Regl. 6384, art. 2-7
Reglamento General para la Ejecución de la Ley de Practicaje de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 6384, Art. 2-7
Adquisición de equipos
Bajo la supervisión y de ser necesario con la aprobación de la Comisión, los
prácticos adquirirán embarcaciones, facilidades de oficina, equipos, sistemas de
despacho, equipos de comunicaciones, y cualquier otra facilidad o equipo que sea
necesario y que sirva de apoyo al servicio de practicaje, moderno, confiable y
seguro.