Regl. 6303, art. 60.8-708

MANTENIMIENTO DE EXPEDIENTES

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Cite as Reglamento Núm. 6303, Art. 60.8-708

(a) Expedientes de Capacidad de Diseño Excepto lo provisto en la Regla 702(f)(1)(i)(B), el dueño u operador de un SRS Municipal, sujeto a las disposiciones de la Regla 702(d), mantendrá accesible y guardará por lo menos 5 años hasta el presente, los expedientes de la capacidad máxima de diseño, la cantidad actual de desperdicios sólidos en el lugar y la tasa año- a-año de aceptación. Los expedientes de lugares externos pueden mantenerse si ellos son recuperables dentro de 4 horas. Copiar en papel 0 los formatos electrónicos son aceptables. (b) Expedientes de los Equipos de Control Excepto lo provisto en la Regla 702(f)(1)(i)(B), el dueño u operador de un Sistema de Relleno Sanitario controlado archivará los expedientes actualizados, fácilmente accesibles durante la vida del equipo de control, los antecedentes enumerado en la
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