Regl. 6371, art. 1-1
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Cite as Reglamento Núm. 6371, Art. 1-1
El Comisionado de Seguros de Puerto Rico adopta la Regla 74 del
Reglamento del Código de Seguros de conformidad con las disposiciones de los
Artículos 2.040 y 27.131 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según
enmendada, conocida como Código; del apartado H del Artículo 2 del Plan de
Reorganización Núm. 3, efectivo el 22 de junio de 1994; de la Ley "Gramm-
Leach-Bliley Financial Services Modernization Act of 1999", Ley Pública Núm.
106-102 de 12 de noviembre de 1999, según enmendada; de la Ley Núm. 382 de 6
de septiembre de 2000; y de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, conocida
como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada.
También toma en consideración los principios de campo ocupado establecidos en
la decisión de Barnett Bank of Marion County, N.A. v. Nelson, 517 U.S. 25 (1996), y
la protección que ofrece la Ley Gramm-Leach-Bliley a los Bancos Nacionales en
cuanto a actividades de seguros relacionadas con los seguros de título.