Regl. 2452, art. 212-2
- Esta enmienda es promulgada por el Secretario de Agricultura
Cite as Reglamento Núm. 2452, Art. 212-2
de acuerdo con las facultades que le confiere la Ley Núm. 49, del 10 de junio de
1953, según enmendada, conocida como "Ley de Plaguicidas de Puerto Rico". La
misma comenzará a regir a los treinta (30) dÃas de haberse radicado en la Oficina
del Secretario de Estado el original y dos copias de sus versiones en español e
inglés, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 112, aprobada el 30 de
junio de 1957, según enmendada.
Aprobada el dia 9 de noviembre de 1978, en San
Juan, Puerto Rico.
Heriberto J. Martinez Torres
Secretario de Agricultura