Regl. 6342, art. 37.89 dup2

Más un cargo según la Cláusula de Ajuste

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En caso de que la compañía de Cable TV instale, 0 la Autoridad determine que existe, algún repetidor con un consumo diferente al presentado en la tabla anterior, le corresponderá un cargo por energía basado en 7.67 e/kWh. EFECTIVO: 5 de junio de 2000 CATV 34 ALUMBRADO PÚBLICO GENERAL DESIGNACIÓN: PLG ("Public Lighting General") DISPONIBLE: En todo Puerto Rico APLICACIÓN: Esta tarifa aplicará al alumbrado de calles y carreteras, parques de pelota y otros parques de entrada gratis, plazas, semáforos, casetas telefónicas, cobertizos de guaguas y biombos. La Autoridad proveerá la conservación y renovación de lámparas, brazos, fotoceldas, postes estándares, alambrado y otros accesorios del alumbrado de calles y carreteras de sistemas que hayan sido cedidos a la Autoridad y de luminarias "dusk-todawn". No se proveerá la conservación y renovación de materiales a: sistemas de alumbrado que no hayan sido cedidos a la AEE, semáforos, parques y canchas de entrada gratis, casetas de teléfonos, cobertizos de guaguas y biombos. El cliente pagará por el costo de los materiales, la labor y otros costos incidentales a la instalación o retiro del equipo de no existir las facilidades requeridas para la conexión con el sistema de la Autoridad, excepto en los casos donde se indique lo contrario. Los siguientes servicios: alumbrado de calles y carreteras, luminarias "dusk-to-dawn" y casetas telefónicas están controlados por una fotoccida que activa cada lámpara durante las horas de la noche y las desactiva durante las horas del día, en sistemas en serie o en múltiple, a opción de la Autoridad. La fotoceida debe estar diseñada para que apague la lámpara en caso de que la fotocelda se dañe. El número de horas en uso al año será de aproximadamente 4,000. El consumo de kWh del alumbrado de calles y carreteras será estimado para cada clase de lámpara según las tablas al efecto. También, se estimará el consumo de las casetas telefónicas, los cobertizos de guaguas y los biombos. Para los usos restantes, el servicio se prestará desde un sólo punto de entrega y a través de un sólo medidor que será provisto e instalado por la AEE. Todos los servicios de esta tarifa se limitarán a una carga máxima de 50 KVA. NATURALEZA DEL SERVICIO: Corriente alterna, 60 Hertz, dos hilos, monofásico, voltaje de distribución secundaria. I. Tarifas para alumbrado público de calles y carreteras en sistemas propiedad de la Autoridad (Codificación 420) a. Luminarias de Sodio de Alta Presión Sistemas cedidos por el cliente (municipio, agencia, urbanizador y otros) en postes estándares de madera o concreto. 35 Alumbrado Público General Página 2 Capacidad de la KWh Cargo Básico Lumens Lámpara (Vatios) Mensuales Mensual, $ 50 3,300 19.7 5.75 70 5,800 27.7 6.10 100 9,500 39.0 6.75 150 16,000 57.0 7.45 200 22,000 84.7 11.50 250 25,500 105.0 12.50 400 50,000 161.7
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