Regl. 6301, art. 13
Entrevista Individual
Length: 1,025 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6301, Art. 13
a. Como parte del proceso de selección de candidatos para
empleo en puestos en el Servicio de Carrera en la Oficina se
requerirá, además del examen escrito o práctico, cuando
aplique, una entrevista individual para evaluar las destrezas y
habilidades del candidato en áreas no cubiertas por los
instrumentos de medición utilizados.
b. Durante la entrevista individual se podrá evaluar el desempeño
del candidato en todos o algunos de los siguientes criterios:
1. Expresión oral
Se evaluará la habilidad para comunicar ideas en forma
clara y precisa, utilizando un vocabulario propio de su
campo profesional.
2. Destrezas interpersonales
Se evaluará la habilidad para expresar opiniones de tal
forma que no se afecte la cordialidad y el respeto que
demuestra hacia las demás personas.
3. Comunicación asertiva
Se evaluará la habilidad de la persona para comunicarse
con otros y si proyecta seguridad en sí misma.
32-01-03
4. Habilidad para trabajar en equipo
Se evaluará la habilidad para colaborar y comunicarse con
otras personas con el propósito de lograr los objetivos
organizacionales.
5. Capacidad para trabajar bajo presión
Comprende la habilidad para actuar con equilibrio y ser
efectivo sin dejarse influir por las presiones o las tensiones
del momento.
6. Juicio independiente
Se refiere al uso apropiado del juicio y criterio propio en la
solución de problemas.
c. La entrevista individual para la clase de Auditor Asistente
(Ingreso) la llevará a cabo un panel de entrevistadores designado
por el Contralor, compuesto por no menos de tres (3) miembros de
las divisiones de auditoría. En estos casos uno de los miembros
del panel actuará de moderador y será responsable de que la
entrevista se realice conforme al procedimiento establecido
administrativamente, con la mayor formalidad y seriedad. En los
casos de las divisiones de apoyo, la entrevista se llevará a cabo por
uno o más funcionarios designados por el Contralor.
d. Los temas que se utilicen o las preguntas que se formulen deberán
cumplir con los siguientes requisitos generales:
1. Que sean justas y razonables y que puedan ser contestadas en
un período corto de tiempo.
32-01-04
2. Que no tengan un contenido que pueda ser ofensivo a algún
candidato. No se harán preguntas sobre aspectos de índole
personal.
3. Que generen la suficiente controversia para que pueda haber
más de un punto de vista al respecto.
4. Que no requieran experiencia o conocimientos altamente
especializados para poder contestarlas.
e. Los entrevistadores evaluarán individualmente al candidato
utilizando el sistema de puntuación y los formularios que adopte
la Oficina.
f. Cada criterio será evaluado por los entrevistadores conforme a la
siguiente escala:
1.
Excelente
Dominio muy por encima de lo requerido
para el puesto.
2. Bueno
Dominio por encima de lo requerido para el
puesto.
3.
Adecuado
Alcanza lo mínimo requerido para el puesto.
4. Poco adecuado - No alcanza el nivel mínimo requerido para el
puesto.
g. Para determinar el nivel de ejecución, el entrevistador debe tener
presente las destrezas y habilidades requeridas para el desempeño
satisfactorio de las funciones del puesto para el cual se evalúa el
32-01-05
candidato, independientemente del área de trabajo a la cual esté
asignado el entrevistador.
h. Cuando la entrevista sea en panel la puntuación o nota del
candidato en la entrevista será el promedio entre las puntuaciones
dadas por los distintos entrevistadores.
i. Se establecerá administrativamente una nota para cualificar que
corresponderá a una ejecución general de adecuado en la escala de
evaluación. Si el candidato obtiene una puntuación inferior a la
establecida administrativamente para cualificar, será inelegible
para el puesto.
j. La nota obtenida por el candidato durante la entrevista individual
será utilizada por la División de Recursos Humanos para establecer
el orden en que los candidatos serán seleccionados para empleo.
k. Todo candidato será informado antes de comenzar el proceso de
entrevista sobre los criterios, escala de evaluación, sistema de
puntuación y nota requerida para cualificar. Será notificado,
también, del resultado de su entrevista.
1. La notificación sobre el resultado de la entrevista será por escrito e
incluirá información respecto al derecho del candidato a revisar e
inspeccionar el expediente de la evaluación y la nota obtenida
durante la entrevista. También indicará que el aspirante tendrá
derecho a solicitar revisión ante el Contralor.
32-01-06
m. Los candidatos podrán solicitar por escrito la revisión de su nota o
de su ineligibilidad, dentro de los quince (15) días siguientes a la
fecha del matasellos de correo de la notificación. Cualquier error
en la nota adjudicada será corregido, pero dicha corrección no
invalidará ningún nombramiento ya efectuado.
n. El Contralor o el funcionario en quién él delegue, luego de
examinar el expediente de la evaluación, de entrevistar al
candidato y a los entrevistadores, podrá confirmar el resultado de
la entrevista u ordenar que se le conceda al candidato otra
entrevista ante un panel de entrevistadores distinto.
O. Los candidatos que resulten inelegibles serán advertidos de su
derecho a apelar ante la Junta de Apelaciones de la Oficina, según
se indica en el Artículo 8b de este Reglamento.
p. Todo el proceso de entrevista individual, incluyendo los
documentos de evaluación preparados por los entrevistadores, será
de naturaleza confidencial. Cualquier violación a la
confidencialidad de este proceso podrá ser considerada como una
infracción a las normas de conducta establecidas en el Reglamento
Núm. 10, Reglamento para la Administración del Sistema de
Personal de la Oficina del Contralor.
b. Los Artículos 13 al 19 se renumeran como Artículos 14 al 20,
respectivamente.
32-01-07
c. Se enmienda el Apartado b del Artículo 15 (ahora Artículo 16) para
que lea:
a.
b.
Todo candidato deberá someter junto con su solicitud de empleo
evidencia de que posee los requisitos mínimos del puesto para el
cual solicita. Deberá someter, además, evidencia de que ha
rendido la planilla de contribución sobre ingresos durante los
cuatro (4) años previos a la solicitud de empleo, de estar
obligado a rendir la misma. Si somete copias personales de
documentos originales, su solicitud será evaluada a base de dicha
información. Sin embargo, previo a ser nombrado, el candidato
seleccionado deberá presentar los documentos originales. La
transcripción de crédito oficial que evidencie el grado obtenido
debe ser enviada por la institución docente directamente a la
Oficina.