Regl. 6360, art. V-4
COBRO POR DERECHOS DE REGISTRO
Cite as Reglamento Núm. 6360, Art. V-4
Toda entidad pagará solamente por los derechos de radicación de
una solicitud de acreditación, la cantidad de diez dólares ($10.00),
mediante giro 0 cheque certificado, a nombre del Secretario del
Departamento de Hacienda y depositado en la Oficina de Finanzas del
Departamento. Este dinero será depositado a la cuenta especial del
Instituto de Desarrollo Organizacional y Capacitación.