Regl. 6311, art. III-2
Reglamento de Imputación para el Servicio de Larga Distancia Intraísla.
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Cite as Reglamento Núm. 6311, Art. III-2
Precios, Cargos y Tarifas Actuales
A.
La Compañía Dominante verificará que todos los precios, cargos y tarifas,
referentes al servicio al detal de larga distancia intra-isla, ya presentados al
Imputación Para Servicio de
Larga Distancia Intra- isla
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amparo del Capítulo III, Artículo 7 de la Ley 213, estén cumplimentados con los
siguientes documentos:
1.
una descripción del servicio;
2.
un listado de los elementos críticos utilizados para proveer el servicio,
incluyendo acceso conmutado; y
3.
una certificación de que dichos precios, cargos y tarifas, cumplen con las
reglas de imputación.
B.
Todos los precios, cargos y tarifas, del servicio al detal de larga distancia intraisla, ya presentados ante la Junta, que no contengan los documentos señalados en
la sección A del presente Artículo, deberán ser cumplimentadas dentro de un
período de treinta (30) días a partir de la vigencia de este Reglamento.