Regl. 6348, art. IV dup11
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 6348, Art. IV dup11
4.1 Este Reglamento comenzará a regir luego de treinta (30) días de su radicación en el
Departamento de Estado y en la Biblioteca de la Oficina de Servicios Legislativos.
En San Juan, Puerto Rico, hoy 18 de septiembre de 2001.
parge L. Rosai
CAPad
Hon. Jorge L. Rosario Noriega
Hon. Carlos M. Padín Bibiloni
Presidente Junta de Directores/Secretario
Secretario
Departamento de Recreación y Deportes
Departamento de Recursos Naturales
y Ambientales
Dr. Pablo S. Rivera Ortiz
Lcdo. Domenech
Ayudante Especial de la Subsecretaria
Subdirector Ejecutivo de Planificación
Departamento de Educación
y Desarrollo
Compañía de Turismo
Sr. Orlando R. O' Neill Figueroa
Miembro
Miembro
hialh 7.
Dr. Salvador Salas Quintana
Plan. Lucilla Marvel
Miembro
Miembro
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