Regl. 6342, art. 37.89 dup2
Más un cargo según la Cláusula de Ajuste
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Cite as Reglamento NĂşm. 6342, Art. 37.89 dup2
En caso de que la compañĂa de Cable TV instale, 0 la Autoridad determine
que existe, algĂşn repetidor con un consumo diferente al presentado en la
tabla anterior, le corresponderá un cargo por energĂa basado en
7.67 e/kWh.
EFECTIVO:
5 de junio de 2000
CATV
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ALUMBRADO PĂšBLICO GENERAL
DESIGNACIÓN: PLG ("Public Lighting General")
DISPONIBLE: En todo Puerto Rico
APLICACIÓN:
Esta tarifa aplicará al alumbrado de calles y carreteras, parques de pelota y
otros parques de entrada gratis, plazas, semáforos, casetas telefónicas,
cobertizos de guaguas y biombos. La Autoridad proveerá la conservación
y renovación de lámparas, brazos, fotoceldas, postes estándares,
alambrado y otros accesorios del alumbrado de calles y carreteras de
sistemas que hayan sido cedidos a la Autoridad y de luminarias "dusk-todawn". No se proveerá la conservación y renovación de materiales a:
sistemas de alumbrado que no hayan sido cedidos a la AEE, semáforos,
parques y canchas de entrada gratis, casetas de teléfonos, cobertizos de
guaguas y biombos. El cliente pagará por el costo de los materiales, la
labor y otros costos incidentales a la instalaciĂłn o retiro del equipo de no
existir las facilidades requeridas para la conexiĂłn con el sistema de la
Autoridad, excepto en los casos donde se indique lo contrario.
Los siguientes servicios: alumbrado de calles y carreteras, luminarias
"dusk-to-dawn" y casetas telefónicas están controlados por una fotoccida
que activa cada lámpara durante las horas de la noche y las desactiva
durante las horas del dĂa, en sistemas en serie o en mĂşltiple, a opciĂłn de la
Autoridad. La fotoceida debe estar diseñada para que apague la lámpara
en caso de que la fotocelda se dañe. El número de horas en uso al año será
de aproximadamente 4,000.
El consumo de kWh del alumbrado de calles y carreteras será estimado
para cada clase de lámpara según las tablas al efecto. También, se
estimará el consumo de las casetas telefónicas, los cobertizos de guaguas y
los biombos. Para los usos restantes, el servicio se prestará desde un sólo
punto de entrega y a través de un sólo medidor que será provisto e
instalado por la AEE. Todos los servicios de esta tarifa se limitarán a una
carga máxima de 50 KVA.
NATURALEZA DEL SERVICIO:
Corriente alterna, 60 Hertz, dos hilos, monofásico, voltaje de distribución
secundaria.
I. Tarifas para alumbrado pĂşblico de calles y carreteras en sistemas propiedad de
la Autoridad (CodificaciĂłn 420)
a. Luminarias de Sodio de Alta PresiĂłn
Sistemas cedidos por el cliente (municipio, agencia, urbanizador y otros)
en postes estándares de madera o concreto.
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Alumbrado PĂşblico General
Página 2
Capacidad de la
KWh
Cargo Básico
Lumens
Lámpara (Vatios)
Mensuales
Mensual, $
50
3,300
19.7
5.75
70
5,800
27.7
6.10
100
9,500
39.0
6.75
150
16,000
57.0
7.45
200
22,000
84.7
11.50
250
25,500
105.0
12.50
400
50,000
161.7