Regl. 6368, art. XIV-V
REQUISITOS DE CUALIFICACION
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Cite as Reglamento Núm. 6368, Art. XIV-V
El Incentivo del Cine se proveerá a aquellas producciones
fílmicas que envuelvan el desarrollo de una película de
largo O corto metraje O un documental que sean para la
distribución O exhibición y que no constituyan promoción de
otro proyecto fílmico.
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El solicitante se comprometerá a dar crédito a la
Corporación para el Desarrollo de Cine en Puerto Rico y
proveer una (1) copia en formato VHS de la producción, una
vez terminada.
El Productor del proyecto fílmico O personas auspiciadoras
deberán gozar de confiabilidad y buena reputación dentro de
la industria cinematográfica y de televisión como requisito
para cualificar para cualquier incentivo solicitado.