Regl. 6343, art. 22
Notificación al empleado
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Cite as Reglamento Núm. 6343, Art. 22
La División de Recursos Humanos notificará a todos los funcionarios y
empleados del Banco sobre la implantación de este programa y/o enmiendas, por lo
menos, treinta (30) dÃas antes de su fecha de vigencia y tendrán acceso a este
Reglamento a través del correo electrónico y a través de distribución directa de éste a
los empleados, a tenor con lo dispuesto en la Ley Núm. 78 del 14 de agosto de 1997.
La notificación incluirá información sobre el Oficial de Enlace y el programa de
orientación, tratamiento y rehabilitación de la Administración de Servicios de Salud
Mental y Contra la Adicción (ASSMCA).