Regl. 6347, art. 3
Propósito:
Cite as Reglamento Núm. 6347, Art. 3
El propósito de este Reglamento es establecer un procedimiento para atender las solicitudes de
acceso para la co-ubicación de antenas y equipo de apoyo para telecomunicaciones en torres bajo
el control de las Agencias, Departamentos, Corporaciones Públicas, Municipios y Subdivisiones
Políticas del Gobierno de Puerto Rico, de manera que se garantice a las compañías de
telecomunicaciones certificadas y/o registradas ante la Junta Reglamentadora de
Telecomunicaciones de Puerto Rico el acceso mandatorio a la propiedad inmueble, el derecho de
paso y servidumbres, sobre una base justa, razonable y no discriminatoria.
Es su propósito, además, establecer un procedimiento expedito de resolución de disputas en
aquellos casos en que la determinación de la agencia o entidad correspondiente sea adversa a la
compañía peticionaria y ésta decida solicitar la intervención de esta Junta.