Regl. 6384, art. 4-36

Aspirante expedición de licencia de práctico

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Cite as Reglamento Núm. 6384, Art. 4-36

En adición a los requisitos esbozados en las reglas 24 a la 35, cada aspirante a practico licenciado debe: (a) Haber cumplido con el requisito de examen físico y mental con fecha que no exceda los treinta (30) días antes de la fecha de expedición de la licencia de practico de Puerto Rico. (b) Haber terminado el adiestramiento requerido como práctico aprendiz, según aprobado por la Comisión. 15
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