Regl. 6349, art. XII
Normas para regir el Programa de Subsidio de Intereses en Prestamos para la Producción Comercial AgrÃcola o Agropecuaria.
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Cite as Reglamento Núm. 6349, Art. XII
AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA
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NUM:
6349
6349
FECHA:
24 de septiembre de 2001
SECRETARIO-DE ESTADO
POR:
GISELLE ROMERO GARCIA
SECRETARIA AUXILIAR DE SERVICIOS
ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y DESARROLLO AGROPECUARIO
SANTURCE, PUERTO RICO
NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE INTERESES EN
PRESTAMOS PARA LA PRODUCCION COMERCIAL AGRICOLA 0
AGROPECUARIA
INTRODUCCION:
La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario agencia adscrita al
Departamento de Agricultura de Puerto Rico, creada mediante el Plan de Reorganización
Núm. 1, aprobada el 4 de mayo de 1994, en virtud de la Ley 5 de 6 de abril de 1993, tiene
como objetivo promover un mayor desarrollo agrÃcola de aquellos agricultores que no
han podido desarrollarse al ritmo de nuestro consumo y tecnologÃa por no disponer de los
recursos requeridos.
Se hace inminente la disponibilidad de capital adicional a través de préstamos
agrÃcolas acorde a la capacidad de repago de los agricultores y estabilizar aquellos otros
que por diversas razones han tenido problemas en el cumplimiento de sus préstamos.
Estos préstamos deben otorgarse a un interés práctico y atractivo para los agricultores, de
manera que se interesen en su adquisición y tengan una mayor participación y
disponibilidad de recursos en las distintas fuentes crediticias. A tales fines, se establece
el siguiente programa para ofrecer un subsidio sobre el costo de los intereses pagados
por préstamos agrÃcolas obtenidos para el desarrollo comercial agrÃcola o agropecuario,
según lo dispuesto en estas normas.