Regl. 2454, art. VI

- Rotulación

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Cite as Reglamento Núm. 2454, Art. VI

A. Todo envase de café tostado, semitostado, molido o elaborado en cualquier forma, que se mercadee en Puerto Rico deberá estar rotulado con la siguiente información: 1. Nombre del producto envasado. 2. Nombre comercial O marca. 4 - 3. Nombre y dirección de la persona o entidad que elaboró el producto. 4. Una declaración O frase que identifique la procedencia del producto, según se requiere en el inciso C de este Artículo. 5. Cualquier otra información que el elaborador estime necesaria y que no estê en conflicto con este Reglamento. B. El nombre y dirección de la persona que elaboró el producto deberá estar precedido por el término "Elaborador", o "Elaborado por". En el caso de café o productos de café de cualquier procedencia, producidos y elaborados fuera de Puerto Rico, esta información deberá aparecer toda en letras no menores de un cuarto (1/4) de pulgada de alto. C. En el caso de café O productos de cafê importado, elaborados en Puerto Rico deberá especificarse que es café extranjero O que los productos fueron elaborados con café extranjero. Esta información deberá aparecer en letras no menores de un cuarto (1/4) de pulgada de alto, e inmediatamente debajo de las que indiquen el nombre y la dirección de la persona que elaboró el producto. Cuando el producto fuere producido y elaborado fuera de Puerto Rico deberá expresarse que tal café es extranjero, especificándose el lugar donde fue producido y elaborado. Esta información deberá aparecer en letras no menores de un cuarto (1/4) de pulgada de alto, e inmedlatamente después del nombre y dirección de la persona que elaboró el producto. D. Toda información que se incluya en la rotulación de envases para café O productos de café deberá ajustarse a la verdad y cualquier ilustración deberá representar adecuadamente el producto envasado. Cuando en la elaboración de cualquier café, elaborado dentro O fuera de Puerto Rico, no se haya utilizado totalmente café producido en Puerto Rico, se prohibe usar en su rotulación cualquier diseño, mapa, símbolo, representación, nombre, alusión, sigla, abreviatura, letras, palabra o conjunto de palabras que pueda 5 asociarlo con Puerto Rico O con un producto de Puerto Rico, O que pueda hacer creer al consumidor que dicho café es de Puerto Rico, o que establezca similitud con ei café de Puerto Rico, o con las preferencias del consumidor de café puertorriqueño.
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