Regl. 6278, art. VI dup2
Reglamento para establecer los requisitos de expedición, supervisión y revocación de licencia de concesionario especial.
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Cite as Reglamento Núm. 6278, Art. VI dup2
REQUISITOS PARA EXPEDIR, RENOVAR Y DUPLICAR
LA LICENCIA PARA CONCESIONARIOS ESPECIALES
A.
Toda persona que interese obtener una licencia de Concesionario
Especial deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1-
Solicitud para licencia de Concesionario Especiales, debidamente
complementada y juramentada ante notario público.
2-
Certificado de permiso de uso del solar, expedido por la
Administración de Reglamentos y Permiso (ARPE), O entidad
facultada en Ley.
3-
Estado de situación financiera, certificado por un Contador Público
Autorizado (CPA) capital mÃnimo de Quince Mil ($15,000) dólares.
4-
Dos (2) cartas de recomendación sobre la reputación moral del
peticionario.
5-
Certificado de incorporación expedido por el Departamento de
Estado O contrato de sociedad debidamente formalizado. Deberá
evaluar nombre, dirección y tÃtulo de cada oficial 0 socio (si aplica).
6-
Copia certificada de los últimos cinco (5) años de la planilla de
Contribución sobre Ingresos O Certificación Negativa del
Departamento de Hacienda O plan de pago de Hacienda en caso
de deuda.
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7-
Certificado de Antecedentes Penales del solicitante expedido por la
PolicÃa de Puerto Rico y en caso de corporación de cada uno de
los miembros de la Junta de Directores, además del agente a ser
autorizado. Dicho certificado no podrá exceder de seis (6) meses
de expedido previo a la radicación de la solicitud.
8-
Endoso para los accesos a la propiedad a dedicarse al negocio de
compra y venta de vehÃculos de motor y arrastres, expedido por el
Departamento.
9-
Evidencia del número de identificación patronal O seguro social,
según aplica.
10- De tener obligación alimentaria presentará una certificación de
cumplimiento de la Administración para el Sustento de Menores
(ASUME).
11-
Carta credencial en la cual se designa al Agente ante el
Departamento, firma a registrarse y tres (3) fotografÃas 2" X 2",
recientes de frente, sin sombrero y sin gafas oscuras.
12-
Solar totalmente cercado y pavimentado en asfalto, hormigón u
otro material con caracterÃsticas monolÃsticas con capacidad para
doce vehÃculos.
13-
Facilidades de oficina en área no menor de cuarenta y tres punto
ochenta y tres (43.83) metros cuadrados, con servicio sanitario que
cumpla con accesos para personas con impedimento fÃsico.
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14- FotografÃas tamaño mÃnimo 8"X 10" de toda edificación: de los
laterales de frente y de la parte trasera.
15- Evidencia de pago de la Patente Municipal.
16- Copia de Licencias de Rentas Internas para mercadear vehÃculos
de motor O arrastres.
AI notificarle la aprobación cumplirá con lo siguiente:
17-
Fianza mÃnima de veinticinco ($25,000) mil dólares.
18- Sello O comprobante de Rentas Internas por valor de cincuenta
($50.00) dólares.
19-
Certificación de cumplimiento de los requisitos de cubierta de la
Póliza expedida por la Corporación del Fondo del Seguro del
Estado (si corresponde).
B. Renovación
El concesionario especial autorizado cumplirá con los siguientes
requisitos:
1-
Radicar la solicitud con treinta (30) dÃas de anticipación a la fecha
de vencimiento con los documentos 6, 7, 10 y del 16 al 20 del
ArtÃculo V de este Reglamento.
C.
Duplicado
El Secretario podrá expedir duplicado de licencia de Concesionarios
Especiales y tarjeta de identificación del agente O representante autorizado en
caso de hurto, destruido O extraviados, previa presentación al CESCO
correspondiente de los siguientes documentos:
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1-
Declaración jurada notariada donde haga constar las
circunstancias de la pérdida, hurto 0 destrucción del documento.
2-
Sello de Rentas Internas por la cantidad de cinco ($5.00) dólares
por cada duplicado.
3-
Tres (3) fotografÃas 2"X 2" para tarjeta de identificación del agente
O representante autorizado.