Regl. 6277, art. IV-VII
Reglamento para establecer los requisitos para expedición, renovación, cambio de categoría o de nombre, duplicado, reciprocidad de certificado de licencia de conducir y endoso especial para transportar materiales y sustancias peligrosas
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Cite as Reglamento Núm. 6277, Art. IV-VII
REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN, RENOVACIÓN,
CAMBIO DE CATEGORÍA o DE NOMBRE, DUPLICADO Y
RECIPROCIDAD DEL CERTIFICADO DE LICENCIA DE
CONDUCIR
A toda persona que acuda a un CESCO de la Directoria de
Servicios al Conductor se le tramitará cualesquiera de las siguientes
transacciones relacionadas con el certificado de licencia de conducir
vehículos de motor, siempre y cuando se cumpla con los requisitos
establecidos para cada tramite, según se indican a continuación:
A. Requisitos Generales
1. Cumplimentar el formulario DTOP-775, Solicitud del Certificado
de Licencia de Conducir.
2. Saber leer y escribir español 0 inglés, excepto en los casos
contemplados en el Artículo 3.07 de la "Ley de Vehículos y
Transito de Puerto Rico".
3. Haber cumplido dieciocho (18) años de edad, excepto en los
casos contemplados en el inciso (c) del Artículo 3.06 de la ley
antes mencionada.
4. Que en el Certificado Médico presentado, no tenga más de 2
años de expedido y se haga constar que está física y
mentalmente capacitado para conducir vehículos de motor y
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que el mismo haya sido expedido por un médico que ejerza la
medicina en Puerto Rico, cuya licencia para ejercer la medicina
este vigente.
5. Sellos de rentas internas según la transacción solicitada y de
acuerdo el Artículo 24.02 de la Ley antes mencionada.
6. Dos (2) fotografías recientes, sin sombrero O pañuelo que
oculte la cabeza; salvo en los casos que se autorice lo
contrario; sin uniforme y con lentes correctivos cuando el
Certificado Médico indique que debe usarlos.
7. Certificado de ASUME, si aplica.
8. Original y copia de certificado de nacimiento, fe de bautizo,
certificado de matrimonio; pasaporte.
9. Satisfacer cualquier multa administrativa pendiente de pago.
B. Requisitos para la Expedición de Certificado de Licencia de
Aprendizaje
1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A,
Requisitos Generales, de este Articulo.
2. Aprobar el examen teórico.
C. Requisitos para Expedición del Certificado de Aprendizaje a Personas
que no Saben Leer ni Escribir
1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A,
Requisitos Generales, de este Articulo.
2. Documentos acreditativos O fehacientes que evidencie que no
sabe leer ni escribir español O inglés, O que sabe, pero con
limitaciones en la rapidez O interpretación que le impidan
aprobar el examen escrito.
3. Aprobar el curso y exámen oral ofrecido por el Departamento.
D. Requisitos para Expedición de Certificado de Licencia de Conducir
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1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A,
Requisitos Generales, de este Artículo, Incisos (1), (2), (5), (6),
(7) y (9), y Certificado Médico si el anterior tiene más de dos
años de expedido.
2. Poseer licencia de aprendizaje vigente.
3. Sello de Rentas Internas por valor de un ($1.00) dólar para
cumplir con la Ley Núm. 153, según enmendada, conocida
como "Ley de Donación de Órganos Anatómicas, si es mayor
de 18 años.
4. Para categorías de vehículos pesados deberá someter un
certificado de un oftalmólogo u optómetra, donde haga constar
que no tiene limitaciones visuales que le impidan conducir.
5. Haber aprobado el examen práctico..
E. Requisitos para Renovación de Certificado de Licencia de Conducir
1. Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A,
Requisitos Generales, de este Artículo, excepto los Incisos
(2), (3) y (8).
F. Requisitos para Duplicado de Certificado de Licencia, por Pérdida,
Hurto 0 Destrucción
1. Cumplir con la Parte A, Requisitos Generales, de este Articulo,
Incisos (1), (5), (6), (7) y (9).
2. Declaración Jurada ante Notario Público Autorizado haciendo
constar las circunstancias de la perdida, destrucción o hurto del
certificado, del cual solicita al Secretario el duplicado. El
solicitante deberá hacer constar, además, que dicho certificado
no le fue ocupado por la Policía, ni suspendida, ni revocada por
ningún Tribunal de Justicia. Además, debe indicar el número
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del Certificado de Licencia de Conducir, categoría asignada por
el Secretario y su número de seguro social.
3. En caso de hurto deberá incluir el número de la querella de la
Policía.
G. Requisitos para Cambio de Nombre en el Certificado
1-
Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A,
Requisitos Generales, de este Articulo, Incisos (5), (6), (7) y
(9).
2-
Declaración Jurada firmada ante Notario Público Autorizado
haciendo constar las razones que motivan su petición, la
cual deberá estar acompañada de uno de los siguientes
documentos:
a-
Escritura de Reconocimiento.
b-
Sentencia o resolución del Tribunal.
C-
Certificado de Nacimiento.
d-
Cualquier otro documento debidamente autenticado.
H. Requisitos para Cambio de Dirección 0 Deterioro
1- Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, de este
Artículo, Incisos (6), (7) y (9), si aplica.
2- Completar el formulario DTOP-665.
I.
Requisitos para Cambio de Categoría
1- Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, Requisitos
Generales, de este Articulo, excepto el Inciso (8).
2- El certificado de conducir del solicitante debe estar vigente.
3- En los casos en donde solicite cambio de categoría mediante
convalidación a una de vehículos pesados de motor tipo I, II, III 0
conducir remolcador con arrastre O semiarrastre y que la licencia
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que posea haya sido expedida antes del 7 de enero de 2001,
deberá cumplir además con lo siguiente:
a.
Certificado de un Oftalmólogo u Optómetra
b.
Récord de conductor en donde refleje que durante los
últimos tres (3) años no ha tenido convicciones de delitos
menos grave relacionados a la Ley de Vehículos y Tránsito
de Puerto Rico O más de cuatro (4) multas de movimiento en
los últimos dos (2) años de las que se clasifican con un
mínimo de cuatro (4) puntos en la escala de evaluación.
C.
Declaración Jurada en donde solicita el cambio de categoría
de vehículos pesados al tipo solicitado, número de
certificado de licencia de conducir, número de seguro social
y hacer constar su (s) experiencia (s) y lugar (es) de trabajo.
Deberá indicar que incluye las certificaciones de empleo 0
experiencias de trabajo que demuestre el uso, control y
manejo de vehículos de motor detallando el vehículo
utilizado por un periodo no menor de 180 días,
satisfactoriamente O certificado acreditativo de una Escuela
de Conductores certificada por nuestro Departamento en
esta enseñanza.
d.
Los conductores que solicitan cambios de categoría a
vehículos pesados O conducir remolcador con arrastre 0
semiarrastre después del 7 de enero de 2001, deberán
cumplir con lo dispuesto en este Artículo.
e.
Aprobar exámen teórico.
J.
Requisitos para Reciprocidad de Certificado de Licencia para
Personas no Residentes.
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1.
Cumplir con los requisitos establecidos en la Parte A, de
este Artículo, Incisos (1), (5) y (6).
2.
Poseer licencia vigente de cualquier estado, territorio 0 país
extranjero con acuerdo de reciprocidad parcial 0 total, de la
siguiente forma:
a.
Si la reciprocidad es parcial deberá tomar y aprobar
el examen teórico.
b.
Si la reciprocidad es completa, no tendrá que tomar
examen teórico 0 práctico.
3.
Si la licencia está vencida deberá tomar y aprobar ambos
exámenes, sin que se expida licencia de aprendizaje
4.
Deberá entregar la licencia de conducir que posea al
momento de recibir el certificado de licencia.
5.
El aspirante que sea poseedor de una licencia de conducir
expedida por las Fuerzas Armadas de los Estado Unidos,
vendrá obligado a tomar el examen teórico y práctico, sin
necesidad de obtener licencia de aprendizaje.