Regl. 6348, art. III dup8
SOLICITUDES HECHAS POR CORREO
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Cite as Reglamento Núm. 6348, Art. III dup8
3.1
Toda solicitud recibida por correo en la Oficina Central de Reservaciones deberá
incluir un depósito por la cantidad de veinte dólares ($20.00), por cada cabaña, villa o área de
acampar solicitada, para que ésta sea procesada. La solicitud será contestada dentro de un
término de quince (15) días de recibida notificando si ésta fue aceptada o rechazada. No se
tramitará ninguna solicitud que no incluya depósito. El mismo será abonado al pago del canon
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de arrendamiento o será devuelto en caso de no poder hacerse la reservación por falta de
disponibilidad.
3.2 Una vez la Oficina Central de Reservaciones reciba la solicitud con su depósito,
se enviará al cliente una forma con la contestación correspondiente notificando la fecha en que
debe completar el pago de la reservación. El talonario de toda solicitud que sea aceptada deberá
ser devuelto por correo o personalmente a la Oficina Central de Reservaciones o la instalación
con el pago correspondiente dentro de los próximos quince (15) días calendarios según se
notifique. De no recibirse el pago correspondiente, se procederá a cancelar la reservación y no se
devolverá el depósito por falta de pago dentro del término indicado en la notificación de
aceptación.
3.3 En caso de no haber disponibilidad para la fecha solicitada, el cliente podrá
solicitar reservaciones para fechas alternas o la devolución del depósito enviado por correo.
3.4 El cliente no podrá tener deudas con la Compañía como requisito esencial para
tramitar la solicitud.