Regl. 6349, art. XII

Normas para regir el Programa de Subsidio de Intereses en Prestamos para la Producción Comercial Agrícola o Agropecuaria.

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Cite as Reglamento Núm. 6349, Art. XII

AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA 8 NUM: 6349 6349 FECHA: 24 de septiembre de 2001 SECRETARIO-DE ESTADO POR: GISELLE ROMERO GARCIA SECRETARIA AUXILIAR DE SERVICIOS ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y DESARROLLO AGROPECUARIO SANTURCE, PUERTO RICO NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE INTERESES EN PRESTAMOS PARA LA PRODUCCION COMERCIAL AGRICOLA 0 AGROPECUARIA INTRODUCCION: La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario agencia adscrita al Departamento de Agricultura de Puerto Rico, creada mediante el Plan de Reorganización Núm. 1, aprobada el 4 de mayo de 1994, en virtud de la Ley 5 de 6 de abril de 1993, tiene como objetivo promover un mayor desarrollo agrícola de aquellos agricultores que no han podido desarrollarse al ritmo de nuestro consumo y tecnología por no disponer de los recursos requeridos. Se hace inminente la disponibilidad de capital adicional a través de préstamos agrícolas acorde a la capacidad de repago de los agricultores y estabilizar aquellos otros que por diversas razones han tenido problemas en el cumplimiento de sus préstamos. Estos préstamos deben otorgarse a un interés práctico y atractivo para los agricultores, de manera que se interesen en su adquisición y tengan una mayor participación y disponibilidad de recursos en las distintas fuentes crediticias. A tales fines, se establece el siguiente programa para ofrecer un subsidio sobre el costo de los intereses pagados por préstamos agrícolas obtenidos para el desarrollo comercial agrícola o agropecuario, según lo dispuesto en estas normas.
Regl. 6349, art. XII: Normas para regir el Programa de Subsidio de Intereses en Prestamos para la Producción Comercial Agrícola o Agropecuaria. | Justis AI