Regl. 6336, art. III
Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 6336, Art. III
Una Comisión representativa de los medios nombrada por el Secretario de
Estado y compuesta por cuatro miembros activos de los medios de comunicación; radio,
prensa escrita; televisión y la Directora de la Oficina, considerará, evaluará y presentará
sus recomendaciones respecto a las solicitudes de Certificación de Prensa al Secretario
de Estado.
Cada solicitud se evaluará dentro del término de 30 dÃas laborables a partir de la
fecha en que se presentó en el Departamento de Estado. La Comisión se reunirá por lo
menos una vez al mes para considerar las solicitudes y cualquier otro asunto.