Regl. 6347, art. 11-15 dup2

del mismo.

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Cite as Reglamento Núm. 6347, Art. 11-15 dup2

La Junta podrá requerir del querellante la presentación de información adicional en apoyo de su querella, la cual deberá ser sometida en un plazo de ocho (8) días luego de la notificación. El incumplimiento con dicha solicitud también podrá ser causa para la desestimación.
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