Regl. 6348, art. I dup15
RADICACION DE SOLICITUD
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Cite as Reglamento Núm. 6348, Art. I dup15
1.1 La radicación de solicitud de reembolsos, reclamaciones o querellas de cualquier
índole se hará en la Oficina Central de Reservaciones, siguiendo el formulario dispuesto a esos
efectos. Disponiéndose, que cualquier proceso ulterior se referirá a la División Legal de la
Compañía, siguiendo los procesos administrativos establecidos para la radicación de
reclamaciones o querellas.
CAPITULO II PROCEDIMIENTO PARA
RECONSIDERACION Y APELACION