Regl. 6371, art. 6-2

EXPEDIENTES SOBRE CLIENTES

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Cite as Reglamento Núm. 6371, Art. 6-2

La corporación subsidiaria mantendrá expedientes individuales sobre la venta, solicitación, oferta o mercadeo de productos de seguros o anualidades, y 11 los conservará en su sitio principal de negocios. De mantener en los predios de la institución depositaria o sus afiliadas algún archivo en el que se conserven expedientes de dicha naturaleza, el mismo tendrá que estar separado de cualquier archivo destinado a la conservación de los expedientes relativos a las extensiones de crédito. Los expedientes individuales deberán contener información de los últimos cinco (5) años, según establece la Regla XII del Reglamento de Seguros.
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