expedido y se haga constar que está física y mentalmente capacitado para conducir vehículos de motor y 10 que el mismo haya sido expedido por un médico que ejerza la medicina en Puerto Rico, cuya licencia para ejercer la medicina este vigente. 5. Sellos de rentas internas según la transacción solicitada y de acuerdo el Artículo 24.02 de la Ley antes mencionada. 6. Dos (2) fotografías recientes, sin sombrero O pañuelo que oculte la cabeza; salvo en los casos que se autorice lo contrario; sin uniforme y con lentes correctivos cuando el Certificado Médico indique que debe usarlos. 7. Certificado de ASUME, si aplica. 8. Original y copia de certificado de nacimiento, fe de bautizo, certificado de matrimonio; pasaporte. 9. Satisfacer cualquier multa administrativa pendiente de pago. B. Requisitos para la Expedición de Certificado de Licencia de Aprendizaje 1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo. 2. Aprobar el examen teórico. C. Requisitos para Expedición del Certificado de Aprendizaje a Personas que no Saben Leer ni Escribir 1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo. 2. Documentos acreditativos O fehacientes que evidencie que no sabe leer ni escribir español O inglés, O que sabe, pero con limitaciones en la rapidez O interpretación que le impidan aprobar el examen escrito. 3. Aprobar el curso y exámen oral ofrecido por el Departamento. D. Requisitos para Expedición de Certificado de Licencia de Conducir 11 1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Artículo, Incisos (1), (2), (5), (6), (7) y (9), y Certificado Médico si el anterior tiene más de dos años de expedido. 2. Poseer licencia de aprendizaje vigente. 3. Sello de Rentas Internas por valor de un ($1.00) dólar para cumplir con la Ley Núm. 153, según enmendada, conocida como "Ley de Donación de Órganos Anatómicas, si es mayor de 18 años. 4. Para categorías de vehículos pesados deberá someter un certificado de un oftalmólogo u optómetra, donde haga constar que no tiene limitaciones visuales que le impidan conducir. 5. Haber aprobado el examen práctico.. E. Requisitos para Renovación de Certificado de Licencia de Conducir 1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Artículo, excepto los Incisos (2), (3) y (8). F. Requisitos para Duplicado de Certificado de Licencia, por Pérdida, Hurto 0 Destrucción 1. Cumplir con la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo, Incisos (1), (5), (6), (7) y (9). 2. Declaración Jurada ante Notario Público Autorizado haciendo constar las circunstancias de la perdida, destrucción o hurto del certificado, del cual solicita al Secretario el duplicado. El solicitante deberá hacer constar, además, que dicho certificado no le fue ocupado por la Policía, ni suspendida, ni revocada por ningún Tribunal de Justicia. Además, debe indicar el número 12 del Certificado de Licencia de Conducir, categoría asignada por el Secretario y su número de seguro social. 3. En caso de hurto deberá incluir el número de la querella de la Policía. G. Requisitos para Cambio de Nombre en el Certificado 1- Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo, Incisos (5), (6), (7) y (9). 2- Declaración Jurada firmada ante Notario Público Autorizado haciendo constar las razones que motivan su petición, la cual deberá estar acompañada de uno de los siguientes documentos: a- Escritura de Reconocimiento. b- Sentencia o resolución del Tribunal. C- Certificado de Nacimiento. d- Cualquier otro documento debidamente autenticado. H. Requisitos para Cambio de Dirección 0 Deterioro 1- Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, de este Artículo, Incisos (6), (7) y (9), si aplica. 2- Completar el formulario DTOP-665. I. Requisitos para Cambio de Categoría 1- Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo, excepto el Inciso (8). 2- El certificado de conducir del solicitante debe estar vigente. 3- En los casos en donde solicite cambio de categoría mediante convalidación a una de vehículos pesados de motor tipo I, II, III 0 conducir remolcador con arrastre O semiarrastre y que la licencia 13 que posea haya sido expedida antes del 7 de enero de 2001, deberá cumplir además con lo siguiente: a. Certificado de un Oftalmólogo u Optómetra b. Récord de conductor en donde refleje que durante los últimos tres (3) años no ha tenido convicciones de delitos menos grave relacionados a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico O más de cuatro (4) multas de movimiento en los últimos dos (2) años de las que se clasifican con un mínimo de cuatro (4) puntos en la escala de evaluación. C. Declaración Jurada en donde solicita el cambio de categoría de vehículos pesados al tipo solicitado, número de certificado de licencia de conducir, número de seguro social y hacer constar su (s) experiencia (s) y lugar (es) de trabajo. Deberá indicar que incluye las certificaciones de empleo 0 experiencias de trabajo que demuestre el uso, control y manejo de vehículos de motor detallando el vehículo utilizado por un periodo no menor de 180 días, satisfactoriamente O certificado acreditativo de una Escuela de Conductores certificada por nuestro Departamento en esta enseñanza. d. Los conductores que solicitan cambios de categoría a vehículos pesados O conducir remolcador con arrastre 0 semiarrastre después del 7 de enero de 2001, deberán cumplir con lo dispuesto en este Artículo. e. Aprobar exámen teórico. J. Requisitos para Reciprocidad de Certificado de Licencia para Personas no Residentes. 14 1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, de este Artículo, Incisos (1), (5) y (6). 2. Poseer licencia vigente de cualquier estado, territorio 0 país extranjero con acuerdo de reciprocidad parcial 0 total, de la siguiente forma: a. Si la reciprocidad es parcial deberá tomar y aprobar el examen teórico. b. Si la reciprocidad es completa, no tendrá que tomar examen teórico 0 práctico. 3. Si la licencia está vencida deberá tomar y aprobar ambos exámenes, sin que se expida licencia de aprendizaje 4. Deberá entregar la licencia de conducir que posea al momento de recibir el certificado de licencia. 5. El aspirante que sea poseedor de una licencia de conducir expedida por las Fuerzas Armadas de los Estado Unidos, vendrá obligado a tomar el examen teórico y práctico, sin necesidad de obtener licencia de aprendizaje.
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