Regl. 2413, art. V
REQUISITOS y CONTENIDO DEL CONTRATO DE MEDIANERIA
Cite as Reglamento Núm. 2413, Art. V
A. Todo contrato de medianeria deberá expresar la forma o proporción en que habrán de dividirse los frutos o las ganancias.
B. El término del contrato de medianeria no será menor de un
(1) аño, pero el mismo podrá ser renovado, a орсібп de las partes, por
años adicionales; Disponiendose, que todo contrato renovado deberá
registrarse dentro de los 30 dias siguientes a la fecha de renovación del mismo.
C. Los frutos pendientes de cosecharse al terminarse un contrato
de medianería serán recolectados por el medianero, pero Este le reintegrará al dueño de la finca la parte proporcional de estos, en
fruto o dinero, según se haya estipulado en el contrato.