Regl. 6340, art. II
ELEGIBILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 6340, Art. II
Será elegible para recibir el incentivo para el pago de las primas de seguros de
plantaciones y cosechas agrÃcolas comerciales, todo agricultor que tenga interés y
derecho legal sobre el seguro y que cualifique para el mismo con la Corporación de
Seguros AgrÃcolas de Puerto Rico de acuerdo con las disposiciones para cada tipo de
seguro establecido por su programa.