Regl. 6284, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 6284, Art. 2
Este Reglamento se emite a tono con las disposiciones contenidas en los
estatutos detallados a continuación:
A.
Artículo 14 de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según
enmendada, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996".
B.
Sección 2.5 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo
Uniforme del Estado Libre Asociado".
C.
Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según enmendada, conocida
como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico".
D.
Ley Núm. 89 de 12 de julio de 1979, según enmendada, conocida como
"Ley de Retribución Uniforme".
E.
Reglamento de Personal de la Policía de Puerto Rico.
F.
Reglamento de Retribución Uniforme de 7 de julio de 1984.
2
Artículo
3.
Propósito
El propósito de este Reglamento es establecer las normas y procedimientos a
seguir en la concesión de pagos suplementarios, diferenciales y bonificaciones a
empleados de la Policía de Puerto Rico, a tenor con los estatutos vigentes.