Regl. 6340, art. II

ELEGIBILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6340, Art. II

Será elegible para recibir el incentivo para el pago de las primas de seguros de plantaciones y cosechas agrícolas comerciales, todo agricultor que tenga interés y derecho legal sobre el seguro y que cualifique para el mismo con la Corporación de Seguros Agrícolas de Puerto Rico de acuerdo con las disposiciones para cada tipo de seguro establecido por su programa.
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