Regl. 6371, art. 11
QUERELLAS Y SOLICITUDES DE INVESTIGACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 6371, Art. 11
Cualquier consumidor que tenga razones para concluir que una
institución depositaria, sus afiliadas, o la corporación subsidiaria actúa o ha
actuado en violación de las normas establecidas por esta Regla, podrá solicitar al
Comisionado una investigación de tal situación y tendrá a su disposición todas
las acciones y remedios provistos por el Código, el Reglamento y cualquier
norma establecida por el Comisionado.