Regl. 6303, art. 60.8-708
MANTENIMIENTO DE EXPEDIENTES
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Cite as Reglamento Núm. 6303, Art. 60.8-708
(a)
Expedientes de Capacidad de Diseño
Excepto lo provisto en la Regla 702(f)(1)(i)(B), el dueño u operador de un SRS
Municipal, sujeto a las disposiciones de la Regla 702(d), mantendrá accesible y
guardará por lo menos 5 años hasta el presente, los expedientes de la capacidad
máxima de diseño, la cantidad actual de desperdicios sólidos en el lugar y la tasa año-
a-año de aceptación. Los expedientes de lugares externos pueden mantenerse si
ellos son recuperables dentro de 4 horas. Copiar en papel 0 los formatos electrónicos
son aceptables.
(b)
Expedientes de los Equipos de Control
Excepto lo provisto en la Regla 702(f)(1)(i)(B), el dueño u operador de un Sistema
de Relleno Sanitario controlado archivará los expedientes actualizados, fácilmente
accesibles durante la vida del equipo de control, los antecedentes enumerado en la