Regl. 6368, art. XIV-V

REQUISITOS DE CUALIFICACION

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Cite as Reglamento Núm. 6368, Art. XIV-V

El Incentivo del Cine se proveerá a aquellas producciones fílmicas que envuelvan el desarrollo de una película de largo O corto metraje O un documental que sean para la distribución O exhibición y que no constituyan promoción de otro proyecto fílmico. 6 El solicitante se comprometerá a dar crédito a la Corporación para el Desarrollo de Cine en Puerto Rico y proveer una (1) copia en formato VHS de la producción, una vez terminada. El Productor del proyecto fílmico O personas auspiciadoras deberán gozar de confiabilidad y buena reputación dentro de la industria cinematográfica y de televisión como requisito para cualificar para cualquier incentivo solicitado.
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